Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2007 (12/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de octubre de 2007

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban contrato MORDAZA para el regimen de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 568-2007-MTC/03 MORDAZA, 4 de octubre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28737 se establecio la concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones y se modifico el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; disponiendo que el contrato de concesion unica contendra los derechos y obligaciones de los concesionarios, causales de terminacion, el plazo de la concesion, entre otros aspectos que establezca el Reglamento; Que, el articulo 132º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones con la opinion previa del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, aprobara los contratos MORDAZA de concesion; Que, la Unica Disposicion Complementaria Transitoria del citado Texto Unico Ordenado, senala que el Ministerio aprobara, en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles, computados desde la vigencia de la referida MORDAZA, el contrato MORDAZA de concesion correspondiente al regimen de concesion unica; Que, mediante Carta Nº 247-PD.GL/2007, el OSIPTEL remite la opinion solicitada sobre el proyecto de contrato MORDAZA de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; Que, mediante los Informes Nºs. 053-2007-MTC/27 y 227-2007-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, recomienda que habiendose evaluado las sugerencias y recomendaciones del OSIPTEL, se debe proceder a la aprobacion del contrato MORDAZA para el regimen de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones concordado con el articulo 121º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, corresponde al Titular del Ministerio aprobar mediante Resolucion Ministerial el contrato MORDAZA de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y modificatorias, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones encargado de las funciones de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el contrato MORDAZA para el regimen de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, el mismo que consta de veintiocho (28) clausulas y que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion del contrato MORDAZA a que hace referencia el articulo anterior en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 118321-1

Aceptan donacion efectuada en el MORDAZA del Proyecto PER/03/020 "Apoyo a la Modernizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 587-2007-MTC/01 MORDAZA, 5 de octubre de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 012-2003-MTC, se aprobo el Convenio suscrito entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ­ PNUD, para la ejecucion del Programa "Apoyo a la Modernizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones"; Que, mediante documento AT-041-2006-D ­ "Transferencia del titulo de propiedad de bienes y equipos del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Proyecto PER/03/020 ­ Apoyo a la Modernizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", se transfirio en calidad de donacion al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) seis (06) computadoras Pentium IV, MORDAZA Dell, modelo Optiplex GX620 Ultra Small Form Factor, por un valor total de US$ 10,535.07 (Diez mil quinientos treinta y cinco y 07/100 Dolares Americanos); Que, a traves de los Informes Nºs. 030-2006-MTC/ CGP y 033-2006-MTC/CGP del 6 y 8 de noviembre de 2006 respectivamente, el Comite de Gestion Patrimonial recomendo la aprobacion de la transferencia en la modalidad de donacion de seis (06) computadoras Pentium 4, MORDAZA Dell, modelo Optiplex GX620 Ultra Small Form Factor, efectuada por PNUD a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en aplicacion del articulo 172º y 173º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal; Que, el articulo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y modificado por Decreto Supremo N° 042-2006-EF, establece que la aceptacion de donacion de bienes muebles patrimoniales, incluidas aquellas que se realicen con fines asistenciales a favor del Estado, seran aceptadas por Resolucion del titular de la entidad publica donataria, salvo disposicion en contrario, sin perjuicio del tramite de inafectacion tributaria dispuesto por las normas especiales de la materia; Que, mediante Resolucion N° 031-2002-SBN, la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) aprobo la Directiva Nº 009-2002/SBN que regula el "Procedimiento para la donacion de bienes muebles del Estado y para la aceptacion de la donacion de bienes muebles a favor del Estado", segun la cual la donacion de un bien mueble a favor del Estado importa la transferencia voluntaria de la propiedad de dicho bien a favor de una entidad publica, por parte de una persona natural, entidad privada, gobierno extranjero, sociedad conyugal, copropietarios o la conjuncion de cualesquiera de ellas, a favor de una entidad publica. En concordancia con el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, esta Directiva establece que las donaciones de bienes muebles que se efectuen dentro del territorio nacional a favor del Estado, seran aceptadas por resolucion del Titular de la Entidad donataria, salvo disposicion en contrario; Que, asimismo, la referida Directiva establece que la potestad decisoria de impulsar el tramite de donacion queda reservada, segun sea el caso, a la entidad propietaria y a la SBN, respecto de los bienes muebles dados de baja que se encuentren en el ambito de su administracion. Ademas, la directiva dispone que tanto MORDAZA como el Codigo Civil rigen sobre la donacion de bienes muebles dados de baja por las entidades publicas. Segun dicha directiva, se requiere de un informe tecnico legal pronunciandose sobre la procedencia o improcedencia de donacion, emitida la resolucion que acepta la donacion, el donante y el donatario procederan a la suscripcion del Acta de Entrega ­ Recepcion, la que debera especificar las caracteristicas y el valor de los bienes muebles; Que, teniendo en cuenta lo expuesto por el Comite de Gestion Patrimonial, corresponde aceptar la transferencia en la modalidad de donacion efectuada por PNUD, seis (06) computadoras Pentium IV, MORDAZA Dell, modelo Optiplex GX620 Ultra Small Form Factor, por un valor total de US$ 10,535.07 (Diez mil quinientos treinta y

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