Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2008 (03/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 3 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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373317

DEFENSA

Autorizan viaje del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para acompanar al Ministro de Defensa en visita oficial a Colombia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 522-2008-DE/CCFFAA MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2008

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Brasil y EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 525-2008-DE/SG MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 519 de fecha 23 de MORDAZA de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, oficiales del Ejercito y de la Armada de la Republica Federativa de Brasil han sido designados como Monitores Internacionales de la Junta Interamericana de Defensa para brindar apoyo al Programa de Asistencia a la Accion Integral Contra las minas Antipersonales en el Peru (AICMA-PE); Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y De conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 1 de junio de 2008 al 1 de junio de 2009, para desempenarse como Monitores Internacionales de la Junta Interamericana de Defensa para brindar apoyo al Programa de Asistencia a la Accion Integral Contra las minas Antipersonales en el Peru (AICMA-PE). Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 207736-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 526-2008-DE/SG MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 447 de fecha 5 de MORDAZA de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra;

CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Defensa de la Republica de Colombia ha cursado invitacion para que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASTE Daffos, Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, acompane al senor Ministro de Defensa MORDAZA FLORES-ARAOZ Esparza, en visita oficial a su MORDAZA con la finalidad de impulsar los temas bilaterales y multilaterales de interes comun que afirmaran los lazos de amistad y cooperacion de los dos paises; Que, el Peru y Colombia mantienen muy buenas relaciones de cooperacion en materia de Seguridad y Defensa Nacional; Que, resulta necesario para los intereses institucionales autorizar el viaje del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, los gastos de pasajes, alojamiento y alimentacion seran asumidos por el Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia; la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto (TUUA) sera sufragada por el Oficial MORDAZA designado; De conformidad con Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la naturaleza juridica, funcion, competencias y estructura organica basica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM de fecha 14 de febrero de 2006, y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con los Decretos Supremos Nº 0082004-DE/SG y Nº 028-2006-DE/SG de fechas 30 de junio de 2004 y 13 de diciembre del 2006, respectivamente;

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASTE Daffos, Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, del 2 al 4 de junio de 2008, para que acompane al senor Ministro de Defensa MORDAZA FLORES-ARAOZ Esparza, para que realice una visita oficial a la Republica de Colombia, con la finalidad de impulsar los temas bilaterales y multilaterales de interes comun que afirmaran los lazos de amistad y cooperacion. Articulo 2º.- Los gastos de pasajes, alojamiento y alimentacion seran asumidos por el Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia, no generando gastos al Estado Peruano; la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto (TUUA) sera sufragada por el Oficial MORDAZA MORDAZA mencionado. Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino de la Comision a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el plazo total de dias aprobados. Articulo 4º.- El mencionado Oficial MORDAZA debera cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 0022004 DE/SG de fecha 26 enero 2004, modificado con los Decretos Supremos N° 008-2004-DE/SG y Nº 028-2006DE/SG de fechas 30 junio 2004 y 13 de diciembre del 2006, respectivamente. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 207736-1

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