Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2007 (16/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

360143

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema s/n del 9 de marzo de 1928, se reconocio a la Comunidad de Indigenas de "Orcooca" de la jurisdiccion del distrito de Checa, provincia de Canas, del departamento del MORDAZA, disponiendose su inscripcion en el Registro Oficial de la seccion respectiva del Ministerio de Fomento; Que, mediante Acta de Asamblea Extraordinaria de la Comunidad Campesina de Orccocca, del 6 de enero de 2007, los asistentes a dicha Asamblea por unanimidad aprobaron que el nombre correcto de la Comunidad es "ORCCOCCA", autorizando al Presidente para que realice los tramites ante las autoridades a fin de rectificar el nombre; Que, con la MORDAZA certificada de la Partida Nº 02008250, Asiento 03, del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral del MORDAZA, a nombre de la Comunidad Campesina de Orcoocca, se acredita el nombramiento de don MORDAZA Suni MORDAZA, como Presidente de la Directiva Comunal para el periodo 2007-2008; Que, si bien la Resolucion Suprema del 9 de marzo de 1928 hace mencion a la Comunidad de Indigenas Orcooca, debe tenerse presente que el cambio a Comunidad Campesina, opero por mandato del articulo 115º del Decreto Ley Nº 17716 ­ Ley de Reforma Agraria, no requiriendose para dicho cambio resolucion modificatoria; Que, asimismo, en virtud del Decreto Ley Nº 25891, se dispuso la transferencia de las funciones y actividades comprendidas en la Ley General de Comunidades Campesinas - Ley Nº 24656, a las Direcciones Regionales Agrarias y Unidad Departamental Lima-Callao, quedando el Ministerio de Agricultura facultado para dictar las disposiciones que se requieran para el cabal cumplimiento de esa norma; Que, de acuerdo con el Informe Nº 309-2007-GR-CUSCODRAC-OAJ, el Oficio del Visto de la Direccion Regional Agraria MORDAZA y de conformidad con el numeral 201.2 del articulo 201 de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, la rectificacion debe adoptar la forma y modalidad del acto original, debiendo expedirse una Resolucion Suprema para rectificar el nombre de Orcooca por "Orccocca", logrando asi su correcta identificacion, sin que ello altere lo sustancial del contenido del acto administrativo que se modifica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902 ­ Ley Organica del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer la rectificacion del nombre de Orcooca, senalado en la Resolucion Suprema de 9 de marzo de 1928, por el nombre de "Comunidad Campesina de Orccocca", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, debiendose remitir lo actuado a la Direccion Regional de Agricultura MORDAZA, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 144004-8

Que, para la atencion del Servicio de la Deuda Publica en el Presupuesto Institucional de Apertura del Ano Fiscal 2007 del Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas en la Fuente de Financiamiento 3 - Recursos por Operaciones Oficiales de Credito, de la Unidad Ejecutora 002 - Administracion de la Deuda, se ha considerado en la Estructura de Financiamiento, recursos provenientes de desembolsos correspondientes a operaciones de Endeudamiento Externo acordadas con el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF, y el Kreditanstalt Fur Wiederaufbau ­ KFW, asi como los recursos provenientes de colocacion de Bonos Soberanos; Que, con Memorando Nº 383-2007-EF/75.23, la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico senala que en el mes de octubre del presente ano el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID ha efectuado un desembolso de recursos por US$ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), proveniente de la operacion de Endeudamiento aprobada con Decreto Supremo Nº 1832004-EF, el cual sera utilizado para el pago del Servicio de Deuda Publica del Ano Fiscal 2007; Que, el citado desembolso es superior en US$ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) al monto previsto en la Estructura de Financiamiento para el Ano Fiscal 2007 de los recursos provenientes de dicho Organismo Internacional; por tal motivo, la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico requiere modificar la indicada Estructura de Financiamiento, a efectos de establecer que la misma estara compuesta por los recursos del Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, del Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF y la colocacion de Bonos Soberanos; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en el numeral 4.2 del articulo 4º de la Ley Nº 28929 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, resulta necesario autorizar la modificacion de la mencionada Estructura de Financiamiento del Ano Fiscal 2007, a fin de aumentar el MORDAZA presupuestal de ingresos asignado al Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, que permita la incorporacion del desembolso proveniente del Decreto Supremo Nº 183-2004-EF, sin que ello implique un incremento de los recursos previstos en el Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 - Administracion de la Deuda del Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas, de la Fuente de Financiamiento 3 - Recursos por Operaciones Oficiales de Credito; En uso de las facultades conferidas por los numerales 8) y 17) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y a lo dispuesto en el numeral 4.2, del articulo 4º, de la Ley Nº 28929 ­ Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion Autorizase al Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas a modificar la Estructura de Financiamiento prevista en el Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 - Administracion de la Deuda en el Ano Fiscal 2007, a efectos de establecer que la misma estara compuesta por los recursos del Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, del Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF y la colocacion de Bonos Soberanos, de la Fuente de Financiamiento 3 - Recursos por Operaciones Oficiales de Credito, para la atencion del Servicio de la Deuda Publica. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de diciembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 144004-5

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan al Ministerio de Economia y Finanzas a modificar la Estructura de Financiamiento prevista en el Presupuesto de la Unidad Ejecutora Administracion de la Deuda para el Ano Fiscal 2007
DECRETO SUPREMO Nº 197-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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