Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2007 (15/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2007

conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- Los Regidores de acuerdo a las Atribuciones que le corresponden de Acuerdo a la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; sobre su funcion fiscalizadora de encontrar indicios de negligencia funcional, solicitaran al Organo de Control Institucional el respectivo examen. Articulo Sexto.- PUBLICAR, el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Setimo.- DISPENSAR, de la lectura y aprobacion del Acta, para que el presente Acuerdo entre en vigencia de inmediato. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 49098-1

2007-GPR/MC, refiere la existencia de un saldo presupuestal de S/.100,550.00, importe que cubre en su totalidad el requerimiento efectuado por la Subgerencia de Logistica; Asimismo la Gerencia de Asuntos Juridicos emite opinion favorable con Informe Nº 205-2007-GAJ/MC declarando que habiendose corroborado que la Empresa NEXTEL DEL PERU S.A. es la unica proveedora que brinda el Servicio de Radio Troncalizado con tecnologia digital, la contratacion del citado servicio se encontraria dentro de los alcances de la normatividad citada, pues se trata de un servicio que no admite sustitutos, resultando procedente la exoneracion del MORDAZA de Seleccion. Estando a lo expuesto, de conformidad con el inciso e) del Articulo 19º y el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM y demas normas pertinentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades; luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobo por Unanimidad, el siguiente: ACUERDO:

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de comunicacion de radio troncalizado digital
ACUERDO DE CONCEJO Nº 27 -2007-C/MC Comas, 30 de marzo del 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 30 de marzo del 2007, el Informe Nº 95-2007-SGL/GAF/MC de la Sub Gerencia de Logistica, Informe Nº 39-2007-GAF/MC de la Gerencia de Administracion y Finanzas, Informe Nº 205-2007GAJ/MC de la Gerencia de Asuntos Juridicos y Memorandum Nº 119-2007-GPR/MC, de la Gerencia de Planeamiento y Racionalizacion, sobre solicitud de Exoneracion de MORDAZA de Seleccion por existencia de proveedor unico para la contratacion del servicio de Radio Troncalizado Digital (Servicio Movil de MORDAZA Multiple de Seleccion Automatica Digital) para la Municipalidad de Comas, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los Procesos de Seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico conforme a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Articulo 144 del Reglamento de la precitada MORDAZA, establece que son Bienes o Servicios que no admiten sustitutos, en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Que, mediante Informe Nº 95-2007-SGL-GAF/ MC la Subgerencia de Logistica solicita iniciar el tramite correspondiente para contratar el SERVICIO DE COMUNICACION POR RADIO TRONCALIZADO DIGITAL, via exoneracion por tratarse de un servicio unico atendido por la empresa NEXTEL DEL PERU S.A., luego de realizar las indagaciones del MORDAZA actual. Que, mediante Oficio Nº 118-2007-MTC/17 la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones informa que la unica empresa que presta el servicio troncalizado con tecnologia digital es NEXTEL DEL PERU S.A. Que mediante Informe Nº 39-2007-GAF/MC, la Gerencia de Administracion y Finanzas, informa que la Gerencia de Planeamiento y Racionalizacion con Memorando Nº 119-

Articulo Primero.- APROBAR LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE COMUNICACION DE RADIO TRONCALIZADO DIGITAL, en los siguientes terminos:
MORDAZA DESCRIPCION IMPORTE MORDAZA Contratacion de Servicio SERVICIO DE COMUNICACION DE RADIO TRONCALIZADO DIGITAL S/. 40,000.00 (Cuarenta mil con 00/100 Nuevos Soles) anuales solo por el servicio de comunicacion de radio troncalizado digital, el que incluye el Impuesto General a las Ventas

FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Directamente Recaudados PLAZO CALENDARIO MORDAZA ­ Diciembre 2007.

Articulo Segundo.- DESIGNAR, a la Subgerencia de Logistica, como dependencia encargada de las Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Comas, llevar a cabo la contratacion materia de la presente exoneracion, conforme al procedimiento establecido en el Articulo 148º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administracion y Finanzas, poner el presente Acuerdo en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicacion en el diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su aprobacion. Articulo Quinto.- DISPENSAR, de la lectura y aprobacion del Acta, para la vigencia inmediata del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 49095-1

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Fijan ingresos de MORDAZA y monto de dieta de Regidores de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 027-2007-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL MORDAZA

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