Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2005 (23/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de setiembre de 2005

no se encuentra comprendido dentro del supuesto comprendidos en el literal b) del ar ticulo 205º del R e g l a m e n t o. E n c u a n t o a l t e m a d e l a fa l s e d a d documental, queda MORDAZA de la lectura de la Resolucion Nº 019/2004.TC-S1 del 9 de enero de 2004, que este Tribunal - en su momento ­ resolvio inhabilitar con un ano en su derecho a contratar con el Estado, es decir con el MORDAZA previsto para este MORDAZA de infracciones, a la empresa SEGSA ORIENTE S.A.C. integrante del Consorcio, asi como eximir a su co­consorciada, Seguridad General S.A. y Seguridad y Vigilancia S.A. ­ SEVISA. Que, analizados los antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate, con la intervencion del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de los Drs. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Wina Isasi MORDAZA, atendiendo a la reconfor macion de la Sala Unica del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado segun lo dispuesto en la Resolucion Nº 119-2004-CONSUCODE/ PRE, expedida el 25 de marzo de 2004, asi como lo establecido mediante Acuerdo de Sala Plena del Tribunal Nº 001/004, de fecha 24 de marzo de 2004 y de conformidad con las facultades conferidas en los articulos 53°, 59° y 61° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, asi como por lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 28267; SE ACORDO: 1) No ha lugar el inicio de procedimiento administrativo sancionador contra las empresas integrantes del Consorcio SEGSA ORIENTE ­ SEGURIDAD GENERAL - SEVISA.; 2) Devolver a la Entidad los antecedentes administrativos, para los fines que estime per tinentes; en consideracion al analisis realizado; FIRMADO: MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Isasi Berrospi. 16162

Que, el articulo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de Descentralizacion y demas Leyes de la Republica; y el literal a) del articulo acotado senala que es funcion normativa y reguladora del Gobier no Regional la elaboracion y aprobacion de normas de alcance regional, regulando los ser vicios de su competencia, en concordancia con los literales a) y b) del articulo 4º de la Ley Nº 27902, Ley que modifica la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902; el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros aprobo la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- APROBAR la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ R.O.F. de la Direccion Regional de la Produccion (Organo Desconcentrado de Linea Sectorial del Gobierno Regional de Ayacucho), que consta de siete (7) Titulos, once (11) Capitulos, treinta (30) Articulos y tres (3) Disposiciones Complementarias y Finales, cuyo Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DEJESE SIN EFECTO toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion Regional de la Produccion la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla.

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de la Produccion
ORDENANZA REGIONAL Nº 038-05-GRA/CR
MORDAZA, 2 de setiembre del 2005. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 21 de MORDAZA del 2005, trato el tema relacionado al Reglamento de Organizacion y Funciones ­ R.O.F. de la Direccion Regional de la Produccion - 2005; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es mision del Gobierno Regional organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 16247

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran nulo concurso publico de seleccion de Directores de las Unidades de Gestion Educativa Locales de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Provincias
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL Nº 00984 MORDAZA, 23 de agosto de 2005 Visto, el Memorando Nº 029-2005-GRL-PRES de fecha 10 de agosto del 2005, que contiene en anexo el Informe Nº 036-2005-GRL-ADP de fecha 5 de agosto del 2005, emitida por el Gobierno Regional de MORDAZA - Provincias, concerniente a la situacion legal del Concurso Publico de Directores de UGEL´s, que en sus antecedentes sostiene y emite pronunciamiento sobre el Oficio Nº 401-2005-GRLDREL-D-DAJ de fecha 6 de junio del presente ano, que a la vez contiene la Opinion Legal Nº 013-2005-DREL-DAJ de fecha 3 de junio ultimo, que hiciera llegar la Direccion Regional de Educacion para su revision; CONSIDERANDO: Que, la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Provincias es una entidad descentralizada con personalidad juridica de derecho publico con autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia y en concordancia con lo establecido en los incisos g) y h) del Art. 56º del Decreto Supremo Nº 009-2005-ED, que permite actuar como instancia administrativa en los asuntos de mera competencia, ademas de conducir el MORDAZA de Concurso

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