Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2008 (03/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de diciembre de 2008

Que, en tal sentido y por las consideraciones expuestas, el Comite Especial Permanente, a fin de no dejar desabastecido de combustible a las Unidades Moviles de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, solicita se declare el DESABASTECIMIENTO INMINENTE DEL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE DE LAS UNIDADES MOVILES Y MAQUINARIAS DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA, por el plazo de un mes , toda vez que el Comite Especial Permanente esta considerando los siguientes supuestos: a) Algunos Adquirientes de Bases interponga los Recursos Impugnativos que la Ley y el Reglamento establecen. De no ocurrir ello el contrato estaria firmado una vez que la Buena Pro quede consentida o administrativamente firme, b) Los requisitos que deben de cumplir el postor o los postores para la firma del contrato; Que, el importe para atender el Suministro de Combustible por el periodo de un mes, es de 57, 732.57 nuevos soles, distribuidos:
ITEM Nº 1 2 3 DESCRIPCION DEL PRODUCTO Gasolina 90 Octanos Gasolina 97 Octanos Petroleo Diesel Nº 2 UNIDAD CANTIDAD Gln Gln Gln 599.33 461.34 3,488.51 PRECIO VALOR UNITARIO REFERENCIAL 14.05 8,420.58 18.19 8,391.77 11.73 40,920.22 TOTAL 57,732.57

Que, la Gerencia de Presupuesto y Planificacion, mediante Memorandum Nº 425-2008-GPP/MDMM, de fecha 25 de noviembre del 2008 indica que la adquisicion del Combustible solicitado para el presente ano, se atendera con cargo al credito presupuestario aprobado para el presente ano, cuya afectacion se realizara en la especifica de gasto 5.3.11.23 "Combustible y Lubricante" de la fuente de Financiamiento 02 Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante Informe Nº 1119-2008-GAJ-MDMM, la Gerencia de Asesoria Juridica, emite pronunciamiento legal al respecto, senalando que los hechos enunciados configuran la situacion de desabastecimiento inminente, de conformidad con lo establecido en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el cual establece que "se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial". Asi mismo senala que el Articulo 141 del D.S. Nº 084-2004PCM establece que la situacion de desabastecimiento inminente se configura en los casos senalados en el Art. 21 de la Ley; Que, por lo MORDAZA expuesto dicha Gerencia opina por que en el presente caso nos encontramos frente al supuesto de desabastecimiento inminente previsto en el Articulo 21° de la Ley, recomendado que se proceda de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 148º del D.S. Nº 0842004-PCM; Estando a los informes tecnicos y legal y de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, modificatorias y demas normas aplicables, y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 41° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal adopto por UNANIMIDAD, con el MORDAZA de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA Quartara MORDAZA De Ruas, MORDAZA MORDAZA Raya, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Max MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente por la causal de

DESABASTECIMIENTO INMINENTE, para contratar una persona natural o juridica que brinde el servicio de Suministro de Combustible para los Vehiculos y Maquinarias de la Municipalidad de MORDAZA del Mar. Articulo Segundo.- DISPONER que la contratacion que se efectue para dicho servicio, la realice la Gerencia Municipal por un mes, en atencion a lo informado por el Comite Especial Permanente, los informes tecnico-legal y segun lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su reglamento y normas modificatorias y complementarias. Articulo Tercero.ESTABLECER como valor referencial la suma de S/. 57,732.57 (Cincuenta y siete mil setecientos treinta y dos y 57/100 nuevos soles). Articulo Cuarto.- PRECISAR que el pago de los servicios materia de la contratacion indicada, se efectuara con cargo al credito presupuestario aprobado para el presente ano, cuya afectacion se realizara en la partida especifica de gasto 5.3.11.23, "Combustible y Lubricante" con cargo a la Fuente de Financiamiento 02 Recursos Directamente Recaudados. Articulo Quinto.- DISPONER que Secretaria General remita MORDAZA certificada del acuerdo y de los informes tecnico ­ legales correspondientes que sustentan la presente exoneracion, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE dentro de los diez dias (10) habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Sexto.- DISPONER que el Departamento de Logistica publique el presente Acuerdo de Concejo en el SEACE. Articulo Setimo.- DISPONER que el MORDAZA proceda a iniciar las acciones conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos que originaron la presente exoneracion, debiendo para ello cenirse a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley y su reglamento y demas normas pertinentes. Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Secretaria General y al Departamento de Logistica el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

285829-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 419-MSB
San MORDAZA, 17 de noviembre de 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN BORJA. VISTO; en la XXI-2008 Vigesimo Primera Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 17.11.2008, el Dictamen Nº 035-2008-MSB-CAL, mediante el cual se recomienda al Concejo aprobar la Ordenanza que modifica la Estructura Organica y Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Borja. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia.

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