Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2006 (22/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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UB

LICA DEL P E

RU

324630

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano sabado 22 de MORDAZA de 2006

Para la autorizacion para la celebracion de contratos de fletamento, se debera contar con un informe previo de la Direccion General de Aeronautica Civil que de cuenta del numero de aeronaves que prestan servicios en el territorio nacional y la proyeccion de la demanda de los servicios de transporte aereo, asi como que proponga y sustente el plazo de vigencia de la autorizacion a otorgar. Articulo 5º.- Plazo de la autorizacion El Decreto Supremo que autorice la celebracion de contratos de fletamento de aeronaves con empresas extranjeras para prestar servicios dentro del territorio nacional, debera indicar el plazo por el cual se autoriza. Dicho plazo podra ser MORDAZA, siguiendo la misma formalidad para el otorgamiento de la autorizacion y en tanto subsistan las condiciones de necesidad publica o interes nacional, de acuerdo a lo informado por el Sector vinculado a la actividad y situacion afectadas y de acuerdo a lo recomendado por la Direccion General de Aeronautica Civil. TITULO III INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA Articulo 6º.- Superficies limitadoras de obstaculos Corresponde a los Gobiernos Regionales y Locales, asi como a cualquier otra entidad publica, dentro del ambito de sus respectivas competencias, preservar el espacio aereo comprendido dentro de las superficies limitadoras de obstaculos de cada aerodromo y/o aeropuerto, con la finalidad de que este no sea invadido por cualquier MORDAZA de construcciones y/o edificaciones. Articulo 7º.- Regulacion de areas de dominio restringido Dentro del ambito de sus respectivas competencias, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales e instituciones publicas del Gobierno Nacional deberan adoptar las medidas necesarias para preservar las zonas de dominio restringido de los aerodromos y/o aeropuertos, a fin de garantizar su operatividad y seguridad. TITULO IV BIENES EN ABANDONO O COMISO Articulo 8º.- Intervencion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones La entrega de aeronaves, asi como de los bienes descritos en el articulo 8º de la Ley de Promocion de los Servicios de Transporte Aereo a las escuelas de aviacion, aeroclubes, asociaciones aerodeportivas, y centros de instruccion de tecnicos de mantenimiento se realizara de forma directa, interviniendo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solo en la determinacion de la institucion beneficiaria. Articulo 9º.- Instituciones beneficiarias A efectos de determinar a la institucion beneficiaria, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Direccion General de Aeronautica Civil, considerara a las escuelas de aviacion, aeroclubes, asociaciones aerodeportivas y centros de instruccion de tecnicos de mantenimiento que se encuentren inscritos y autorizados. Para ello, evaluara sus planes institucionales de desarrollo y la conveniencia desde el punto de vista tecnico de designarlas como beneficiarias de los bienes senalados en el articulo 8º de la Ley de Promocion de los Servicios de Transportes Aereo, en concordancia con la naturaleza de las actividades que realizan y respetando el orden de ingreso de las solicitudes formuladas. 00355-3

Que, la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, establece que la Autoridad Portuaria Nacional es un Organismo Publico Descentralizado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que tiene como organo MORDAZA al Directorio, el cual se encarga de su administracion; Que, por Resolucion Suprema Nº 022-2005-MTC, del 31 de agosto de 2005 se designo, a la senora MORDAZA MORDAZA Guiulfo MORDAZA - MORDAZA como miembro del Directorio de la Autoridad Por tuaria Nacional, en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, la mencionada representante ha presentado su renuncia al cargo que venia desempenando, por lo que es necesario aceptar su renuncia; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, las Leyes Nºs. 27594 y 27943 y el Decreto Supremo Nº 003-2004MTC; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la senora MORDAZA MORDAZA Guiulfo MORDAZA - MORDAZA como miembro del Director io de la Autoridad Por tuaria Nacional, en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Transpor tes y Comunicaciones y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 00354-30

Otorgan concesion a persona natural para la prestacion de servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 575-2006-MTC/03 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2006 VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2005023801 por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico, en el distrito de Vice, de la provincia de Sechura, del departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Minister io de Transpor tes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 126º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion

Aceptan renuncia de miembro del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas
RESOLUCION SUPREMA Nº 012-2006-MTC MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2006

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