Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2007 (18/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de octubre de 2007

Normativas (1), Plano P-3 ­ Secciones Viales Normativas (2), Plano P-4 ­ Secciones Viales Normativas (3), Plano P-5 ­ Secciones Viales Normativas (4) y Plano P-6 ­ Secciones Viales Normativas (5), los mismos que forman parte de la presente Ordenanza y seran publicados en la pagina web de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe. Articulo Segundo.- El Instituto Metropolitano de Planificacion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA efectuara las modificaciones necesarias del Plano del Sistema Vial Metropolitano, de acuerdo a la modificacion aprobada en el Articulo Primero. Articulo Tercero.- Encargar a la Administracion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para que en coordinacion con las Municipalidades Distritales de Carabayllo y MORDAZA MORDAZA, de ser necesario, coloquen los hitos del MORDAZA trazo vial indicado en el Articulo Primero. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, 12 OCT. 2007 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 120556-2

Comercial Anexo Nº 03, Cuadro Nº 02 y Zonificacion Industrial Anexo Nº 04, Cuadro Nº 03. Articulo 3º.- Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas: Establecer que en el area materia de la presente Ordenanza sera de aplicacion el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas aprobado en la Ordenanza Nº 933-MML, publicada el 05 de MORDAZA del 2006 y modificada mediante Ordenanza Nº 1015-MML publicada el 14 de MORDAZA de 2007. Articulo 4º.- Compatibilidad de Usos de Suelo en Zonas Residenciales y Comerciales.Establecer como MORDAZA General para la aplicacion de la Zonificacion de los Usos del Suelo en el area materia de la presente Ordenanza, que la edificacion o funcionamiento de Centros de Educacion Inicial, Centros de Educacion Basica, Comercios Locales, Postas Sanitarias, Centros de Culto Religioso, Areas Verdes Locales, Equipamiento Comunal a nivel de Barrio y los Aportes que se transfieren con las Habilitaciones Urbanas, son compatibles con las Zonas Residenciales y Comerciales y por tanto, no tienen necesariamente calificacion especial en los Planos aprobados por la presente Ordenanza. La aprobacion de su instalacion, construccion u operacion, depende unicamente de las Municipalidades Distritales, quienes elaboraran los criterios especificos para su localizacion. Articulo 5º.- Compatibilidad de Uso de los Aportes del Reglamento Nacional de Edificaciones.Establecer que los aportes para Recreacion Publica y Servicios Publicos Complementarios resultantes del MORDAZA de habilitacion MORDAZA de los predios, asi como los provenientes del MORDAZA de saneamiento fisico legal, mantienen el uso para el que fueron aportados, el que prevalece sobre la calificacion que se indique en el plano de Zonificacion que se aprueba por la presente Ordenanza. Articulo 6º.- Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental en Zonas Industriales Establecer que para salvaguardar posibles riesgos de contaminacion ambiental y seguridad fisica interna y del entorno, las instalaciones industriales existentes deberan contar con un Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA) aprobado por la Autoridad competente, siendo responsabilidad de las Municipalidades Distritales, controlar el cumplimiento del mismo llevando adelante el monitoreo que corresponda. Articulo 7º.- Locales Comunales construidos en Zonas de Recreacion Publica.Establecer que los Centros de Educacion Inicial, Locales Comunales, Centros de Culto Religioso y otros Equipamientos Comunales localizados en Zonas de Recreacion Publica (ZRP), existentes, reconocidos y titulados por COFOPRI, debido a su dimension, no requieren calificacion especifica en el Plano de Zonificacion que se aprueba por la presente Ordenanza. Sin embargo, a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, las Zonas de Recreacion Publica (ZRP) se declaran intangibles y reservadas exclusivamente para el uso recreacional para el cual fueron creadas, encargandose a la Municipalidad Distrital respectiva, de su habilitacion como area MORDAZA y/o deportiva. Articulo 8º.- MORDAZA de Proteccion y Tratamiento Paisajista Prohibir la ocupacion de areas calificadas como MORDAZA de Proteccion y Tratamiento Paisajista (PTP), asi como de las areas declaradas como MORDAZA de riesgo por INDECI, a fin de evitar posibles riesgos fisicos de los Asentamientos Humanos. En estas areas debera promoverse proyectos de arborizacion, recubrimiento vegetal, tratamiento paisajista y de proteccion y seguridad fisica. Articulo 9º.- Ocupacion de Laderas de Cerro Establecer que la ocupacion y edificacion de terrenos localizados en las laderas de cerros, calificados con uso Residencial de Densidad Media (RDM) y Vivienda Taller (VT), debera contar necesariamente con la aprobacion y regulacion de INDECI. Articulo 10º.- MORDAZA de Reglamentacion Especial Rinconada de Pamplona Alta Establecer como MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE) el sector del Distrito de San MORDAZA de Miraflores

Aprueban reajuste integral de la zonificacion de los usos del suelo de los distritos de San MORDAZA de Miraflores y MORDAZA MORDAZA del Triunfo que forman parte del Area de Tratamiento Normativo I de MORDAZA Metropolitana
ORDENANZA Nº 1084 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 11 de octubre de 2007 el Dictamen Nº 181-2007-MML-CMDUVN de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura; y, Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE INTEGRAL DE LA ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DE LOS DISTRITOS DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Y MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO QUE FORMAN PARTE DEL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO I DE MORDAZA METROPOLITANA Articulo 1º.- Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo: Aprobar el Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo (Plano Nº 01 ­ Anexo Nº 01) de los Distritos de San MORDAZA de Miraflores y MORDAZA MORDAZA del Triunfo, los cuales forman parte del Area de Tratamiento Normativo I de MORDAZA Metropolitana. Este Plano de Zonificacion no define limites distritales, y sera publicado en la pagina web de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, www.munlima.gob.pe. Articulo 2º.- Normas Generales de Zonificacion de los Usos del Suelo: Aprobar las Especificaciones Normativas de la Zonificacion, que como Anexo Nº 02, forman parte de la presente Ordenanza y que seran de aplicacion en el ambito senalado en el Articulo Primero. Para estos distritos seran de aplicacion las normas de zonificacion aprobadas mediante Ordenanza Nº 1015MML publicada el 14 de MORDAZA de 2007: Zonificacion Residencial Anexo Nº 02, Cuadro Nº 01, Zonificacion

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