Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2005 (23/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 23 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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SALUD
Designan representante ante la Comision Multisectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 24988
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 982-2005/MINSA MORDAZA, 20 de diciembre del 2005 Visto el Expediente Nº 05-553987-001; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 431-2005PCM, de fecha 5 de diciembre de 2005, de la Presidencia del Consejo de Ministros, se constituyo la Comision Multisectorial adscrita al Ministerio de Defensa, encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 24988 - Ley que declara de interes social la atencion a los requerimientos de vivienda y salud, para integrantes del Cuerpo General de Invalidos del Ejercito y para los miembros de las otras instituciones militares y policiales que en acto, ocasion o a consecuencia del servicio, resulten invalidos; Que, el articulo 2º de la citada Resolucion Ministerial establece la conformacion de la Comision Multisectorial, en la que se ha previsto la participacion, entre otros, de un representante del Ministerio de Salud, por lo que es necesario proceder a la designacion del funcionario respectivo; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA IBANEZ, Director General del Instituto Especializado de Rehabilitacion, como representante del Ministerio de Salud, ante la Comision Multisectorial constituida por Resolucion Ministerial Nº 431-2005-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 21633

- PROVIAS RURAL, proceda a la interposicion de las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables de la utilizacion por terceros de la maquinaria pesada asignada al proyecto Paijan - Puerto Malabrigo; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del Informe Especial Nº 009-2005-2-5298 "Indicios de Peculado por la utilizacion en trabajos para terceros de la maquinaria pesada asignada al proyecto Paijan ­ Puerto Malabrigo, sin la autorizacion", del Jefe del Organo de Control Institucional de PROVIAS DEPARTAMENTAL, se ha determinado la existencia de indicios de responsabilidad penal por la presunta comision del delito de peculado por uso, tipificado en el articulo 388º del Codigo Penal, por parte del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex residente de obra, Econ. MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, ex asistente administrativo, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex inspector de obra e Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Otoya, ex asistente tecnico, los cuales dentro del periodo del 4.5.03 al 10.7.03, utilizaron los equipos mecanicos del proyecto Paijan - Puerto Malabrigo sin autorizacion, en las empresas pesqueras Harinas Especiales S.A.C. y COPEINCA S.A. para realizar los trabajos de movimiento de tierras, afirmado, compactacion y relleno, obteniendo por el alquiler de las horas trabajadas, un monto recalculado ascendente a S/. 560,578.74 (Quinientos sesenta mil quinientos setenta y ocho y 74/100 Nuevos Soles); Que, asimismo, el referido Informe recomienda al Director Ejecutivo de PROVIAS DEPARTAMENTAL, iniciar los tramites correspondientes, para que el Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de PROVIAS DEPARTAMENTAL, inicie las acciones penales contra los presuntos responsables de los hechos descritos en el referido Informe, y que asimismo, comprenda el recupero economico por el perjuicio economico ocasionado a dicha Entidad; Que, con el Informe Legal Nº 507-2005-MTC/22.05.cgi de fecha 24 de octubre de 2005, la Gerencia de Asuntos Legales de PROVIAS DEPARTAMENTAL, concluye que las conductas MORDAZA indicadas, se encuentran tipificadas en el articulo 388º del Codigo Penal, referido al delito de peculado por uso, por el cual, el funcionario o servidor publico que, para fines ajenos al servicio usa o permite que otro use vehiculos, maquinas o cualquier otro instrumento de trabajo pertenecientes a la administracion publica o que se hallan bajo su guarda, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no mayor de cuatro anos; y que esta disposicion es aplicable al contratista de una obra publica o a sus empleados cuando los efectos indicados pertenecen al Estado o a cualquier dependencia publica. Asimismo, senala que no estan comprendidos en este articulo los vehiculos motorizados destinados al servicio personal por razon del cargo; Que, el articulo 15º inciso f) de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establece que los informes elaborados en base a acciones de control tienen el caracter de prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Que, al respecto, la Constitucion Politica de 1993, establece en el articulo 47º, que "La defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos conforme a ley. El Estado esta exonerado del pago de gastos judiciales"; Que, de acuerdo con el articulo 1º del Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, la defensa de los intereses y derechos del Estado se ejercita judicialmente, por intermedio de los Procuradores Publicos. Asimismo, el articulo 2º del referido texto legal senala que los Procuradores Publicos tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, asimismo, el articulo unico del Decreto Ley Nº 17667, establece que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, es necesaria la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa; Que, con ello, mediante Resolucion Suprema Nº 0812003-JUS, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Ad Hoc, para que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado, en los procesos judiciales iniciados y por iniciarse relacionados a PROVIAS NACIONAL;

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la utilizacion por terceros de maquinaria asignada al proyecto Paijan - Puerto Malabrigo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 952-2005-MTC/02 MORDAZA, 19 de diciembre de 2005 VISTO: La Nota de Elevacion Nº 368-2005-MTC/22 y sus antecedentes, mediante la cual, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental ­ PROVIAS DEPARTAMENTAL, solicita la autorizacion para que el Procurador Publico Ad Hoc encargado de los asuntos judiciales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL y Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural

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