Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2005 (13/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 13 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de MORDAZA, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica, en la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo, en el distrito Andamarca de la provincia de MORDAZA, y en el distrito de MORDAZA MORDAZA de Acobamba de la provincia de Huancayo del departamento de Junin. La Policia Nacional contribuira al logro de dicho objetivo en los departamentos y provincias indicados en el parrafo anterior. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 15726

De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Encargo Encarguese a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, a efectuar el pago de los pasivos laborales de las Empresas Prestadoras de Servicios de los departamentos de Tumbes y MORDAZA EMFAPATUMBES S.A. y EPS GRAU S.A. con los recursos disponibles que el Ministerio de Economia y Finanzas le transfiera, en aplicacion de la Decima Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28562 -Ley que autoriza un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005. Articulo 2º.- Procedimiento A fin de implementar lo dispuesto en el articulo 1º del presente dispositivo, la EPS EMFAPATUMBES S.A. y EPS GRAU S.A. en su oportunidad, remitiran las liquidaciones de beneficios sociales que comprenden sus pasivos laborales a PROINVERSION, la misma que dispondra su atencion hasta por los montos aprobados por su Consejo Directivo, en cada caso. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de setiembre de 2005. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 15716

ECONOMIA Y FINANZAS
Encargan a PROINVERSION efectuar el pago de los pasivos laborales de las empresas prestadoras de servicios de los departamentos de Tumbes y MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 116-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 059-60-PCM, Texto Unico Ordenado de las Normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al Sector Privado de las Obras Publicas de Infraestructura y de Servicios Publicos, la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, es el organismo a cargo de la promocion de la inversion privada en el ambito de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos; Que, a traves de la Resolucion Suprema Nº 160-2002EF, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION, conforme al cual se aprobo el plan de promocion de la inversion privada de los servicios de agua potable y alcantarillado que actualmente son competencia de las Empresas Prestadoras de Ser vicios de los departamentos de Tumbes y Piura; EMFAPATUMBES S.A. y EPS GRAU S.A. respectivamente; Que, la Decima Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28562 - Ley que autoriza un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, dispone que el Gobierno Central, a traves del Ministerio de Economia y Finanzas, se MORDAZA cargo del pago de los pasivos laborales de las EPS EMFAPATUMBES S.A. y EPS GRAU S.A., en procedimiento concursal, incluidas en los procesos de promocion de la inversion privada de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 05996-PCM; Que, la referida disposicion precisa que dicha obligacion se MORDAZA efectiva hasta por los montos establecidos por el Consejo Directivo de PROINVERSION en cada caso; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 027-2002PCM dispone la adscripcion de la Agencia de Promocion de la Inversion al Ministerio de Economia y Finanzas; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 095-2003-EF se modifica la denominacion de la Agencia de Promocion de la Inversion PROINVERSION por la de Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION; y,

Crean Comision Multisectorial encargada de proponer el esquema tecnico para la rehabilitacion del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica
DECRETO SUPREMO Nº 117-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 119º de la Constitucion Politica del Peru establece que la direccion y la gestion de los ser vicios publicos estan confiadas al Consejo de Ministros; y a cada ministro en los asuntos que competen a la cartera a su cargo; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 012-2005, se declara en emergencia, por un plazo no mayor a ciento ochenta dias, la rehabilitacion integral del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica; Que, el articulo 7º del Decreto de Urgencia Nº 0122005 faculta al Ministerio de Economia y Finanzas a dictar las medidas complementarias que MORDAZA necesarias para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la precitada norma; Que, en ese sentido, resulta necesario constituir una Comision Multisectorial que proponga las medidas necesarias para lograr la rehabilitacion del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Comision Multisectorial Crease la Comision Multisectorial encargada de proponer el esquema tecnico mas eficiente que resguarde el uso adecuado de los recursos publicos y que permita atender integralmente la rehabilitacion del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica.

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