Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2006 (17/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

333000

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de noviembre de 2006

Articulo 3°.- El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, proporcionara los libros de nacimiento, matrimonio y defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Chinchopampa, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil;

5760-4

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra empresa y gerentes por incumplimiento contractual de garantia prevista en contrato de suministro
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1427- 2006-MP-FN
MORDAZA, 15 de noviembre de 2006 VISTO: El Oficio Nº 1065-2006-MP-FN-GG, por el cual la Gerencia General solicita se expida la correspondiente resolucion autoritativa para el inicio de las acciones judiciales que correspondan, en contra de la empresa Jaguar Systems S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1456.2004-MP-FN, de fecha 22 de octubre del 2004, se aprobo el Addendum Nº 10 al Convenio C 26-CPE, "Programa de Asesoramiento y Capacitacion para el Fortalecimiento de la Gestion del Ministerio Publico en su MORDAZA de Modernizacion, Sub Proyecto 1", suscrito entre el Ministerio Publico y la Organizacion Internacional para las Migraciones, OIM, Addendum que tuvo como objeto especifico ampliar el presupuesto destinado a mejorar la dotacion de equipos y programas informaticos del Ministerio Publico, incrementandolo en la suma de S/. 4'784,910.00 (Cuatro Millones Setecientos Ochenta y Cuatro Mil Novecientos Diez y 00/100 Nuevos Soles), para la adquisicion de equipos de computo, impresoras, servidores, servicios de centralizacion de informacion a nivel nacional y otros relacionados; Que, dentro de las necesidades a ser cubiertas con los recursos presupuestales mencionados, se previo la adquisicion de 1 Servidor Central y 17 Servidores Provinciales para la estandarizacion e interconexion del Sistema de Informacion de Apoyo al Trabajo Fiscal (SIAFT) en el Misterio Publico, a nivel nacional, para lo cual la Organizacion Internacional para las Migraciones, OIM, realizo el MORDAZA de seleccion correspondiente, resultando ganadora la MORDAZA Sun, representada por la empresa Jaguar Systems International S.A.C, por el monto de su propuesta, ascendente a la suma de S/. 348,975.00 (Trescientos Cuarenta y Ocho Mil Novecientos Setenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles), conforme aparece en la documentacion anexa a la Carta C26-CPE Nº 0165, cursada por el Jefe de Operaciones OIM con fecha 18 de MORDAZA del 2005; Que, como consecuencia de la Buena Pro otorgada al contratista, se suscribio el Contrato de Suministro de Servidores Nº SC003-2005, entre la OIM, en representacion del "Programa de Asesoramiento y Capacitacion para el Fortalecimiento de la Gestion del Ministerio Publico en su MORDAZA de Modernizacion, Sub Proyecto 1" y la empresa Jaguar Systems International S.A.C, en el cual se pacto expresamente, en su Clausula MORDAZA, Obligaciones del Suministrante, numerales 5.1 y 5.4 que el contratista se obliga a suministrar los bienes materia de contrato, de acuerdo a las especificaciones tecnicas, terminos de

referencia y propuesta tecnico economica aceptada por el Ministerio Publico, aceptando la intangibilidad del contenido de su propuesta, la misma que no puede ser alterada, modificada o sustituida al ejecutarse, y en su Clausula Sexta Garantia de Fabrica, que otorga y responde por la garantia de fabrica pertinente, por un plazo de 3 (Tres) anos, con respaldo del fabricante; Que, con Oficio Nº 0010-2006-GG-GCTI-MP-FN, del 9 de enero del 2006, la Gerencia Central de Tecnologias de la Informacion comunico a la Gerencia Tecnica de Modernizacion la produccion de un fallo de uno de los servidores SUN FIRE v20z adquiridos a la empresa Jaguar System International S.A.C., detectandose partes defectuosas, las mismas que fueron retiradas; Que, mediante Oficio Nº 010-2006-MP-FN-GG-GEPROY, se puso en conocimiento del Jefe de Operaciones de la Organizacion Internacional para las Migraciones, OIM, que las mencionadas partes defectuosas no habian sido repuestas desde hacia mas de 30 dias, respecto de la fecha de retiro; Que, con motivo de la revision tecnica de un equipo que habia presentado fallas, practicada por un tecnico de la empresa SONDA, representante de SUN en el Peru, se detecto que el mismo presentaba una serie de deficiencias y omisiones, tales como una placa MORDAZA usada repotenciada, tarjeta del SP no original, falta de buffers integrados, discos duros de diferente MORDAZA, ventiladores con cables hongueados y quebrados, y otros componentes no originales, tal como consta en el Oficio Nº 0011-2006GG-GCTI-MP-FN, del 19 de enero del 2006, el mismo que, igualmente, se hizo de conocimiento de la OIM, con Oficio Nº 034-2006-MP-FN-GEPROY, del 23 de enero del 2006; Que, al haberse comunicado a la empresa Jaguar Systems International S.A.C., mediante Carta Nº 0011/2006/ OIM, que debia proceder al cambio del servidor defectuoso, asi como a la propuesta de un cronograma para la revision de todos los servidores instalados en los Distritos Judiciales, a nivel nacional, conforme a la garantia de fabrica prevista en la clausula sexta del contrato, dicha empresa manifesto que el servidor no fue abierto en su presencia, asi como que no se le comunico oportunamente que el servidor estaba malogrado, conforme aparece en la Carta Nº 007-2006/JSI; Que, con Carta Nº 008/2006/OIM, el Jefe de Operaciones de la OIM remitio a la empresa Jaguar Systems International S.A.C.,el Oficio Nº 079-2006-MP-FN-GG-GEPROY, por el cual se comprueba las coordinaciones efectuadas con el proveedor, mediante correos electronicos y llamadas telefonicas relacionados con los problemas presentados por los servidores, reiterando se proceda con el cambio de los equipos defectuosos, asi como se fije un cronograma para la revision de todos los servidores, con representantes de la empresa SONDA y el Ministerio Publico, ante lo cual, con Carta Nº 011-2006/JSI, el proveedor manifiesta que el fabricante ha aprobado la instalacion y cambio de piezas defectuosas del servidor, pero no el cambio de equipos; Que, en tanto se efectuaban las mencionadas tratativas y coordinaciones, por un lado, mediante el correo electronico de fecha 28 de marzo del 2006, se puso en conocimiento del Jefe de Operaciones OIM, que el servidor del Distrito Judicial de MORDAZA se ha malogrado, generando MORDAZA percances a la institucion, debiendo tenerse en cuenta que los equipos adquiridos son nuevos, no usados como parece indicar el informe presentado por SONDA, reiterando que no se aceptara cambio de piezas, sino equipos nuevos, y por otro lado se informo que, ademas se habia reportado otro servidor con fallas en el Distrito Judicial de La MORDAZA, segun consta en el Oficio Nº 0052-2006-MP-FN-GCTI-GSTI ; Que, ante la persistencia de los problemas presentados por los servidores suministrados por la empresa Jaguar Systems International S.A.C, con fecha 5 de MORDAZA del 2006, se llevo a cabo una reunion conjunta, entre los representantes del Ministerio Publico, de la OIM, del proveedor y de la empresa Sonda del Peru, en la cual se procedio a la apertura de un servidor defectuoso instalado en la MORDAZA de MORDAZA, comprobandose que la placa se encontraba MORDAZA y repotenciada, abriendose asimismo los servidores procedentes de MORDAZA y MORDAZA, acordandose que el proveedor cambiara las piezas defectuosas del servidor defectuoso, a traves de Sonda del Peru, quien tambien efectuaria el diagnostico de los otros dos servidores, elaborandose un cronograma para la revision de los 14 equipos instalados en provincias, asi como de 3 (Tres) equipos instalados en Lima; Que, con Carta Nº 0889/2006/OIM, de fecha 15 de agosto del 2006, la Direccion Regional de la OIM para los Paises de la Comunidad MORDAZA reitero al proveedor lo indicado en la Carta Nº 250/2006/OIM, del 12 de MORDAZA del 2006, en el sentido de que debe efectuar el cambio de los servidores

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