Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2007 (27/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 27 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 102, que se aprueba en el articulo 1º. DEBE DECIR: Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con las empresas Ramshorn International Limited, Sucursal del Peru, Shona Energy International Limited, Sucursal del Peru, Andean Oil and Gas S.A.C., Hunt Oil Company (Block 76) of Peru L.L.C., Sucursal del Peru, y Hunt Oil Company of Peru L.L.C., Sucursal del Peru, con intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 102, que se aprueba en el articulo 1º.

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del MIMDES, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2007-MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 003-2007-MIMDES; y con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el plazo de fusion del Programa Nacional Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social FONCODES en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en treinta (30) dias calendario adicionales, contados a partir del vencimiento del plazo prorrogado mediante la Resolucion Ministerial Nº 517-2007-MIMDES. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

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MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Amplian plazo para la fusion del Programa Nacional Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social en el MIMDES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 573-2007-MIMDES
MORDAZA, 26 de noviembre de 2007 Visto, el Informe Nº 005-2007-MIMDES/CT/P de fecha 21 de noviembre de 2007, emitido por la Presidencia de la Comision de Transferencia constituida por el Decreto Supremo Nº 003-2007-MIMDES; CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 0032007-MIMDES, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 3 de MORDAZA de 2007, se aprobo la fusion del Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social - FONCODES en el Ministerio de Agricultura - MINAG y en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; estableciendose que el plazo para la culminacion del MORDAZA de fusion seria de sesenta (60) dias contados a partir de la entrada en vigencia del mencionado Decreto Supremo; Que, el articulo 5 del citado Decreto Supremo, dispuso la constitucion de una Comision de Transferencia con la finalidad de llevar a cabo el MORDAZA de fusion en el plazo senalado, la misma que esta conformada por un (1) representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, quien la preside, un (1) representante del Ministerio de Agricultura, un (1) representante de FONCODES y un (1) representante del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nos. 333, 381, 417, 478 y 517-2007-MIMDES, se dispuso sucesivamente la prorroga del plazo de conclusion del MORDAZA de fusion de FONCODES, debido a razones objetivas senaladas en cada oportunidad por la Presidencia de la Comision de Transferencia mencionada en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, siendo que el plazo vigente vence el 30 de noviembre de 2007; Que, a traves del documento de visto, la Presidencia de la Comision de Transferencia, de conformidad a lo establecido por el articulo 4, numeral 4.2 del Decreto Supremo Nº 003-2007-MIMDES, ha solicitado una nueva ampliacion del plazo de fusion en treinta (30) dias calendario, teniendo en cuenta las coordinaciones efectuadas entre el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES, el Ministerio de Economia y Finanzas - MEF y las principales MORDAZA cooperantes (KFW y BID) de las actividades ejecutadas por FONCODES, a fin de promover la creacion de una nueva Unidad Ejecutora en el Pliego MIMDES, que asuma las competencias y obligaciones que mantiene FONCODES con dichas MORDAZA cooperantes y otras, a traves de los convenios de endeudamiento suscritos por el Estado Peruano; y ademas, que es necesario MORDAZA de la extincion de FONCODES se realice la transferencia de los recursos a los Nucleos Ejecutores a traves de la mencionada Unidad Ejecutora, lo cual solo sera posible con la ampliacion del plazo de fusion; Que, atendiendo a los argumentos expuestos por el Presidente de la Comision de Transferencia, resulta conveniente disponer la nueva ampliacion solicitada;

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Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la Sociedad de Beneficencia Publica de Tacna
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 574-2007-MIMDES
MORDAZA, 26 de noviembre de 2007 Vistos, el Oficio Nº 044-2007/INABIF.DE de fecha 12 de enero de 2007, emitido por la Directora Ejecutiva del Programa Nacional para el Bienestar Familiar del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y el Informe Nº 002-2007/INABIF.DE-AL, emitido por la Jefa de Asesoria Legal de INABIF; CONSIDERANDO: Que, el Informe Especial Nº 004-2005-2-0573 "Examen Especial resultante de la Auditoria a la Informacion Financiera y Presupuestaria de la Sociedad de Beneficencia Publica de Tacna ­ Ejercicio 2004", de la Oficina de Control Institucional de la Beneficencia Publica de Tacna, tuvo como objetivo evaluar el cumplimiento de las Disposiciones de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria, contenidas en el Capitulo II de la Ley Nº 28128 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; Que, en el citado informe se determino que la Sociedad de Beneficencia Publica de Tacna asumio indebidamente, en su integridad, el pago del gasto en exceso por uso de telefonia movil de los equipos celulares con numeros 9637047 y 9637440, en que incurrieron directivos y funcionarios de la mencionada entidad benefica, en contravencion de lo dispuesto en el articulo 14°, numeral 3, inciso d), de la Ley Nº 28128 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; habiendose determinado que el gasto en exceso verificado, ha ocasionado perjuicio economico a la Entidad por un monto total ascendente a S/. 5,500.06 (Cinco Mil quinientos y 06/100 Nuevos Soles); Que, de los hechos expuestos se evidencia la existencia de un grave perjuicio economico ocasionado a la Sociedad de Beneficencia Publica de Tacna, por el actuar irregular de directivos y funcionarios de dicha Institucion, por lo que habrian incurrido en Responsabilidad Civil, sujeta a obligacion indemnizatoria conforme al Codigo Civil; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del MIMDES, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del MIMDES contenida en el Informe Nº 336-2007-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organizacion y Funciones

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