Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2004 (28/11/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, MORDAZA 28 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 281261

do, el PAAC, modificado debera ser remitido el CONSUCODE a traves de los mismos medios con que se remitio el PAAC originalmente aprobado en su integridad y en los formatos que forman parte de la Directiva en mencion, asi como a PROMPYME dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y contando con las visaciones de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, de las Oficinas Regionales de Administracion y Asesoria Legal y Gerencia General del Gobierno Regional San Martin; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la MORDAZA modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno Regional San MORDAZA para el ejercicio fiscal 2004 aprobado con RER Nº 078-2004-GR-SM/ PGR de fecha 26 de enero del 2004, esto con la finalidad de realizar la inclusion del MORDAZA para la contratacion de los servicios de consultoria para elaborar el diagnostico de las Micro y Pequenas Empresas de la Region San MORDAZA, la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa PROMPYME, asi como disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MAX HENRRY MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 21586

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanzas Nºs. 128 y 151MJM respecto a diversos derechos contenidos en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 343
MORDAZA, 18 de noviembre de 2004 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de noviembre de 2004, visto el Oficio Nº 001-090-00001586 emitido por el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, que adjunta el Expediente de Ratificacion de la Ordenanza Nº 128-MJM, por medio de la cual se aprueban los derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA 2004, asi como el Oficio Nº 2882004-SG/MJM, mediante el cual la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA remite MORDAZA de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la Ordenanza Nº 151-MJM, que modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA aprobado por Ordenanza Nº 128MJM; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 227 se faculto al Servicio de Administracion Tributaria - SAT, emitir opinion tecnica acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria aprobadas por las municipalidades distritales y sometidas a la ratificacion del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que guarda MORDAZA con lo dispues-

to por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, en cumplimiento de las normas precitadas, mediante Oficio Nº 039-2004-SG/MJM, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA remite al Servicio de Administracion - SAT para su ratificacion la Ordenanza Nº 128-MJM, que, ademas de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprueba los derechos por la tramitacion de procedimientos administrativos contenidos en dicho TUPA; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, considera a los MORDAZA como documentos recopiladores de procedimientos, requisitos o derechos de las entidades de la Administracion Publica que hayan sido previamente creados por otras normas y, por tanto, no constituyen instrumentos legales idoneos para la creacion de tributos. Sin embargo, teniendo en cuenta que la referida Municipalidad ha aprobado mediante Ordenanza Nº 128-MJM, no solo su MORDAZA, sino tambien los derechos por la tramitacion de procedimientos administrativos contenidos en el, en estricto, el SAT procedio a evaluar los derechos que el mismo contiene; Que, ademas del procedimiento de ratificacion establecido por Ordenanza Nº 211, aplicable para esta ratificacion, el SAT con Oficio Nº 001-090-00001586 remite el Informe Nº 004-082-00000089, que sustenta el pronunciamiento de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion mediante Dictamen Nº 140-2004-CMAEDO-MML, de fecha 1.10.2004, proponiendo al Concejo Metropolitano la Ratificacion de la Ordenanza Nº 128-MJM por medio de la cual se aprueban los derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA 2004) de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, con excepcion de los derechos por los procedimientos 59 y 60 de la Division de Control MORDAZA y Establecimientos, por concepto de "Licencia Municipal de Funcionamiento Definitva para Operar despues de las 11.00 pm." y "Licencia de Funcionamiento Provisional para Operar despues de las 11.00 pm.", al haber sido observado por el SAT en su informe mencionado; Que, el referido Dictamen quedo pendiente de su elevacion al Concejo Metropolitano, hasta que la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA cumpla con la publicacion de la MORDAZA version del texto integro de la Ordenanza Nº 128-MJM que no habia realizado, el cual debera recoger todas las observaciones y modificaciones efectuadas durante la tramitacion del procedimiento de ratificacion que senalo el SAT; Que, los procedimientos observados, tanto en el Informe del SAT como en el Dictamen Nº 140-2004CMAEDO, se refieren al otorgamiento de la "Licencia Municipal de Funcionamiento Definitiva para Operar despues de las 11.00 pm." y "Licencia de Funcionamiento Provisional para Operar despues de las 11.00 pm.", a traves de las cuales la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA pretende gravar con licencia especial el funcionamiento de los establecimientos comerciales ubicados dentro de su circunscripcion; Que, el articulo 67º de la Ley de Tributacion Municipal establece que las actividades de fiscalizacion y control distintas a las ordinarias pueden ser materia de cobros en via de licencia especial, siempre y cuando una ley expresa del Congreso de la Republica autorice el cobro de la misma. En consecuencia, en tanto no exista una ley autoritativa como la anteriormente mencionada, las municipalidades no podran exigir el pago de derecho alguno por concepto de licencia especial de funcionamiento. Tal interpretacion ha sido recogida en los Lineamientos de la Comision de Acceso al MORDAZA sobre licencias de Apertura de Establecimientos y Licencias Especiales, publicados en el Diario Oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2000, por lo tanto no procede la ratificacion de los mismos; Que, con fecha 6.10.2004, mediante Oficio Nº 2552004-MML-CMAEDO, recibido el 11.10.2004 por Unidad de Tramite Documentario del distrito, se le comunica al Sr. MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA la situacion de su tramite de ratificacion, requiriendole cumpla con la publicacion de la MORDAZA version del texto de la Ordenanza Nº 128-MJM, recogiendo las observaciones y modificaciones efectuadas por el SAT durante la tramitacion de la ratificacion solicitada, lo que es reiterada posteriormente con Oficio Nº 2752004-MML-CMAEDO de fecha 2.11.2004;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.