Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2006 (22/02/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

Pag. 313048

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de febrero de 2006

invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en vias de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; cuando el desabastecimiento se fuera a producir o se MORDAZA producido como consecuencia del obrar negligente de la propia entidad es decir cuando sea imputable a la inaccion o demora en el accionar del servidor publico que omitio adoptar las acciones pertinentes con el fina de asegurar la provision de un bien o la continuidad de un servicio esencial en la resolucion o acuerdo exoneratorio, bajo sancion de nulidad, debera disponerse el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados; Que, de conformidad con el Articulo 20º Inc. c), del D.S. Nº 083-2004-PCM, todas las exoneraciones en el caso de Gobiernos Locales, se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo, el mismo que MORDAZA de su expedicion, debe contar con uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, tal como lo establece el Articulo 146º del D.S. Nº 0842004-PCM; debiendo de realizar la adquisicion o contratacion del bien, la dependencia encargada de las Adquisiciones y contrataciones de la entidad o el organo designado para el efecto, de conformidad con el Articulo 148º de la MORDAZA legal MORDAZA citada, Acuerdo de Concejo que debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes de su emision o adopcion y adicionalmente debera ser publicado en el SEACE, tal como lo establece el Articulo 147º del mismo cuerpo normativo (D.S. Nº 084-2004PCM); Que, en virtud a lo expuesto y teniendo presente que la implementacion del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica, podria extenderse hasta mediados del mes de marzo del presente ano, las situacion de Desabastecimiento Inminente debera de declararse por el lapso de tres (3) meses; Que, con los Informes del Visto, se sustenta tecnica y legalmente la adquisicion y la exoneracion fundamentandose la necesidad de Declarar la Situacion de Desabastecimiento Inminente al suministro del producto alimenticio al Programa del Vaso de Leche del distrito de Huamachuco, capital de la provincia de MORDAZA Carrion; Estando a las consideraciones expuestas, y a lo aprobado por unanimidad en la Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 26ENE2006 y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con dispensa de la Lectura del Acta; SE ACUERDA: Articulo 1º.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion POR CAUSAL DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, para la adquisicion del producto "Hojuela de Cereales (Quinua y Cebada) enriquecida con leche entera en polvo con azucar" al Programa del Vaso de Leche del distrito de Huamachuco, capital de la provincia de MORDAZA Carrion; dicha adquisicion se MORDAZA para cubrir la demanda por noventa dias, que cubrira demanda de los meses de enero, febrero y marzo del ano 2006, tiempo necesario para realizar el MORDAZA de seleccion correspondiente hasta la suscripcion de contrato, teniendo como valor referencial la suma de S/ 175,703.00, a razon de S/. 13.52 Nuevos Soles por cada 1.5 Kilogramos, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente acuerdo. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Unidad de Logistica la adquisicion aprobada en el articulo precedente, estando a los considerandos de la presente norma. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal realice las acciones conducentes para determinar las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos, si las hubiera, en el caso de que el desabastecimiento se

produzca como consecuencia del obrar negligente de la entidad. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de adoptado el presente acuerdo, asi como remitir a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE MORDAZA del Acuerdo, del Oficio y del Informe Legal, que dieron origen al presente documento dentro del plazo de Ley. Articulo 5º.- DISPONER que adicionalmente se publique en el SEACE a traves del servidor municipal Responsable de remitir dicha informacion a dicho sistema. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03157

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de profesional para realizar estudio definitivo de proyecto de inversion publica
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 243-A-2005/MDB-SL Barranca, 29 de diciembre del 2005 VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 018-2005-MDB, de fecha 20 de diciembre 2005. CONSIDERANDO: Que, mediante sesion extraordinaria Nº 018 de fecha 20 de diciembre del 2005, el Concejo en pleno, aprobo realizar la contratacion de un Ingeniero Civil, que Formule el estudio definitivo del Proyecto de Inversion Publica Ampliacion y Mejoramiento del Sistema Electrico de San MORDAZA, Informe Tecnico ­ Legal formulada por el Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de Barranca, basada en el Informe del Area de Infraestructuras y Obras. Que, las Resoluciones de Alcaldia aprueban y resuelven los asuntos de caracter administrativo. En uso de las facultades y atribuciones conferidas mediante Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion por Servicios Personalisimos, en conformidad con el Inciso f) del ar ticulo 19º del Texto Unico Ordenado y 145º del Reglamento, el MORDAZA de seleccion de contratacion de un Ingeniero, que realice el estudio definitivo del Proyecto de Inversion Publica Ampliacion y Mejoramiento del Sistema Electrico de San MORDAZA, cuyo valor referencial asciende a S/. 30,000.00 Nuevos Soles, de la Fuente de Financiamiento 07 Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN). Articulo 2º.- Contratar, con un Ingeniero, para la formulacion del estudio definitivo (Expediente Tecnico), para el Proyecto de Inversion Publica Ampliacion y Mejoramiento del Sistema Electrico de San Lorenzo. Articulo 3º.- Encargar al Area de Abastecimiento la ejecucion del presente MORDAZA exonerado, al mismo tiempo comunique el contenido de la presente Resolucion al CONSUCODE, ademas los Informes Tecnicos y Legal a la Contraloria General de la Republica dentro del plazo de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion y publicar la presente

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.