Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2008 (09/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 9 de agosto de 2008

con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones oficiales que comprometan la presencia de los funcionarios de la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para su participacion en el referido evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, via reembolso, y alojamiento seran financiados por el World Council of Credit Unions, Inc., en tanto que los gastos por concepto viaticos complementarios y Tarifa CORPAC, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2008; En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2008, Nº SBS-DIR-ADM-085-11; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Florido, Intendente del Departamento de Evaluacion de Empresas de Servicios Complementarios y Cooperativas de Ahorro y Credito de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas de esta Superintendencia, a la MORDAZA de Guatemala, Republica de Guatemala del 10 al 12 de agosto de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos, via reembolso, y alojamiento seran financiados por el World Council of Credit Unions, Inc., en tanto que los gastos por concepto de viaticos complementarios y Tarifa CORPAC seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2008, conforme a lo establecido por la Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-08511, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos complementarios Tarifa CORPAC US$ US$ 80,00 30,25

Visto; el Informe Nº 030-2008-INGEMMET/DDV/D de la Direccion de Derecho de Vigencia de fecha 31 de MORDAZA del 2008, respecto a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros vigentes formulados al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos efectuados en el ano 2008 por Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros durante el mes de Junio, conforme el referido Decreto legislativo; CONSIDERANDO:

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 20 de Diciembre del 2007, se modifico el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM, precisando los porcentajes para la distribucion de los montos recaudados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; Que, el articulo 3º de la citada MORDAZA dispone que los Gobiernos Regionales recibiran los porcentajes de los ingresos que correspondan a los pagos efectuados por los Pequenos Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales; a partir de los pagos realizados desde el siguiente mes de su publicacion, esto es a partir de los pagos realizados en el mes de enero; Que, en atencion a lo informado por la Direccion de Derecho de Vigencia y a lo dispuesto en el articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, se determina que por el mes de Junio del 2008, el monto total a distribuir es de US $ 26´111,162.57 (Veintiseis Millones Ciento Once Mil Ciento Sesenta y Dos y 57/100 Dolares Americanos) y S/. 1´923,847.77 (Un Millon Novecientos Veintitres Mil Ochocientos Cuarenta y Siete y 77/100 Nuevos Soles), efectuandose a este compensaciones por un monto ascendente a US $ 140,998.38 (Ciento Cuarenta Mil Novecientos Noventa y Ocho y 38/100 Dolares Americanos) y S/. 275.63 (Doscientos Setenta y Cinco y 63/100 Nuevos Soles); resultando un importe neto a distribuir de US $ 25´970,164.19 (Veinticinco Millones Novecientos Setenta Mil Ciento Sesenta y Cuatro y 19/100 Dolares Americanos) y S/. 1´923,572.14 (Un Millon Novecientos Veintitres Mil Quinientos Setenta y Dos y 14/100 Nuevos Soles); De conformidad con el articulo 3º inciso 24) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; Con los visados de la Oficina de Asesoria Juridica y la Direccion de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar los montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos efectuados en el ano 2008 por concepto de Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros correspondiente al mes de Junio, al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, de la siguiente manera:
Entidades Total a Distribuir US$ S/. Deducciones US$ S/. Neto a Distribuir US$ S/.

236258-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO
Asignan montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros y por concepto de Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros correspondiente al mes de junio
RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° 081-2008-INGEMMET/PCD
MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2008

DISTRITOS INGEMMET MEM GOBIERNOS REGIONALES TOTAL

19´583,371.92 1´442,885.83 -129,726.50 -275.63 19´453,645.42 1´442,610.20 5´123,354.08 1´280,838.52 123,598.05 384,769.55 96,192.39 0.00 -8,753.50 -2,518.38 0.00 0.00 0.00 0.00 5´114,600.58 1´278,320.14 123,598.05 384,769.55 96,192.39 0.00

26´111,162.57 1´923,847.77 -140,998.38 -275.63 25´970,164.19 1´923,572.14

(*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2 Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Oficina de Administracion del INGEMMET, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Cosnejo Directivo INGEMMET

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