Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2006 (22/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano sabado 22 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

324683

modificaciones a los datos del RUC detallados en el Anexo Nº 4, usando dicho medio. De acuerdo a sus necesidades u objetivos, la SUNAT podra realizar la inscripcion de contribuyentes y/o responsables y la modificacion de sus datos, en lugares distintos a los indicados en el presente articulo."

Articulo 3º.- INSCRIPCION EN EL REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES MEDIANTE SUNAT VIRTUAL - ANEXO Nº 1A Incorporase el siguiente anexo en la Resolucion de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT y modificatorias:

"ANEXO Nº 1A INSCRIPCION EN EL REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES - RUC - A TRAVES DE SUNAT VIRTUAL Solo podran inscribirse en el RUC a traves de SUNAT Virtual, las personas naturales con o sin negocio que se identifiquen con Documento Nacional de Identidad (DNI). Para efecto de realizar la inscripcion a traves de SUNAT Virtual deberan acceder a SUNAT Operaciones en Linea, SIN CLAVE SOL, y ubicar la opcion Inscripcion al RUC - Personas Naturales e ingresar en esta la siguiente informacion:
Nº 1 2 3 4 DATOS A DECLARAR NUMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD FECHA DE NACIMIENTO FECHA DE INICIO DE ACTIVIDADES DATOS DEL DOMICILIO FISCAL INFORMACION A INGRESAR Consignar el numero de su Documento Nacional de Identidad (DNI). Consignar su fecha de nacimiento. Consignar la fecha desde la que iniciara sus actividades economicas. Consignar la informacion referente a la ubicacion de su domicilio fiscal, teniendo en cuenta que debera ser igual a la consignada en cualquiera de los documentos a que se hace referencia en el literal b) del Rubro "Requisitos Generales" del Anexo 1 de la presente Resolucion de Superintendencia. Consignar la condicion del inmueble declarado como domicilio fiscal. De corresponder el contribuyente podra declarar esta informacion. Consignar la actividad economica que realizara seleccionandola en funcion de la lista CIIU que estara a disposicion en SUNAT Virtual. De corresponder, seleccionar el codigo de acuerdo a la profesion u oficio a desarrollar. Declarar un correo electronico. Seleccionar el sistema de contabilidad que utilizara. Seleccionar el sistema de comprobantes de pago con el que desarrollara su actividad economica. De corresponder debera declarar el MORDAZA de actividad de comercio exterior a desarrollar. Consignar un numero de telefono fijo. Consignar un numero de telefono celular, de contar con uno. Declarar el o los tributos a los cuales se encontrara afecto de acuerdo a la actividad economica a desarrollar.

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CONDICION DEL DOMICILIO FISCAL NOMBRE COMERCIAL ACTIVIDAD ECONOMICA PRINCIPAL CODIGO DE PROFESION U OFICIO CORREO ELECTRONICO SISTEMA DE CONTABILIDAD SISTEMA DE COMPROBANTES DE PAGO ACTIVIDAD DE COMERCIO EXTERIOR TELEFONO FIJO TELEFONO MOVIL ALTA DE TRIBUTOS

Una vez registrada la informacion de su Inscripcion en el RUC - Personas Naturales debera imprimir la MORDAZA del tramite realizado. Si la informacion consignada en la Inscripcion en el RUC - Personas Naturales a traves de SUNAT Virtual presentara inconsistencias detectadas por el sistema de la SUNAT, el tramite sera rechazado, dejando a salvo el derecho del solicitante de realizarlo nuevamente por este u otro medio. Una vez obtenida la MORDAZA del tramite realizado, el numero de RUC sera activado cuando la persona natural se acerque a la Intendencia u Oficina Zonal o a los Centros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT que correspondan al domicilio fiscal informado en la Inscripcion en el RUC - Personas Naturales a fin de: a) Exhibir el original y presentar fotocopia del documento utilizado para consignar la informacion referida a "Datos del domicilio fiscal" a que se hace referencia en el presente anexo, y; b) Obtener el codigo de usuario y la clave de acceso a que se refiere la Resolucion de Superintendencia Nº 1092000/SUNAT y normas modificatorias, para lo cual debera seguir el procedimiento establecido en la citada norma. De contar la persona natural con establecimientos anexos, debera acercarse a las dependencias de la SUNAT que correspondan al domicilio fiscal informado en la Inscripcion al RUC - Personas Naturales a fin de dar de alta a los mencionados establecimientos. Articulo 4º.- REQUISITOS GENERALES - ANEXO Nº 4 Incorporase los numerales 16,17 y 18 al Rubro "Requisitos Generales" del Anexo Nº 4 de la Resolucion de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT y modificatorias:
Nº 16 DATOS A ACTUALIZAR Baja de establecimientos anexos. REQUISITOS Declarar previamente la baja de serie de los comprobantes de pago asociados al establecimiento anexo respecto del cual se comunica la baja. Comunicar previamente la baja de los comprobantes de pago asociados al tributo. Aplicable solo para contribuyentes inscritos en el RUC como personas naturales, sociedades conyugales o sucesiones indivisas que soliciten su baja Nº DATOS A ACTUALIZAR REQUISITOS de inscripcion con motivo "CIERRE/CESE". Se consignara la fecha de baja de inscripcion. En caso tuviera comprobantes de pago disponibles, previamente debera dar de baja a estos y a las series correspondientes.

17 18

Baja de Tributos afectos. Baja de Inscripcion en el RUC.

Articulo 5º.- INSCRIPCION EN EL RUC A TRAVES DE SUNAT VIRTUAL Incorporase como Decimo MORDAZA Disposicion Final de la Resolucion de Superintendencia Nº 210-2004/ SUNAT el siguiente texto: "Decimo MORDAZA Disposicion Final.- INSCRIPCION EN EL RUC A TRAVES DE SUNAT VIRTUAL Las personas naturales con o sin negocio, a que se refiere el Anexo 1A podran inscribirse en el RUC a

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