Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2007 (14/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES
ACORDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

Articulo Tercero.- Precisar que dicha aprobacion de estos documentos es con el unico objetivo de dar cumplimiento a las normas vigentes que no implica la aprobacion a la gestion ni los actos administrativos que se sustentan, los mismos que estaran sujetos a las acciones de control y Fiscalizacion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion efectuar las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento al presente acuerdo. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 48736-1

Articulo Primero.- Fijar la remuneracion del senor MORDAZA de San MORDAZA en S/. 5,200.00 mas una asignacion especial por el monto de S/. 1,300.00, de conformidad con los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- Fijar el monto de la dieta mensual de los senores regidores en S/. 1,950.00, incluidos los impuestos de ley, por la asistencia efectiva a Sesiones de Concejo, cuyo total equivale al 30% del monto de los ingresos mensuales que percibe el senor MORDAZA de San Isidro. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 020-2007-MSI de fecha 21 de febrero del ano 2007. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General el cumplimiento del presente acuerdo asi como su publicacion. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 48300-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Fijan montos de remuneracion de MORDAZA y de dieta de Regidores de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO N° 040-2007/MSI San MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; Visto en Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 430-2007-10-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 28) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar la remuneracion del senor Alcalde; Que el articulo 21º de la misma Ley Organica, establece que la remuneracion mensual que corresponde al MORDAZA sera fijada por acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion; Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 020-2007-MSI del 21 de febrero del ano 2007, se aprobo la remuneracion mensual del senor MORDAZA de San MORDAZA y la dieta de los senores Regidores; Que, no obstante lo MORDAZA senalado, posteriormente, mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM se dicta medidas sobre los ingresos mensuales de los Alcaldes a nivel nacional en funcion a la densidad de la poblacion electoral de cada jurisdiccion, en concordancia con la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28212; Que, adicionalmente el Articulo 5º del citado Decreto Supremo senala que las dietas de los regidores no podran superar el 30% del monto total de los ingresos mensuales que perciben los Alcaldes, siendo que para el caso del distrito de San MORDAZA, el ingreso mensual del senor MORDAZA esta compuesto por su remuneracion mensual equivalente al monto de S/. 5,200.00 mas una asignacion especial de S/. 1,300.00, todo ello conforme a la tabla de valores aprobada en la citada norma; Que, en Sesion de Concejo de fecha 11 de MORDAZA de 2007, se evaluaron diversos aspectos de la normatividad MORDAZA senalada concluyendo que existen aspectos de la misma que vulneran la autonomia municipal y que, adicionalmente, podrian ser contrarias al MORDAZA de jerarquia normativa, ambos consagrados en la Constitucion Politica del Peru: Que, sin embargo, es posicion del Concejo acatar la disposicion contenida en el Decreto Supremo Nº 025-2007PCM en tanto no se declare legalmente su ineficacia; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta;

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Establecen Tasa de Interes Moratorio TIM aplicable a deudas tributarias en moneda nacional
ORDENANZA Nº 000022-2007-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 3 de MORDAZA del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: VISTO, en su Sesion Ordinaria de fecha 3 de MORDAZA del 2007, el Proyecto de Ordenanza donde se "Establece la Tasa de Interes Moratorio TIM aplicable a Deudas Tributarias en moneda nacional" para la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, consagra el concepto de Autonomia Municipal, garantia constitucional sobre la base de la cual las Municipalidades tienen Autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa fundamentalmente a traves de las Ordenanzas Municipales, las mismas que, de conformidad con lo previsto por el Articulo 200º, numeral 4) de la Constitucion, en concordancia con el Articulo 194º arriba glosado, ostentan rango normativo de ley, en su calidad de normas de caracter general de mayor jerarquia dentro de la estructura normativa municipal, calidad reconocida por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 vigente a la fecha; Que, los Articulos 5º y 6º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal - Decreto Supremo Nº 156-04-EF, establece los Impuestos Municipales dentro de los que se encuentra: el Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto a las Apuestas, Impuesto a los Juegos e Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos; Que, de acuerdo con el inciso a) del articulo 68º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal - Decreto Supremo Nº 156-04-EF, las Municipalidades podran imponer tasas por Servicios Publicos o Arbitrios, las cuales se MORDAZA por la prestacion o mantenimiento de un servicio individualizado en el contribuyente;

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