Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2008 (22/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de febrero de 2008

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios publicos para la adquisicion de puntos de alimentacion de energia electrica de los Centros Poblados La MORDAZA, San MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0102-2008-ALC/MDH
Huaura, 14 de Febrero del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA VISTO: En sesion Extraordinaria del Pleno de Concejo, de fecha 14 de Febrero del 2008, mediante punto de agenda, se solicita la aprobacion de Exoneracion del MORDAZA de Contratacion de Servicios Publicos para la Adquisicion de los puntos de alimentacion de Energia Electrica para los Centros Poblados La MORDAZA, San MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Juana; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establecen que las municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, como lo establece el Articulo 19 inc. b y e) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen: Para contratar servicios publicos sujetos a tarifas cuando estas MORDAZA unicas; Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; Que, el Art. 140 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala; La contratacion directa de los servicios publicos de energia, telecomunicaciones, saneamiento y otros de naturaleza analoga, procedera siempre que contengan tarifas unicas establecidas por el organismo regulador competente y no MORDAZA susceptibles de pacto o acuerdo entre una Entidad y la empresa prestadora de los mismos. Para la contratacion de servicios publicos no sujetos a tarifas unicas y que se encuentren bajo las reglas de la oferta y la demanda, sera necesario realizar un MORDAZA de seleccion, salvo que hubiere un solo proveedor, en cuyo caso procedera aplicar la causal de exoneracion establecida en el inciso e) del Articulo 19º de la Ley. Que, mediante informe Nº 0100 ­ 2008/SG ­ DUR/MDH, de fecha 08 de Enero del 2008, remitido por la Sub Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural de la Municipalidad, donde informa que para continuar con el normal desarrollo de los trabajos conducentes a la culminacion de las Obras de Electrificacion y posteriormente puesta en servicio de los CC. PP. La MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y San MORDAZA MORDAZA, se requiere de la construccion de Puestos de Medicion a la Intemperie PMI, (uno por cada centro poblado), los mismos que solo son instalados por los concesionarios del lugar segun D. S. Nº 018-2002MEM/DGE y cuyos precios son regulados por Resolucion de OSINERG Nº 142-2003-OS/CD, y siendo la concesionaria del lugar de los trabajos de electrificacion la Empresa COELVISAC, es necesario la pronta adquisicion directa de los puntos de alimentacion para los centros poblados senalados; Que, mediante Informe tecnico Nº 008 ­ 2008 ­ UL/MDH, de fecha 22 de Enero del 2008, remitido por la unidad de Logistica, donde informa del requerimiento de la Sub Gerencia de Desarrollo MORDAZA y rural de la colocacion de 01 Puestos de Medicion a la intemperie por cada centro poblado, y que de acuerdo a la Ley Nº 25844 Concesiones electricas, los referidos centros poblados se encuentran dentro del area de concesion de la Empresa COELVISAC, por lo cual lo requerido por el area usuaria solo pueden ser ejecutadas por la referida concesionaria, considerando que siendo la concesionaria el unico que puede brindar los servicios publicos requeridos, es la Empresa COELVISAC, por lo cual se encuentra configurada una situacion de exoneracion del MORDAZA de contratacion de servicios publicos; siendo el valor referencial para la contratacion de los servicios publicos la suma ascendente de S/. 65, 774.40 nuevos soles. Que, mediante informe Nº 033­2008­AL/MDH, de fecha 22 de Enero del 2008, el Departamento de Asesoria

Legal, opina que encontrandose probado la exoneracion del MORDAZA de contratacion de los servicios publicos de conformidad a lo dispuesto por el Art. 140 del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo cual es procedente declarar la exoneracion del proceso; Que, habiendose sustentado y fundamentado la exoneracion del MORDAZA de contratacion de servicios publicos para la Adquisicion de los puntos de alimentacion de Energia Electrica para los Centros Poblados La MORDAZA, San MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, en Sesion Extraordinaria del 14 de Febrero del 2008, mediante punto de agenda, en lo cual el pleno del concejo aprobo por Unanimidad; y siendo el MORDAZA quien preside el Concejo Municipal y siendo este su MORDAZA autoridad administrativa y representante Legal; Que, como lo senala el art. 20 Inc. 6 de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, son atribuciones del Alcalde; Dictar decretos y resoluciones de Alcaldia, con sujecion a las leyes y ordenanzas; Estando a lo establecido por la ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y atribuciones conferidas en la misma; SE RESUELVE: Articulo Primero: EXONERAR el MORDAZA de seleccion de la contratacion de servicios publicos para la Adquisicion de los puntos de alimentacion de Energia Electrica para los Centros Poblados La MORDAZA, San MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, para la contratacion de los servicios publicos, lo cual permitira continuar con el normal desarrollo de los trabajos conducentes a la culminacion de las Obras de Electrificacion y posteriormente puesta en servicio, en cumplimiento de lo dispuesto en el inc. "b y e" del articulo 19 de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demas normas emitidas para estos efectos. Articulo Segundo: PRECISAR que el valor referencial de la Contratacion de Servicios Publicos, incluyendo el IGV se ha calculado en la suma ascendente de S/ 65, 774.40 nuevos soles, para la Adquisicion de los puntos de alimentacion de Energia Electrica para los Centros Poblados La MORDAZA, San MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, el mismo que sera financiado con cargo a los recursos asignados en el presupuesto del presente ano de la Municipalidad Distrital de Huaura con la Fuente de Financiamiento 18 CANON, Especifica 6.5.11.39 Otros Servicios a Terceros. Articulo Tercero: AUTORIZAR a la Unidad de Logistica como la DEACE, la contratacion de servicios publicos para la Adquisicion de los puntos de alimentacion de Energia Electrica para los Centros Poblados La MORDAZA, San MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA en forma directa e inmediata tal como lo senala el art. 148 del TUO del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto: ENCARGAR la publicacion de la presente Resolucion a Secretaria General, en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento del inc. "C" articulo 20 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del termino de Ley y remitase MORDAZA a la Contraloria General de la Republica y CONSUCODE en el plazo de Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Distrital

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CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Cooperativa de Guyana sobre Supresion de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomaticos, de Servicio, Oficiales y Especiales"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/65, comunica que el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Cooperativa de Guyana sobre Supresion de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomaticos, de Servicio, Oficiales y Especiales", suscrito el 25 de setiembre de 2007, en la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA y ratificado por Decreto Supremo Nº 059-2007-RE, de fecha 22 de noviembre de 2007, publicado el 23 de noviembre de 2007. Entro en vigencia el 13 de febrero de 2008.

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