Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2008 (15/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 15 de diciembre de 2008

m) Evaluar, autorizar o denegar la realizacion de espectaculos publicos no deportivos. n) Emitir informes en los expedientes que por su naturaleza son derivados a la Subgerencia de Comercializacion. o) Emitir Resoluciones Subgerenciales de acuerdo a sus funciones y la normativa legal vigente. p) Resolver los recursos de reconsideracion que se interpongan contra las Resoluciones Subgerenciales. q) Coordinar y controlar la instalacion de afiches en las paletas de comunicacion y mobiliario MORDAZA, de acuerdo a los convenios celebrados. r) Proponer la celebracion y controlar el cumplimiento de los convenios sobre publicidad exterior y otros. s) Brindar orientacion personalizada a los contribuyentes sobre los procedimientos administrativos asignados a la Subgerencia de Comercializacion. t) Orientar al vecino, respecto a sus derechos como consumidor y absolver las consultas sobre actividades comerciales y de servicios. u) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Promocion Comercial. UNIDAD DE DEFENSA CIVIL Articulo 65-C.- La Unidad de Defensa Civil es un Organo de Apoyo, esta a cargo de un funcionario de confianza con categoria y denominacion de Jefe, el mismo que actuara como Secretario Tecnico de Defensa Civil; depende jerarquicamente del Gerente de Promocion Comercial y sus funciones son: a) Planear, dirigir y conducir las actividades de Defensa Civil en el distrito. b) Ejecutar los planes de prevencion, emergencias y rehabilitacion en el Distrito. c) Promover y ejecutar acciones de capacitacion en Defensa Civil a todo nivel d) Apoyar al Comite Distrital de Defensa Civil en la elaboracion de los Planes de Defensa Civil del distrito e) Supervisar el cumplimiento de las normas de seguridad en el distrito de acuerdo a su competencia y efectuar el seguimiento correspondiente conforme a las Directivas aprobadas por la Alta Direccion. f) Supervisar y efectuar en lo que corresponda las Visitas de Inspeccion Tecnica, Inspecciones Tecnicas

de Seguridad y otras de seguridad en defensa civil en el distrito, en el MORDAZA de su competencia, emitiendo la correspondiente Resolucion de finalizacion del procedimiento. g) Brindar apoyo tecnico a las Comisiones en la supervision y seguimiento de las actividades y obras de prevencion en el distrito definidas por el Comite Distrital de Defensa Civil. h) Organizar brigadas de defensa civil, capacitandolas para su mejor desempeno i) Identificar peligros, analizar las vulnerabilidades y estimar riesgos para tomar las medidas de prevencion mas efectivas. j) Evaluar, supervisar el cumplimiento de las normas de seguridad en los espectaculos publicos y privados, deportivos y no deportivos que se realicen en el distrito garantizando la seguridad de los asistentes. k) Preparar y realizar simulacros de evacuacion en casos de sismos, desastres naturales, incendios y otros, en centros educativos, laborales, comunales, locales publicos y privados. l) Integrar el Comite Distrital de Defensa Civil de La MORDAZA como Secretario Tecnico, llevando el libro de actas y el archivo del Comite. m) Emitir Certificados de Seguridad en Defensa Civil y la resolucion de aprobacion correspondiente. n) Emitir Resoluciones de acuerdo a la normatividad vigente y de su competencia. o) Otras que le asigne la Gerencia de Promocion Comercial.

Articulo Quinto.- DEROGASE el Articulo 52º de la Ordenanza Nº 140-MDLM Articulo Sexto.- DISPONGASE que mediante Decreto de Alcaldia se apruebe el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de La Molina. Articulo Setimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 290240-1

PUBLICACION DE ORDENANZAS QUE APRUEBAN ARBITRIOS MUNICIPALES
Se recuerda a las Municipalidades Distritales que conforme a lo dispuesto en el TUO de la Ley de Tributacion Municipal (D.S. Nº 156-2004-EF) y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC, los Acuerdos y Ordenanzas que ratifican y aprueban el Regimen Tributario de los Arbitrios para el ejercicio 2009, deberan publicarse a mas tardar el 31 de diciembre de 2008. Se exhorta a los municipios para que, dada la congestion que se genera por las MORDAZA de fin de ano, MORDAZA llegar dichos dispositivos a la brevedad y, de ser posible, MORDAZA del 21 de diciembre.

LA DIRECCION

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