Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2005 (03/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 3 de febrero de 2005

lizan mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego y Acuerdo de Concejo Municipal para los Gobiernos Locales y que las Resoluciones o Acuerdo requieren obligatoriamente de un informe tecnico legal previo, debiendo publicarse en el Diario Oficial El Peruano y estos deben remitirse a Contraloria General de la Republica dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, los articulos 105º y 106º del mencionado reglamento establecen los procedimientos que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion MORDAZA aludidos precisando que, una vez aprobada la exoneracion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las bases, debiendose indicarse en la resolucion el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion exonerada; Que, la Municipalidad requiere la contratacion de una Empresa Especializada en Fiscalizacion Tributaria, teniendo en consideracion la necesidad URGENTE de incrementar los ingresos directamente recaudados; Estando a lo acordado, y con las facultades que nos confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 27971 y el Acuerdo de Sesion Ordinaria de Concejo Nº 027.2004.MDLO.CM, de fecha 10 de diciembre del ano 2004, por UNANIMIDAD; SE ACORDO: Articulo Primero.- APROBAR, la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion, por excepcion; en la modalidad de Servicios Personalisimos y se realice mediante Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, al senor MORDAZA para que proceda a contratar el servicio requerido en el numeral precedente. Articulo Tercero.- COMUNICAR, el presente Acuerdo de Concejo a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a su aprobacion. Articulo Cuarto.- PUBLICAR, el Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ARCA MORDAZA MORDAZA Distrital de Los Organos 02378

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAIJAN
Autorizan adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2005-MDP Paijan, 26 de enero del 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAIJAN VISTO: El Expediente Administrativo Nº 078-2005, que contiene informe tecnico e informe legal y Acuerdo de Concejo; CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, prescribe que los Gobiernos Locales son entidades basicas de organizacion territorial del Estado y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Asimismo, la autonomia predicha en la Constitucion Politica del Estado para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos, Administrativos y de Administracion con sujecion a ley; De los documentos a la vista se observa que las representantes de los clubes de madres desde el mes de noviembre 2004 se han reunido a fin de elegir el producto o insumo del Programa de Vaso de Leche para efectuar MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica;

La eleccion del insumo por los clubes de madres, debido a que no llegaron a un acuerdo, concluyo a mediados del mes de diciembre 2004 por lo que la Municipalidad convoco al MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 0002-2004-MDP que duraria hasta el 20 de enero 2005 aproximadamente hasta que el MORDAZA de Adjudicacion quede consentido; A fin de seguir prestando el servicio, la Municipalidad se vio en la necesidad de adquirir el producto del vaso de leche por urgencia para abastecer por el tiempo MORDAZA indicado al MORDAZA del articulo 19º inciso C, 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento derogados; Con fecha 20 de enero de 2005 el Comite Especial de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad comunica que el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica ha sido declarado desierto debido a que de las 8 empresas que adquiririeron las bases administrativas, solo se presentaron dos empresas y de las cuales una propuesta tecnica no cumplio con los requisitos de las Bases Administrativas item 6.4, por lo que el MORDAZA se declaro desierto y debe efectuarse nueva convocatoria; A consecuencia de lo detallado anteriormente la Municipalidad se va a hallar en situacion de desabastecimiento inminente, extraordinaria e imprevisible del producto o insumo del programa de vaso de leche que compromete directamente la continuidad de seguir prestando el servicio (Art. 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM, concordante con el Art. 141º del D.S. Nº 084-2004-PCM) que ponen en peligro la subsistencia, salud, alimentacion de los ninos beneficiarios del PVL; La Municipalidad debe asumir acciones tendientes a proteger especialmente al MORDAZA y debe proceder a adquirir el producto del vaso de leche para seguir prestando el servicio y no dejar sin alimentacion a los ninos beneficiarios (Art. 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM, Constitucion Politica del Estado), adquisicion que solo debe ser por el tiempo que demanda el MORDAZA de adjudicacion directa publica hasta que el otorgamiento de la buena pro quede consentido y por la cantidad necesaria para cubrir el desabastecimiento y resolver la situacion imprevista; Se debe exonerar del MORDAZA de seleccion de la adquisicion del producto, asi mismo del Programa del Vaso de Leche por la situacion de desabastecimiento inminente e imprevisto (articulo 19º Inc. C del D.S. Nº 083-2004-PCM) conforme lo ordena el articulo 20º de la citada norma; Estando a lo expuesto al MORDAZA del articulo 20º de la Ley Nº 27972 concordante con los articulos 19º, 20º, 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM, articulo 141º del D.S. Nº 0842004-PCM con criterio, equidad y justicia social; ACUERDA: Articulo Primero.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica para la adquisicion del producto para el abastecimiento del Programa de Vaso de Leche para el mes de febrero 2005 en el cual se va a efectuar el MORDAZA de Adjudicacion para la adquisicion de insumos, por situacion de desabastecimiento inminente, adquisicion que debe efectuarse hasta que el otorgamiento de la buena pro quede debidamente consentida. Articulo Segundo.- APROBAR y AUTORIZAR la adquisicion de insumos del programa de vaso de leche para su correspondiente abastecimiento a los beneficiarios de esta Municipalidad, por situacion de desabastecimiento inminente a consecuencia de los motivos MORDAZA expuestos para el suministro a los beneficiarios solamente por el plazo que demande el MORDAZA de Adquisicion Directa Publica hasta que el otorgamiento de la buena pro quede consentida y cantidad necesaria, plazo que MORDAZA al mes de febrero 2005. Articulo Tercero.- NOTIFICAR a Abastecimientos, Tesoreria, Gerencia y al Comite de Adquisiciones de esta entidad para conocimiento. Articulo Cuarto.- Cumplase con la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y SEACE, segun la Ley. Articulo Quinto.- NOTIFICAR al Comite de Procesos Administrativos Disciplinarios cumpla con sus funciones a fin de determinar responsabilidades si es que lo hubieren. DEROGUENSE las resoluciones que se opongan a la presente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA H. VALQUI MORDAZA MORDAZA 02380

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