Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2008 (30/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas se encuentran obligados a observar las normas que sobre zonificacion, seguridad, higiene, parqueo, entre otros, establezcan las municipalidades en sus respectivas jurisdicciones para el otorgamiento de la licencia municipal a que hubiere lugar. Articulo 6°.- De acuerdo con lo dispuesto en la Sentencia de fecha 02.02.2006, expedida por el Tribunal Constitucional (Expediente Nº 4227-2005-PA/TC), la misma que bajo responsabilidad constituye precedente vinculante para todos los poderes publicos, los explotadores de juegos de casino y maquinas tragamonedas deben cumplir con el pago del Impuesto a los Juegos como consecuencia de la actividad comercial que desarrollan. Articulo 7º.- La Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas se reserva el derecho de revocar la presente autorizacion en caso verificarse que las condiciones economico-financieras de la empresa autorizada se han modificado negativamente como consecuencia de las acciones de cobranza que pudiera llevar a cabo la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) por la deuda exigible por concepto del Impuesto a los Juegos. Articulo 8°.- De conformidad con lo previsto en el articulo 24º de la Ley Nº 27153 y en concordancia con el MORDAZA de Privilegio de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.16 del articulo IV de la Ley N° 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General", la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas en ejercicio de su facultad de fiscalizacion se reserva el derecho de verificar la informacion y/o documentacion presentada por la solicitante asi como establecer las sanciones o iniciar las acciones legales que resulten aplicables ante cualquier discrepancia con la realidad de los hechos. Articulo 9°.- En observancia de lo dispuesto en el articulo 12° de la Directiva 001-2007-MINCETUR/VMT/ DGJCMT, aprobada mediante Resolucion Directoral N° 382007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, remitase a la Unidad de Inteligencia Financiera la informacion y/o documentacion economica financiera relacionada con el solicitante y las personas naturales y/o juridicas que han sido objeto de evaluacion, para los fines a que se contrae la disposicion MORDAZA indicada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas

asi como rehabilitar la infraestructura publica, recuperando los niveles que los servicios basicos tenian MORDAZA de la ocurrencia del desastre y aquella necesaria para atender a la poblacion y recuperar la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI es responsable por el adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere la Ley Nº 29144, correspondiendo al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de los recursos a que se refiere la Ley en mencion; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, conforme a lo dispuesto por el articulo 7º numeral 7.1 de la Directiva Nº 001-2008-EF/68.01 y mediante Informe Tecnico Nº 001-2008-INDECI/14.0, determina que es procedente solicitar la incorporacion de recursos para su inmediata atencion en la provincia de Maranon, departamento de Huanuco; Que es necesario atender con suma urgencia situaciones de alto riesgo que se producen en el MORDAZA, a fin de moderar los efectos contraproducentes tanto en la poblacion como en la economia nacional, incorporando para el efecto parte de los citados recursos por la suma de CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 47 370,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, y de acuerdo a su propuesta, en cumplimiento de la Directiva Nº 001-2008EF/68.01, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 0292008-EF/15; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29144, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008 y el articulo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, hasta por la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.47 370,00) de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO 009 UNIDAD EJECUTORA 001 FUNCION 03 PROGRAMA 006 SUBPROGRAMA 0019 ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Economia y Finanzas Administracion General Administracion y Planeamiento Planeamiento Gubernamental Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) 47 370,00 -------------47 370,00 ======== : : : : : :

180676-15

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 045-2008-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Cuarta Disposicion Final de la Ley Nº 29144 ­ Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Ano Fiscal 2008, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos daninos por el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico, declarado por el organismo publico tecnico-cientifico competente;

CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia TOTAL A LA:

SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil FUNCION 07 : Defensa y Seguridad Nacional PROGRAMA 024 : Prevencion y Atencion de Desastres SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 0066 : Defensa Civil 029434 : Atencion de Desastres y Apoyo a la Rehabilitacion y la Reconstruccion 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles)

CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES

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