Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2008 (09/08/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

377837

que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; Que la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001PE, regula los requerimientos y las condiciones sanitarias para la ubicacion, diseno, construccion y equipamiento de los establecimientos y plantas de procesamiento de productos hidrobiologicos destinados al consumo humano directo; Que a traves del escrito del visto, la empresa ALIMENTOS LOS FERROLES S.A.C. solicito se le otorgue autorizacion para instalar una planta de enlatado de productos pesqueros, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. Prolongacion Centenario Nº 1960 - MORDAZA Los Ferroles, de la Provincia Constitucional del Callao; Que la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria con fecha 22 de junio de 2007 expide el Certificado Ambiental Nº 041-2007-PRODUCE/DIGAAP, mediante el cual califica favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la solicitante; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la empresa administrada ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento N° 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE y actualizada por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 392-2008PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con los articulos 43°, 44° y 46° del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los articulos 49° y 52° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa ALIMENTOS LOS FERROLES S.A.C., autorizacion para instalar una planta de procesamiento pesquero de enlatado, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. Prolongacion Centenario Nº 1960 - MORDAZA Los Ferroles, de la Provincia Constitucional del Callao, con la siguiente capacidad proyectada: Enlatado : 800 cajas/turno

capacidad instalada y el otorgamiento de la licencia de operacion. Articulo 4°.- La autorizacion de instalacion de la planta de procesamiento pesquero senalada en el articulo 1° de la presente resolucion, caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, la instalacion de la citada planta, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 5°.- El incumplimiento de lo senalado en los articulos 2° y 3° de la presente resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 6°.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 235201-6

SALUD
Aprueban Addenda Nº 2 al Convenio MORDAZA de Cooperacion Tecnica Financiera y de Administracion de Recursos celebrado con la OEI
RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2008-SA MORDAZA, 8 de agosto del 2008 CONSIDERANDO: Que, el articulo 58º de la Constitucion Politica del Peru, referido a los Principios Generales, establece que el Estado orienta el desarrollo del MORDAZA y actua principalmente en las areas de promocion de empleo, salud, educacion, seguridad, servicios publicos e infraestructura; Que, a su vez, la Ley Nº 26842 - Ley General de Salud, en su numeral II del Titulo Preliminar, establece que la proteccion de la salud es de interes publico, siendo responsabilidad del Estado, regularla, vigilarla y promoverla; igualmente, el numeral VI del mismo Titulo, establece que es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la poblacion, en terminos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, debido a la falta de infraestructura adecuada y de rapida disponibilidad que permita atender los casos de emergencia de salud requeridos por la poblacion en forma masiva, resulta necesaria la ejecucion, implementacion y mantenimiento de los servicios y establecimientos de salud; para lo cual se requiere la participacion directa e inmediata de una entidad cuya experiencia y alta especializacion garantice la ejecucion de proyectos de gran envergadura, como es el caso de la Organizacion de Estados Iberoamericanos para la Educacion, la Ciencia y la Cultura - OEI, conforme al objeto del convenio aprobado por Resolucion Suprema Nº 007-2008-SA, que fuera modificado mediante Addenda Nº 01, aprobada por Resolucion Suprema Nº 011-2008-SA; Que, la Vigesimo Novena Disposicion Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2008, autoriza a las Entidades del Gobierno Nacional, durante los anos Fiscales 2007 y 2008, a suscribir Convenios de Administracion de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares, con organismos o instituciones internacionales, para

Articulo 2°.- La empresa ALIMENTOS LOS FERROLES S.A.C. debera instalar su planta de enlatado, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control de MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, conforme lo dispone el Decreto Supremo N° 040-2001-PE, asi como debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria segun el Certificado Ambiental Nº 041-2007PRODUCE/DIGAAP del 22 de junio de 2007. Articulo 3°.- Otorgar a la empresa ALIMENTOS LOS FERROLES S.A.C. el plazo de un (01) ano, contado a partir de la fecha de notificacion de la presente resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, previa MORDAZA de la informacion relativa al avance de obras e inversion sustantiva superior al 50% del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado, para que la interesada concluya con la instalacion de su planta de enlatado de productos pesqueros. Previo al inicio de su actividad productiva solicitara la inspeccion tecnica correspondiente para la determinacion de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.