Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2008 (19/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008 No. INFRACCION CALIFICACION GRAVE

NORMAS LEGALES
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SANCION 2 ­ 5 UIT y/o suspension de la autorizacion. 10 UIT en caso de reincidencia y/o revocacion de la autorizacion. 2 ­ 5 UIT y/o suspension de la autorizacion. 10 UIT en caso de reincidencia y/o revocacion de la autorizacion. 2 - 5 UIT y/o decomiso de material nuclear. 2 - 5 UIT y/o suspension de la autorizacion. 6 UIT en caso de reincidencia y/o decomiso de material. 2 ­ 5 UIT y/o suspension de la autorizacion. 6 UIT en caso de reincidencia y/o revocacion de autorizacion. 2 ­ 5 UIT y/o suspension de la autorizacion. 6 UIT en caso de reincidencia y/o decomiso de material nuclear. 2 ­ 5 UIT y/o suspension de la autorizacion. 6 UIT en caso de reincidencia y/o ecomiso del material. 2 ­ 5 UIT y/o suspension de la autorizacion. 6 UIT en caso de reincidencia y/o decomiso de material nuclear.

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39 No disponer de todos los medios requeridos por el Plan de Emergencia 40 Perdida de material nuclear

el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de PERU ENERGIA RENOVABLE S.A., que se identificara con el codigo Nº 21160908, para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Marcona 1, para una capacidad instalada estimada de 100 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Marcona y MORDAZA, provincias de Nazca y Caraveli, departamentos de Ica y MORDAZA, por un plazo de dos (02) anos contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56). VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 ESTE 496 588,60 493 950,81 492 266,31 492 450,51 491 142,73 489 464,67 488 749,00 491 108,42 499 293,45 NORTE 8 290 731,47 8 291 447,32 8 292 775,82 8 293 553,66 8 294 862,76 8 295 257,22 8 298 220,00 8 299 627,09 8 292 867,63

GRAVE

41 Desviar el material nuclear del uso autorizado. 42 Usar material nuclear no exento sin aplicar medidas de contabilidad y control. 43 Operacion de la instalacion nuclear sin contar con el personal suficiente y autorizado para las funciones autorizadas. 44 No cumplir medidas de proteccion fisica de material nuclear.

GRAVE GRAVE

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45 No resolver deficiencias de los sistemas de proteccion y comunicacion en la proteccion fisica de materiales ucleares. 46 No cumplir medidas de seguridad en el transporte de material nuclear o efectuarlo sin autorizacion.

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Otorgan concesiones temporales a Peru Energia Renovable S.A. para desarrollar estudios relacionados a la generacion de energia electrica en futuras centrales eolicas Marcona I y La MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 334-2008-MEM/DM
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Expediente Nº 21160908, sobre otorgamiento de concesion temporal de central de generacion para desarrollar estudios en la Central Eolica Marcona 1, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por PERU ENERGIA RENOVABLE S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12097377 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, PERU ENERGIA RENOVABLE S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 1785369, de fecha 27 de MORDAZA de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Marcona 1, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de Marcona y MORDAZA, provincias de Nazca y Caraveli, departamentos de Ica y MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, el aviso de peticion de solicitud de concesion temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolucion, fue publicado en el Diario Oficial "El Peruano" los dias 22 y 23 de junio de 2008, en cumplimiento del articulo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 1402008-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y

Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

227073-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 335-2008-MEM/DM
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Expediente Nº 21161208, sobre otorgamiento de concesion temporal de central de generacion para desarrollar estudios en la Central Eolica La MORDAZA, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por PERU ENERGIA RENOVABLE S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12097377 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, PERU ENERGIA RENOVABLE S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 1787489, de fecha 4 de junio de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica La MORDAZA, al MORDAZA

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