Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2005 (11/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, MORDAZA 11 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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por el Proyectista ante el Concesionario para ser examinadas y atendidas en un plazo no mayor de ocho (8) dias a partir de la MORDAZA de la correspondiente solicitud. Dichas solicitudes no interrumpen los plazos establecidos para la revision y/o aprobacion del proyecto. Articulo 27º.- Periodo de validez del Proyecto El proyecto con documento de aprobacion o informe tecnico emitido por el Concesionario respecto a obras de pequena magnitud, tiene como periodo de validez un (01) ano, contabilizados desde la fecha de atencion o respuesta.

CAPITULO OCTAVO EJECUCION, CONTROL Y PUESTA EN SERVICIO DE LAS OBRAS DE NUEVOS SUMINISTROS DE GAS NATURAL
Articulo 28º.- Requisitos para inicio de las Obras Carta del Interesado dirigida al Concesionario dando aviso del proposito de iniciar la obra con una anticipacion no menor a quince (15) dias, presentando ademas al Contratista Especialista y adjuntando lo siguiente: a. Tres (3) copias del proyecto aprobado por el Concesionario dentro del plazo de vigencia, en caso de corresponder a proyectos de magnitud. En caso de tratarse de la ejecucion parcial de un proyecto de magnitud, indicar en los planos del proyecto las partes a ejecutar, explicando las razones que llevan a no desarrollar la totalidad del proyecto. b. MORDAZA del documento de respuesta a la Solicitud de Factibilidad de Suministro del Interesado, emitido por el Concesionario. c. MORDAZA del documento que acredita la representatividad legal vigente del Interesado. d. Certificado vigente de habilitacion profesional del ingeniero residente designado por el Contratista Especialista, emitido por el Colegio de Ingenieros del Peru. e. Cuaderno de obra foliado. f. Cronograma actualizado de ejecucion de obra. g. Presupuesto y metrado total de la obra. Articulo 29º.- Procedimiento a seguir para el inicio de obras a. El Interesado presentara al Concesionario la carta dando aviso del inicio de obra cumpliendo con los requisitos indicados en el articulo precedente. b. El Concesionario dentro del plazo de quince (15) dias debera informar por escrito al Interesado, con MORDAZA al Contratista Especialista, las condiciones a cumplir para el control de los trabajos y el nombre del Supervisor de la obra. Articulo 30º.- La ejecucion y control de las obras se llevara a cabo teniendo en cuenta los siguientes aspectos tecnicos: a. El Supervisor designado, podra solicitar la presencia del ingeniero residente designado por el Contratista Especialista, y del Interesado para dar apertura al cuaderno de obra. b. Durante la ejecucion de los trabajos, el ingeniero residente debera comunicar por escrito al Supervisor designado por el Concesionario, el programa semanal de las obras a ejecutar, con una anticipacion minima de tres (3) dias calendario. La falta de tal aviso sera interpretado por la Supervision como que no se realizara el avance de las obras. c. Si el aviso del desarrollo de las obras no se efectuara con la anticipacion necesaria, el Concesionario podra efectuar en los trabajos ya desarrollados un MORDAZA de revision de los materiales y de su instalacion. d. El Supervisor efectuara inspecciones de las obras en ejecucion en el instante que lo crea conveniente dentro del horario normal de labores del Contratista. El ingeniero residente proporcionara las facilidades respectivas al Supervisor para la realizacion de la inspeccion. Las observaciones encontradas deberan ser comunicadas de inmediato al ingeniero residente y de considerarlo necesario seran consignadas en el cuaderno de obra. e. En caso que no estuviera presente el ingeniero residente y no estuviera a disposicion el cuaderno de obra, el Concesionario enviara las observaciones dentro de los cinco (5) dias habiles inmediatos siguientes a la oficina del Contratista Especializado. f. Los aspectos observados deberan ser subsanados o explicados adecuadamente por el ingeniero residente; la

falta de accion al respecto MORDAZA motivo a que el Supervisor continue consignando el MORDAZA en el cuaderno de obra y en las comunicaciones respectivas; de persistir las observaciones mas alla de un tiempo prudencial, el Concesionario informara por escrito de la situacion al Interesado -con MORDAZA de la misma al Contratista Especialista-, luego podra eximirse de continuar con la super vision hasta que no se subsane o explique adecuadamente los aspectos observados. g. El ingeniero residente comunicara al Supervisor el levantamiento de observaciones. De considerar necesario, lo efectuara mediante carta o lo anotara en el cuaderno de obra. El ingeniero residente podra formular sus consultas a traves de cartas, las que seran atendidas dentro de los cinco (5) dias siguientes de haberse efectuado. h. Para Sistemas de Distribucion, los equipos y materiales a instalar en la obra deberan ser nuevos y cumplir con las especificaciones tecnicas establecidas por el Concesionario. i. Durante la ejecucion de las obras, el personal del Contratista Especialista, el ingeniero residente y el Supervisor deberan cumplir y hacer cumplir las normas de seguridad vigentes, entre otras las contenidas en el Reglamento. j. En casos justificados, siempre y cuando se cuente con la autorizacion expresa del Concesionario, durante la ejecucion de las obras el Contratista Especialista podra introducir modificaciones al proyecto. k. En casos especiales, el Supervisor podra autorizar al Contratista Especialista no ejecutar algunos detalles menores de obra, siempre y cuando no interfieran con el correcto funcionamiento de las instalaciones a desarrollarse. l. Finalizados todos los trabajos relacionados con la obra, el Contratista Especialista informara por escrito al Concesionario, la fecha programada de ejecucion de las pruebas correspondientes, con el plazo de anticipacion previsto en el Reglamento. Articulo 31º.- Documentacion a presentar por el Contratista Especialista al Concesionario para la ejecucion de pruebas de nuevos suministros. Car ta del Contratista Especialista informando al Concesionario el dia y hora programados para efectuar las pruebas correspondientes, adjuntando tres (3) copias del expediente final de construccion, firmado y MORDAZA por el ingeniero residente, que comprende: a. Memoria Descriptiva. b. Especificaciones Tecnicas. c. Planos de Construccion Conforme a Obra (C.A.O). d. MORDAZA certificada del Protocolo de Pruebas de los equipos y materiales principales. e. Inventario valorizado y MORDAZA de las facturas de los materiales utilizados. Articulo 32º.- Procedimiento a seguir para la ejecucion de pruebas de nuevos suministros a. El Contratista Especialista presentara al Concesionario la solicitud de pruebas con los requisitos indicados en el articulo precedente. b. En un plazo no mayor de diez (10) dias contados a partir de la MORDAZA de la solicitud, el Concesionario revisara la documentacion presentada y realizara un programa de inspeccion y pruebas, indicando las secciones a probar, condiciones de la prueba, instrumentos a emplear, fluido de prueba, procedimientos detallados y fechas previstas para su ejecucion. c. En la fecha y hora fijadas para la inspeccion y pruebas, el Contratista Especialista y el ingeniero residente deberan disponer los recursos humanos, equipos y herramientas necesarias para llevar a cabo el programa de pruebas con seguridad; tambien, deben tener las instalaciones preparadas y proveer facilidades de acceso para la supervision. d. El Supervisor efectuara la verificacion de las Pruebas, las mismas que se realizaran ajustandose a las especificaciones tecnicas del Manual de Construccion alcanzado por el Concesionario al OSINERG y a las especificaciones de la MORDAZA ANSI/ASME B31.8. El Contratista Especializado debera registrar en forma continua la presion y la temperatura del fluido durante la prueba de presion de manera redundante (dos instrumentos diferentes por cada magnitud medida). Cada media hora verificara las lecturas de los instrumentos para comprobar la precision y correcto funcionamiento de los mismos. e. Al final de las pruebas se levantara un Acta en el cual se consignara los resultados obtenidos asi como las

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