Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2006 (28/05/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

319692

NORMAS LEGALES

El Peruano
MORDAZA 28 de MORDAZA de 2006

planos senalados en el Articulo 2º de la presente resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 09439

Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debe contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 09410 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 734/INC MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2006 VISTO, el Oficio Nº 243-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 14 de febrero de 2006 del Ing. MORDAZA MORDAZA Portugues MORDAZA, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Oficio Nº 243-2006-AG-PETT-DEDTSL de fecha 14 de febrero de 2006 el Ing. MORDAZA MORDAZA Portugues MORDAZA, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite veintidos (22) expedientes tecnicos de sitios arqueologicos ubicados en las provincias de Otuzco y Julcan, departamento de La MORDAZA, elaborados por la Lic. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Sarmiento; Que, mediante Informe Nº 400-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/LDZM de fecha 27 de MORDAZA de 2006, la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, informa que los expedientes tecnicos no presentan observaciones y que los sitios arqueologicos no se encuentran declarados Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 341 de fecha 5 de MORDAZA de 2006, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos siguientes: 1. Caseron II; ubicado en el distrito de Agallpampa, provincia de Otuzco y departamento de La Libertad; 2. Mispalday; ubicado en los distritos de Otuzco / Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; 3. Los Corrales; ubicado en el distrito de Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; 4. Cerro La Fortuna; ubicado en el distrito de Julcan, provincia de Julcan, departamento de La Libertad; 5. San Andres; ubicado en el distrito de Carabamba, provincia de Julcan, departamento de La Libertad; 6. MORDAZA de Piedra; ubicado en el distrito de Julcan, provincia de Julcan, departamento de La Libertad; 7. Cerro Mochulle; ubicado en el distrito de

Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a sitios arqueologicos ubicados en los departamentos de MORDAZA, La MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 700/INC MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2006 VISTO, el Oficio Nº 525-2006-INC-DA de fecha 5 de MORDAZA de 2006, del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director del Instituto Nacional de Cultura - Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Oficio Nº 525-2006-INC-DA de fecha 5 de MORDAZA de 2006, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director del Instituto Nacional de Cultura - MORDAZA, comunica que el sitio arqueologico Pueblo Viejo de Islay se encuentra en peligro de depredacion, por lo que recomienda se declare Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 309 fecha 24 de MORDAZA de 2006 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico Pueblo Viejo de Islay, ubicado en el distrito de Matarani, provincia de Islay, departamento de Arequipa; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia, Subdireccion de Investigacion y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico Pueblo Viejo de Islay, ubicado en el distrito de Matarani, provincia de Islay, departamento de Arequipa. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion del Instituto Nacional de Cultura MORDAZA, la elaboracion del expediente tecnico del sitio arqueologico mencionado en el articulo 1º de la presente resolucion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.