Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2004 (16/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, sabado 16 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de analistas a Mexico para participar en el MORDAZA "Tecnicas de Implementacion Bajo el MORDAZA de Trabajo de Basilea II"
RESOLUCION SBS Nº 1733-2004 MORDAZA, 14 de octubre de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La invitacion cursada a esta Superintendencia por la Asociacion de Supervisores Bancarios de las Americas - ASBA, con el fin de participar en el MORDAZA "Tecnicas de Implementacion Bajo el MORDAZA de Trabajo de Basilea II" organizado por la citada entidad en coordinacion con el Financial Stability Institute de Suiza y la Comision Nacional Bancaria y de Valores de Mexico, el mismo que se llevara a cabo del 18 al 20 de octubre de 2004 en la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos; CONSIDERANDO: Que, el mencionado evento esta dirigido especialmente a los representantes de las autoridades supervisoras y reguladoras de las instituciones financieras y tiene por finalidad ampliar el conocimiento tecnico de los supervisores financieros de la region sobre aspectos relacionados con los procesos de implementacion y monitoreo de los sistemas de supervision para evaluar los riesgos de credito y operativos bajo el MORDAZA del MORDAZA Acuerdo de Capital - Basilea II; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva N° SBS-DIR-ADM-085-05, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2004, estableciendose en el Numeral 6.1. que no se encuentran comprendidas en las restricciones de la citada Directiva, las actividades de capacitacion aprobadas para el ejercicio 2004; Que, por ser de interes para la Institucion, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, a las senoritas MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista de Riesgos de Operacion I del Departamento de Evaluacion de Riesgos de Operacion de la Superintendencia Adjunta de Riesgos y Janett MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista del Sistema Financiero II en el Departamento de Analisis del Sistema Financiero de la Gerencia de Estudios Economicos, para que participen en el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de las citadas funcionarias, solo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 18794-2004 y comunicacion de no objecion del Banco Interamericano de Desarrollo, remitida por la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales - MEF, debiendo asumir esta Superintendencia, unicamente, los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2004; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2004, Nº SBS-DIR-ADM085-05; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de las senoritas MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista de Riesgos de Operacion I del Departamento de Evaluacion de Riesgos de Operacion de la Superintendencia Adjunta de Riesgos y Janett MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista del Sistema Financiero II en

el Departamento de Analisis del Sistema Financiero de la Gerencia de Estudios Economicos, a la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 17 al 21 de octubre de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Las citadas funcionarias, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, deberan presentar ante el Superintendente de Banca y Seguros un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/OCPE, debiendo asumir esta Superintendencia, unicamente, los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2004, de acuerdo al siguiente detalle: Impuestos (Pasajes) US$ Tarifa CORPAC 348,28 56,48

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de las funcionarias cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 18647

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Autorizan a procurador iniciar acciones contra presuntos responsables de la comision de delitos de abuso de autoridad y de corrupcion de funcionarios
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 106-2004-P/TC MORDAZA, 13 de octubre de 2004 VISTOS; el Oficio Nº 083-2004-OCI/TC, cursado por la Jefa de la Oficina de Control Institucional; y el Informe Especial Nº 01-2004-OCI/TC derivado del Examen Especial al Area de Abastecimiento; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control correspondiente al ano 2003, aprobado por la Contraloria General de la Republica, mediante Resolucion de Contraloria Nº 300-2002-CG, la Oficina de Control Institucional efectuo un Examen Especial al Area de Abastecimiento; Que, como resultado de la accion de control practicada, se ha determinado que durante el periodo enero2000 y enero-2003, se contrato directamente servicios de mensajeria por S/. 114,072.00, omitiendo realizar los procesos de adjudicacion directa selectiva que de acuerdo a las normas vigentes se deben efectuar cuando el nivel del gasto anual supera la suma de S/. 15,000.00; Que, las contrataciones directas se materializaron a traves de diversas ordenes de servicio y comprobantes de pago emitidos mensualmente de manera sistematica por el ex Jefe de la Oficina de Abastecimiento y el ex Gerente General, sin participacion del Comite Especial y sin mediar contrato alguno que establezca las tarifas reconocidas y pagadas; con lo cual se ha evitado el eventual concurso y/o contratacion de otros proveedores, motivando que se favorezca indebidamente los in-

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