Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2004 (30/10/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

Pag. 279410

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 30 de octubre de 2004

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital La MORDAZA - Negritos; CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital La MORDAZA - Negritos, ha solicitado el derecho de uso de area acuatica, para la instalacion de UN (1) embarcadero artesanal en aplicacion al Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-DE/MGP de fecha 23 de octubre de 2002, a ubicarse en el distrito de La MORDAZA Negritos, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, originando el expediente Nº DMA-010-04-CA; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 1º del Decreto Ley Nº 17824, Ley de Creacion del Cuerpo de Capitanias y Guardacostas; articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 438, Ley Organica de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y, en los articulos 2º y 6º, inciso (d) de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres; corresponde a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, en su calidad de Autoridad Maritima, controlar y proteger el medio ambiente acuatico; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, regula los aspectos de control y vigilancia a cargo de la Autoridad Maritima, respecto de las actividades que se desarrollan en los ambitos maritimo, fluvial y lacustre del territorio de la Republica, y en su articulo 2º, incisos (a), (c) y (e) considera dentro de su ambito de aplicacion, el mar adyacente a sus costas hasta la distancia de DOSCIENTAS (200) millas marinas, los terrenos riberenos en la costa hasta los CINCUENTA (50) metros, medidos a partir de la linea de mas alta marea MORDAZA, y los artefactos navales e instalaciones situadas en dicha zona; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 016-2004/ DCG de fecha 15 de enero de 2004, se aprobo el anteproyecto presentado por la Municipalidad Distrital La MORDAZA - Negritos, para la instalacion de UN (1) embarcadero artesanal, a ubicarse en el distrito de La MORDAZA ­ Negritos, provincia de Talara, departamento de Piura; Que, conforme lo establece el articulo B-010102 del Reglamento de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo Nº 028DE/MGP de fecha 25 de MORDAZA de 2001, las areas acuaticas son objeto de derecho de uso unicamente a traves de la Autoridad Maritima, previa evaluacion y aprobacion de los proyectos presentados; Que, el articulo F-010102 del mencionado Reglamento, senala que corresponde a la Autoridad Maritima dentro del ambito de su competencia y en coordinacion con los sectores competentes, cuando corresponda, vigilar y hacer cumplir las normas relativas a la proteccion y preservacion del ambiente en el medio acuatico y franja riberena de conformidad con la legislacion vigente, asi como los convenios internacionales ratificados por el Estado Peruano; Que, conforme lo dispone el articulo F-010104 del citado Reglamento, la proteccion del medio ambiente acuatico y franja riberena comprende la preservacion, restauracion y mejoramiento de los mismos, asi como la prevencion de la contaminacion proveniente de cualquier fuente, siempre que la actividad infractora se desarrolle en el ambito de la Autoridad Maritima. En los demas casos correspondera al Ministerio del Sector correspondiente de la actividad que se trate; Que, el articulo B-010107 del Reglamento en mencion, preceptua que los derechos de uso de areas acuaticas se otorgan mediante Resolucion Suprema del Sector Defensa a traves de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, para los usos de area acuatica destinados a instalaciones acuaticas, tales como muelles, embarcaderos, terraplenes, terrenos ganados al mar, MORDAZA y MORDAZA, espigones, plataformas fijas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0197-98/ DCG de fecha 8 de junio de 1998, se aprobaron las

normas sobre la participacion de la ciudadania en el MORDAZA de evaluacion de Estudios de Impacto Ambiental presentados ante la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, la que podria ser afectada por la ejecucion de los proyectos presentados; la misma que en el item 15 dice que se establecera caso por caso, previa evaluacion los proyectos que no requeriran ser sometidos a Audiencia Publica; Que, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, previa evaluacion del area de influencia donde se encuentra situada la referida instalacion determino que es necesario que dicho proyecto sea sometido a una Audiencia Publica; Que, mediante Memorandum Nº 054 de fecha 1 de MORDAZA de 2004, el Jefe del Departamento de Proteccion del Medio Ambiente de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, informa que con fecha 25 de Junio de 2004, en la Municipalidad de La MORDAZA - Negritos, se llevo a cabo la Audiencia Publica relacionada a la construccion de UN (1) embarcadero artesanal, con participacion de los representantes de la Municipalidad de La MORDAZA - Negritos, Grupo Ecologista Brigada MORDAZA, Cooperativa de Ahorro y Credito Cristo MORDAZA, Asociacion de Defensa y Desarrollo de los Intereses de Negritos, Petroperu S.A., Partido Politico Accion Popular y miembros de la Comunidad de La MORDAZA ­ Negritos, de la misma forma concluida la Audiencia Publica, al ser absueltas en su totalidad las observaciones presentadas recomienda en lo que a Proteccion del Medio Ambiente se refiere, dar tramite favorable; Que, la referida instalacion se encuentra ocupando MORDAZA que, segun su morfologia costera, constituye playa; sin embargo, cabe precisar que dicha instalacion no representa impedimento para el libre ingreso y uso de la playa; Que, la Municipalidad Distrital La MORDAZA - Negritos, ha cumplido con los requisitos establecidos en la Parte "C", Unidad Organica (3), Capitulo II, procedimiento B-02 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-DE/MGP de fecha 23 de octubre de 2002; y, Estando a lo recomendado por el Director General de Capitanias y Guardacostas, a lo opinado por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado por el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la Municipalidad Distrital La MORDAZA - Negritos, el derecho de uso de un area acuatica de CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA CON 789/ 1000 METROS CUADRADOS (5,270.789 m 2), destinados a UN (1) embarcadero artesanal, a ubicarse en el distrito de La MORDAZA - Negritos, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, delimitada entre las siguientes coordenadas geograficas referidas al DATUM WGS84, obtenidas del plano Nº B-1 de fecha octubre 2003, que obra en el expediente:
Vertice A Vertice B Vertice C Vertice D Vertice E Vertice F Vertice G Vertice H Vertice L Vertice K Vertice J Vertice I Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud 04°37'08.112" 04°37'07.518" 04°37'07.413" 04°37'07.270" 04°37'07.594" 04°37'07.737" 04°37'07.632" 04°37'08.227" 04°37'08.658" 04°37'08.655" 04°37'05.398" 04°37'05.401" Sur Sur Sur Sur Sur Sur Sur Sur Sur Sur Sur Sur Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud 81°17'44.813" 81°17'51.543" 81°17'51.534" 81°17'53.150" 81°17'53.179" 81°17'51.562" 81°17'51.553" 81°17'44.806" 81°17'44.785" 81°17'43.487" 81°17'43.495" 81°17'44.793" Oeste Oeste Oeste Oeste Oeste Oeste Oeste Oeste Oeste Oeste Oeste Oeste

Articulo 2º.- El derecho de uso de area acuatica se otorga con arreglo a las autorizaciones que deba obtener la Municipalidad Distrital La MORDAZA - Negritos, por parte de otros organismos publicos, de acuerdo al MORDAZA de actividad a realizar y de conformidad con las disposiciones vigentes, segun lo dispuesto en el articulo B-010109 del Reglamento de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.