Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2007 (28/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Tecnica a traves del Oficio Nº 063-2007-DIRCOCOR-PNPDIVPACGR/OPACGR-PUNO de 02.MAR.2007 a la Fiscalia Provincial Mixta de Moho - MORDAZA, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Colusion, Peculado y Falsificacion de Documentos, ilicitos previstos y sancionados por los articulos 384º, 387º y 427º del Codigo Penal, respectivamente; Que, en el MORDAZA de la defensa oportuna de los intereses del Estado, la Procuraduria Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica ha solicitado mediante el Memorando de Vistos se autorice su apersonamiento ante el Primer Juzgado Mixto de Moho, quien mediante Resolucion Nº 01 de 16.ABR.2007 ha resuelto abrir instruccion en la via del MORDAZA Ordinario (Expediente Nº 2007-0008P), por los delitos de Colusion, Peculado y Falsificacion de Documentos; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en los documentos de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en los documentos de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

un funcionario de la entidad suscribio comprobantes de pago y cheques pese a no corresponderle dicha funcion; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Usurpacion de Funciones, Colusion Ilegal, Peculado y Falsedad Generica, previstos y penados en los articulos 361º, 384º, 387º y 438º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituyen atributos de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que, en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal; correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el informe de visto; y, De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

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Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la Municipalidad Provincial de Talara
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 318-2007-CG
MORDAZA, 26 de setiembre de 2007 VISTO, el Informe Especial Nº 157-2007-CG/ORPI, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de Talara, MORDAZA, periodo 01.Ene.2004 ­ 31.Dic.2005; y, CONSIDERANDO:

113293-2 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 319-2007-CG
MORDAZA, 26 de setiembre de 2007 VISTO, el Informe Especial Nº 158-2007-CG/ORCA, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, provincia de Hualgayoc ­ Bambamarca, MORDAZA, periodo 01.ENE.2003 al 31.DIC.2004, el cual fue MORDAZA al ano 2005, relacionado con la ejecucion de obras; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Control de la Oficina Regional de Control MORDAZA, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de un Examen Especial a la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, a fin de verificar si la ejecucion de obras y utilizacion de los recursos del FONCOMUN y Canon Minero, se han realizado de acuerdo a la normativa; Que, la Comision Auditora ha determinado que durante los anos 2003, 2004 y 2005, existieron irregularidades en los procesos de seleccion, contratacion y ejecucion de las obras "Construccion Trocha Carrozable Coymolache ­ Pingullo Alto", "Construccion Plaza de MORDAZA de Hualgayoc ­ Primera Etapa" y "Pistas y Veredas Jr. Sucre", habiendose evidenciado que, aun cuando no se han iniciado los trabajos de ejecucion de las referidas obras, se han efectuado pagos por supuestos adelantos a nombre del contratista segun los comprobantes de pago emitidos, siendo que los cheques correspondientes fueron girados y cobrados por funcionarios de la entidad y terceros, lo que ha originado un perjuicio a la entidad por S/. 321 718,73, S/. 303 593,54 y S/. 117 010,00 por obra respectivamente; asimismo, se ha evidenciado que

Que, de acuerdo al Plan Anual de Acciones de Control de la Oficina Regional de Control MORDAZA, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control a la mencionada entidad, a fin de establecer entre otros aspectos, si las adquisiciones de bienes, contratacion de servicios, de obras de infraestructura y otras operaciones de la entidad durante el periodo indicado, se ejecutaron cumpliendo con la normativa vigente, asi como determinar la veracidad de las denuncias presentadas ante este Organismo Superior de Control; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la Comision Auditora ha evidenciado la existencia de una serie de irregularidades en la Obra "Ampliacion de Servicios Higienicos y Remodelacion Salon Posta Medica Quinones", consistentes en la aprobacion de un Expediente Tecnico sin contar con un estudio de mecanica de suelos, en el Cuaderno de Obra no se ha registrado el avance mensual y los controles diarios de ingreso y salida de materiales; asimismo, se ha evidenciado un excesivo gasto en mano de obra, sin que existan los informes tecnicos pertinentes, mediante los cuales se sustente de manera cualitativa y no solo cuantitativa los aspectos limitantes que derivaron en una aplicacion en exceso de recursos destinados para dicho rubro; ocasionando con ello, un perjuicio economico a la Municipalidad por S/. 114 374,18, el mismo que debe ser resarcido de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 1321º del Codigo Civil;

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