Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2007 (15/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2007

de trabajo promocion del empleo y fomento de la pequena y micro empresa. Respecto a esta funcion se transferiran las siguientes facultades: Inscripcion y renovacion de inscripcion en el Registro de Empresas y Entidades que realizan actividades de Intermediacion Laboral. Denuncias por incumplimiento de pago de derechos y beneficios laborales por parte de empresas y entidades que realizan actividades de intermediacion laboral. Inscripcion y renovacion de inscripcion en el Registro de empresas promocionales para personas con discapacidad. Denuncia sobre discriminacion en las ofertas de empleo. Autorizacion, modificaciones, duplicado, cierres del Libro Especial de Convenios de Modalidades Formativas Laborales. Registro y prorroga de los convenios de las diferentes modalidades formativas laborales. Autorizacion, registro y prorroga de convenios en jornada u horario nocturno. Registro del Programa Anual y Extraordinario de Capacitacion Laboral Juvenil. Registro del Plan de actualizacion para la reinsercion laboral y de sus modificaciones. Inscripcion y renovacion en el registro de Agencias Privadas de Empleo * Ministerio de Transportes y Comunicaciones En materia de Transportes En el presente ano 2007, se transferiran las funciones del subsector Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a los Gobiernos Regionales, comprendidas en el articulo 56º de la LOGR. A continuacion se detallan las funciones y facultades a transferir: a. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transportes de la region, de conformidad con las politicas nacionales y los planes sectoriales. Respecto a esta funcion se transferira la siguiente facultad: Formular y proponer normas y disposiciones reglamentarias relacionadas con la infraestructura portuaria y vias navegables de la region, en concordancia con la normatividad nacional. c. Desarrollar y administrar la infraestructura portuaria regional de acuerdo con las regulaciones tecnico-normativas emitidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a traves del organismo pertinente y de la forma que establezcan los dispositivos legales sobre la materia. Respecto a esta funcion se transferira la siguiente facultad: Desarrollar y administrar infraestructura portuaria regional. d. Otorgar las autorizaciones portuarias, licencias y permisos para la prestacion de los servicios portuarios maritimos, fluviales y lacustres de alcance regional, a traves del organismo pertinente, de acuerdo a los dispositivos legales sobre la materia. Respecto a esta funcion se transferira la siguiente facultad: Autorizar la prestacion de servicios portuarios en puertos de alcance regional. e. Desarrollar y administrar los aerodromos de ambito regional, coordinando con la Direccion General de Aeronautica Civil conforme a ley. En materia de Comunicaciones En el ano 2007, se transferiran las funciones del subsector Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a los Gobiernos Regionales, comprendidas en el articulo 57º de la LOGR: A continuacion se detallan las funciones y facultades a transferir: a. Formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de telecomunicaciones de la region, de conformidad con las politicas nacionales y los planes sectoriales.

Respecto a esta funcion se transferira la siguiente facultad: Aprobacion de planes y politicas en materia de telecomunicaciones de la region, previa coordinacion con el Gobierno Central a fin de concordarlos con los planes y politicas nacionales. b. Promover, ejecutar y concesionar los proyectos regionales de telecomunicaciones de su competencia, en concordancia con la normatividad nacional y los convenios internacionales. Asimismo, promover la inversion privada en proyectos de telecomunicaciones, de acuerdo a la ley de la materia. Respecto a esta funcion se transferiran las siguientes facultades: Formular proyectos regionales de Telecomunicaciones en coordinacion con el Gobierno Nacional (FITEL). Promover la inversion privada en el sector. c. Fomentar y fortalecer el desarrollo de medios de comunicacion regional y de una red publica de comunicaciones en la Region. Respecto a esta funcion se transferiran las siguientes facultades: Apoyo en las actividades de supervision (monitoreos e inspecciones), previa coordinacion con el MTC. Recepcion de solicitudes de verificacion, denuncias. Realizacion de notificaciones. Apoyo de actividades de fiscalizacion (coordinacion). d. Coordinar con el Gobierno Nacional las autorizaciones de la radio y television regional y el Gobierno nacional otorga las licencias correspondientes, en MORDAZA con las politicas y normatividad nacional y los convenios internacionales. Respecto a esta funcion se transferiran las siguientes facultades: Proporcionar y difundir informacion al publico respecto a los procedimientos regulados por el MTC. Recepcion de solicitudes para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones por parte del Gobierno Central. Evaluacion preliminar de los requisitos formales de las solicitudes presentadas. Inscripcion en los Registros de Servicios de Valor Anadido, Comercializadores y Empresas habilitadas para realizar estudios teoricos y mediciones de Radiaciones No Ionizantes. Participacion en calidad de veedor, en concursos publicos para el otorgamiento de autorizaciones. e. Participar en los proyectos de comunicaciones a cargo del gobierno nacional. Respecto a esta funcion se transferiran las siguientes facultades: Realizar estudios de linea de base necesarios para la formulacion de proyectos de comunicaciones elaborados por el MTC. Coordinar la realizacion de encuestas y proporcionar informacion que coadyuve a la formulacion de los proyectos de Comunicaciones elaborados por el MTC. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de las localidades beneficiadas por los proyectos ejecutados por el MTC. * Presidencia del Consejo de Ministros Para el ano 2007, se ha programado continuar con la transferencia de las siguientes funciones que corresponden a los Organismos Publicos Descentralizados de la Presidencia del Consejo de Ministros. Consejo Nacional del Ambiente ­ CONAM (articulo 53º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales) h) Controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de recursos naturales, en su respectiva jurisdiccion. Imponer sanciones ante la infraccion de normas ambientales regionales Respecto a esta funcion se transferira la siguiente facultad: Controlar y supervisar el cumplimiento de los contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de recursos naturales, en su respectiva jurisdiccion. Imponer sanciones ante la infraccion de normas ambientales regionales.

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