Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2006 (07/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, MORDAZA 7 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 310-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2006 VISTOS: El Informe Nº 042-2005-JRLIM-AC/RENIEC emitido por el Area de Certificaciones de la Gerencia de Operaciones y el Informe Nº 329-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 28 de marzo de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtencion del Documento Nacional de Identidad; Que, la Gerencia de Procesos, ha podido verificar que se vienen detectando casos de personas que solicitan la certificacion de partidas, presentando documentos falsificados o adulterados; Que, se ha determinado que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha solicitado la certificacion de firmas y sellos de la partida de matrimonio celebrado ante la Municipalidad Provincial de Chiclayo, presentando una partida original la misma que ha sido adulterada y por tanto invalidada con la implantacion de una acta de divorcio falsa; Que, la persona de MORDAZA LUZ MORDAZA MARES SUWA, ha solicitado la certificacion de firmas y sellos de la partida de matrimonio celebrado presuntamente entre MORDAZA Mares Nunez y MORDAZA MORDAZA Suwa MORDAZA, la misma que no se encuentra registrada en la Municipalidad Provincial de Chiclayo, conforme lo informa dicha entidad edilicia; Que, el ciudadano MORDAZA WILLY MORDAZA ANICAMA ha solicitado la certificacion de firmas y sellos de la partida de nacimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la misma que no se encuentra registrada en la Municipalidad Provincial de Chiclayo, conforme lo corrobora el Subgerente de Registro Civil de dicha Municipalidad; Que, de los hechos MORDAZA descritos, se desprende que el comportamiento realizado por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LUZ MORDAZA MARES SUWA y MORDAZA WILLY MORDAZA ANICAMA, al haber presentado partidas de matrimonio y nacimiento adulteradas y falsificadas ante el RENIEC, constituyen indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documento, previsto y sancionado en el articulo 427º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LUZ MORDAZA MARES

SUWA y MORDAZA WILLY MORDAZA ANICAMA, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LUZ MORDAZA MARES SUWA y MORDAZA WILLY MORDAZA ANICAMA, por el presunto delito contra la fe publica en la modalidad de falsificacion de documentos, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 08192

Amplian autorizacion para Reinscribir Libros Registrales de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion de diversos anos en la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Curgos
RESOLUCION JEFATURAL Nº 311-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2006 VISTOS: el Informe Nº 000991-2006/SGREC/GO/ RENIEC de fecha 8 de marzo del 2006 y el Informe Nº 000267-2006-GAJ/RENIEC, de fecha 16 de marzo del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Ampliacion de Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Resolucion Jefatural Nº 211-2001JEF/RENIEC, de fecha 11 de junio del 2001, respecto a la Seccion de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Curgos, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de La Libertad. CONSIDERANDO: Que, conforme lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Curgos, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de La MORDAZA, se encuentra autorizada a reinscribir Nacimientos, Matrimonios y Defunciones del mes de agosto de 1984 al mes de noviembre de 1991, mediante Resolucion Jefatural Nº 211-2001-JEF/RENIEC, de fecha 11 de junio del 2001; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil senalada en el parrafo precedente, implemento expediente de ampliacion de autorizacion para Reinscripcion de Nacimientos, Matrimonios y Defunciones de los anos 1943 a 1983, debido a su destruccion a causa de un atentado subversivo, habiendo cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion, confirmandose la necesidad de aprobar la ampliacion de autorizacion para reinscripcion de Libros Registrales de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion de los anos 1944 a

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