Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2005 (21/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Gobiernos Locales para crear mejores condiciones de MORDAZA en la poblacion de menores recursos y tengan acceso a creditos para la adquisicion y mejoramiento de viviendas, de esta manera elevar la calidad en diseno y construccion de viviendas, permitiendo a este sector de la poblacion a una vivienda adecuada y para lo cual es necesario que las instituciones financieras flexibilicen las exigencias crediticias, para ello la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento cumplira su rol promotor y apoyara a la poblacion de menores recursos en su gestion para la obtencion de creditos y adquisicion de viviendas de bajo costo; en este orden de ideas es procedente aprobar el Acuerdo mediante el acto administrativo correspondiente; Estando a lo acordado en Sesion Ordinaria Nº 006 de fecha 23 de marzo del 2005, mediante Acuerdo Nº 072-2005, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art 37º de la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Nº 27902; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- APROBAR los Lineamientos de Politica de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en veintiun folios y que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ORDENAR a la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la elaboracion del Reglamento correspondiente dentro del termino de 30 dias. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, a un dia del mes de MORDAZA del 2005. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas 07616

poblacion, previniendo danos, proporcionando ayuda oportuna y adecuada, asegurando su rehabilitacion en caso de desastres o calamidades de toda indole, cualquiera sea su origen; Que, para el cumplimiento de las funciones senaladas, es determinante un Plan Estrategico Integral, asi como los correspondientes objetivos, estrategias, programas que dirijan y orienten el planteamiento sectorial y regional para la prevencion, mitigacion de riesgos, preparacion y atencion de emergencias, asi como para la rehabilitacion en caso de desastres, permitiendo reducir los danos, victimas y perdidas que pudieran ocurrir a consecuencia de fenomenos naturales o tecnologicos potencialmente daninos, mediante medidas de ingenieria, legislacion adecuada, formacion ciudadana, organizacion, desarrollo cultural e inclusion del concepto de prevencion en todo el ambito regional, siendo procedente su aprobacion; Que, el Plan de Contingencia Regional, motivado por un analisis de riesgo que afronta nuestra Region, con la presencia de fenomenos meteorologicos, climaticos relacionados con los problemas globales, lo que hace necesario tomar medidas contra los fenomenos naturales que se presentan en la Region Amazonas. Estando a lo acordado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 006, mediante Acuerdo Nº 076 de fecha 23 de marzo del 2005, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Nº 27902. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el Plan de Contingencia Regional de Prevencion y Atencion de Desastres Naturales en la Region Amazonas, a folios treinta y ocho (38), cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, a un dia del mes de MORDAZA del 2005. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas 07615

Aprueban Plan de Contingencia Regional de Prevencion y Atencion de Desastres Naturales en la Region Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 090 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR El Consejo Regional de Amazonas Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15º, Inc. "a" de la Ley Nº 27867 que senala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo, es atribucion del Consejo Regional aprobar el Plan de Contingencia Regional de Prevencion y Atencion de Desastres Naturales, en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales que establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general en la organizacion y administracion del Gobierno Regional; Que, de acuerdo con el Inc. a) del Art. 61º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, son funciones de los Gobiernos Regionales en materia de Defensa Civil, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de Defensa Civil; en concordancia con la politica general del Gobierno y los planes sectoriales; Que, mediante Ley Nº 19338 se creo el Sistema Nacional de Defensa Civil, con la finalidad de integrar a la

Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal y Manual de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional Agraria Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 091-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15º, Inc. "a" de la Ley Nº 27867 que senala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo es atribucion del Consejo Regional aprobar los documentos de gestion: Cuadro para Asignacion de Personal CAP y Manual de Organizacion y Funciones - MOF de la Direccion Regional Agraria Amazonas, en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, que establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter

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