Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2008 (19/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, martes 19 de febrero de 2008

PROYECTO

366919

Que, el Articulo 9° de la Ley de Promocion establece que los pliegos tarifarios y el cargo de Garantia por Red Principal (en adelante "GRP"), seran regulados por la Comision de Tarifas de Energia (hoy OSINERGMIN) tomando en cuenta lo dispuesto en la citada Ley de Promocion y demas normas complementarias; Que, la MORDAZA fijacion de Tarifas de Red Principal de Camisea fue aprobada mediante Resolucion OSINERG Nº 112-2006-OS/CD, con vigencia desde el 1° de MORDAZA 2006 hasta el 30 de MORDAZA de 2008, siendo necesario fijar las nuevas tarifas que regiran en el periodo comprendido entre el 1º de MORDAZA de 2008 al 30 de MORDAZA de 2010; Que, el Articulo 11° del Reglamento, define los criterios para determinar las Tarifas Reguladas por el uso de la Red Principal asi como la fijacion del Periodo Tarifario, el cual esta complementado por el "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea", aprobado mediante Resolucion Nº 078-2004-OS/CD; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el item a), del Anexo J del Procedimiento, las empresas Concesionarias TGP y Calidda cumplieron con presentar su propuesta de fijacion de tarifas de la Red Principal de Camisea; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el item g), del Anexo J del Procedimiento, el Proyecto de Resolucion que fija las Tarifas de la Red Principal de Camisea asi como la relacion de la informacion que la sustenta (informes, estudios, dictamenes o modelos economicos), con excepcion de la informacion clasificada previamente como confidencial mediante Resolucion del OSINERGMIN, debera prepublicarse en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina WEB institucional, con un plazo no menor a quince dias habiles anteriores a la publicacion de la resolucion de tarifas correspondiente; Que, conforme con lo establecido en el item i) del Anexo J citado precedentemente, los interesados podran presentar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (en adelante "GART") del OSINERGMIN, sus opiniones y sugerencias sobre el proyecto prepublicado con el fin de que MORDAZA analizadas con anterioridad a la publicacion de la resolucion que apruebe las Tarifas de la Red Principal; Estando a lo dispuesto por la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, y a las facultades concedidas por el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; y, De conformidad con lo informado por la Asesoria Legal de la GART con el Informe Nº 0078-2008-GART; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dispongase la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la Pagina WEB del OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe, del Proyecto de Resolucion y su Exposicion de Motivos, que fija las Tarifas de la Red Principal de Camisea, aplicables al periodo comprendido entre el 1° de MORDAZA de 2008 y el 30 de MORDAZA de 2010, documento que figura como Anexo 2 de la presente resolucion. El informe N° 0074-2008-GART que sustenta las citadas tarifas sera prepublicado en la senalada Pagina WEB. Articulo 2°.- Los interesados podran presentar opiniones y sugerencias respecto a la resolucion cuya prepublicacion se dispone en el Articulo 1°, las mismas que deberan ser remitidas, por escrito, a la GART de OSINERGMIN, sito en Av. Canada 1460 ­ San MORDAZA, hasta el dia 4 de marzo del 2008. Los comentarios tambien podran ser remitidos hasta la fecha indicada via fax al numero telefonico 224 0491, o via correo electronico a la siguiente direccion: normasgartdgn@osinerg.gob.pe indicando en el asunto: Red Principal. Articulo 3°.- Dispongase la publicacion de la relacion de informacion que sustenta las Tarifas de la Red Principal de Camisea que se acompana como Anexo 1 de la presente resolucion. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

3. Absolucion de Observaciones por parte de TGP y Calidda. 4. Observaciones por parte de OSINERGMIN a las propuestas tarifarias de los Concesionarios (TGP y Calidda). 5. Estudios Tecnicos Economicos de determinacion de Tarifas Reguladas de la Red Principal de Camisea por parte de TGP y Calidda. 6. Norma: "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea", aprobado mediante Resolucion de OSINERG N° 078-2004-OS/CD. 7. MORDAZA Informe del Servicio de Consultoria "Revision de Propuesta Tarifaria de Red Principal 2008 ­ 2010" elaborado por la empresa COSANAC S.A.C.

ANEXO 2 PROYECTO DE RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº....-2008-OS/CD
MORDAZA, ... de febrero de 2008 VISTOS: Los Estudios Tecnico Economicos presentados por las empresas concesionarias Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. (en adelante "Calidda") y Transportadora de Gas del Peru S.A. (en adelante "TGP"), al Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (en adelante "OSINERGMIN"), que contienen las propuestas a que se refiere el "Procedimiento para Fijacion de las Tarifas de Red Principal"; el Informe Tecnico Nº 00XX-2008-GART y el Informe Legal N° 00YY-2008-GART CONSIDERANDO: Que, actualmente los Contratos de Concesion MORDAZA BOOT suscritos entre el Estado peruano con las empresas: TGP denominado "Contrato de Concesion de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate", y Calidda denominado "Contrato de Concesion de Distribucion de Gas Natural en MORDAZA y Callao" (en adelante Contratos BOOT), son los unicos que cuentan con una Red Principal que debe ser regulada de acuerdo con la Ley N° 27133, Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural (en adelante "Ley de Promocion"); su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-99-EM (en adelante "Reglamento"), el Procedimiento Regulatorio definido por OSINERGMIN mediante Resolucion Nº 001-2003 OS/CD (en adelante "Procedimiento"); Que, adicionalmente a lo senalado, la Red Principal de TGP y Calidda permiten al Consorcio Camisea vender gas natural del Lote 88 (Camisea) a los clientes ubicados en las regiones de Ica, MORDAZA y Callao; Que, conforme lo establece el Articulo 9° de la Ley de Promocion, los pliegos tarifarios y el cargo de Garantia por Red Principal (en adelante "GRP") seran regulados por la Comision de Tarifas de Energia (hoy "OSINERGMIN") tomando en cuenta lo dispuesto en la citada Ley y demas normas complementarias; Que, la MORDAZA fijacion de Tarifas de Red Principal de Camisea fue aprobada mediante Resolucion OSINERG Nº 112-2006-OS/CD, con vigencia desde el 1° de MORDAZA de 2006 hasta el 30 de MORDAZA de 2008, siendo por tanto necesario fijar las nuevas tarifas que regiran en el periodo comprendido entre el 1º de MORDAZA de 2008 al 30 de MORDAZA de 2010; Que, el Articulo 5° de la MORDAZA "Condiciones para la Asignacion de Capacidad de Transporte de Gas Natural por Ductos", aprobada mediante Decreto Supremo N° 016-2004EM, senala que la asignacion de la Capacidad Ofertada por el Concesionario se realizara bajo la modalidad de Servicio Firme, conforme al procedimiento de Oferta Publica descrito en el articulo 7° de la citada norma; Que, el numeral 2.41 de la "Norma del Servicio de Transporte de gas natural por ductos", aprobada mediante el Decreto Supremo N° 018-2004-EM (en adelante "Norma del Servicio de Transporte") define el Servicio Firme como "El Servicio de Transporte que presta el Concesionario a los Usuarios con la estipulacion de que este no podra estar sujeto a ninguna interrupcion o reduccion, salvo disposicion en contrario contenida en estas Normas y en las de Despacho"; adicionalmente en su articulo 4° define las condiciones de dicho servicio;

ANEXO 1 RELACION DE INFORMACION QUE SUSTENTA LA RESOLUCION DE FIJACION DE LAS TARIFAS DE LA RED PRINCIPAL DE CAMISEA
1. Informe Tecnico N° 0074-2008-GART. 2. Informe Legal N° 0078-2008-GART.

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