Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2008 (30/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de marzo de 2008

Los hechos indicados, permiten senalar que la responsable en su momento de la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche, no habria cumplido el deber de proceder con eficiencia como ordena el Art. 3º inciso d) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobada con Decreto Legislativo Nº 276, no habria cumplido la obligacion de actuar con diligencia, previsto en el Art. 21 incisos a) del mismo cuerpo legal, por lo que habria incurrido en falta disciplinaria de negligencia prevista en el Art. 28 inciso d) de la antedicha ley. Tambien se habria configurado la agravante prevista en el inciso b) del Art. 151 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, pues la forma de actuacion revela un proceder no diligente. Por lo tanto de acuerdo a lo exigido en el Art. 28 de la Ley MORDAZA mencionada, amerita que se le instaure MORDAZA administrativo disciplinario. Que, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA GUARINGA, ex Subgerente del Programa del Vaso de Leche, se le imputa la responsabilidad por: Adquisicion de insumos para el PVL en cantidades que excedian la necesidad real del programa. Los hechos indicados, permiten senalar que la responsable en su momento de la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche, no habria cumplido el deber de proceder con eficiencia como ordena el Art. 3º inciso d) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobada con Decreto Legislativo Nº 276, no habria cumplido la obligacion de actuar con diligencia, prevista en el Art. 21 inciso a) del mismo cuerpo legal por lo que habria incurrido en falta disciplinaria de negligencia prevista en el Art. 28 inciso d) de la antedicha Ley. Tambien se habria configurado la agravante prevista en el inciso b) del Art. 151 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM, pues la forma de actuacion revela un proceder no diligente. Por lo tanto de acuerdo a lo exigido en el Art. 28 de la Ley MORDAZA mencionada, amerita que se le instaure MORDAZA administrativo disciplinario. En uso de la potestad establecida en el Articulo 20º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, de conformidad con lo expuesto en los considerandos precedentes, estando a lo recomendado por la CEPAD y con la visacion del Gerente de Asuntos Juridicos y Gerente Municipal, SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario a los funcionarios y ex funcionarios comprendidos en el Informe de Auditoria Nº 003-2007-22175 Informe Largo "Examen Especial al Programa del Vaso de Leche 2004-2005", senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Municipal; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Administracion y Finanzas y Miembro del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Asesoria Legal; MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Logistica; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente del Programa del Vaso de Leche; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Promocion Social y DEMUNA; MORDAZA Camara MORDAZA, ex Subgerente del Programa del Vaso de Leche, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guaringa, Subgerente del Programa del Vaso de Leche. Articulo 2º.- DISPONER que todo lo actuado se remita a la Comision Especial de Procesos Administrativos CEPAD, para que proceda conforme a sus atribuciones, velando especialmente que se cumplan las garantias a la defensa de parte de los procesados y se observen los plazos establecidos sobre la materia. Articulo 3º.- DISPONER que los organos conformantes de la Municipalidad estan obligados a brindar informacion, documentacion y demas facilidades que pudiera solicitar la CEPAD, para el cumplimiento de su mision. Articulo 4º.- ESTABLECER que los procesados deberan presentar sus descargos en el plazo de 05 dias de publicada la presente Resolucion, los cuales podran solicitar MORDAZA del Informe OCI y demas que forman parte del presente proceso. Articulo 5º .- ESTABLECER que la Secretaria General es la encargada de publicar la presente Resolucion conforme a ley, Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. WILFER MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e)

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Aprueban Regimen de Incentivos para los Beneficiarios del Programa Techo Propio
ORDENANZA MUNICIPAL N° 173/ML
Lurin, 3 de marzo del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: En Sesion de Ordinaria de Concejo de fecha 29 de febrero del 2008, el dictamen de la Comision de Desarrollo MORDAZA, donde entre otros puntos recomiendan un tratamiento especial en las tarifas que por diversos conceptos mantiene la Municipalidad y que estan relacionadas a la Construccion de Viviendas, con el fin de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda MORDAZA y como consecuencia de ello a la implementacion y ejecucion de una politica local de desarrollo MORDAZA y equilibrado. CONSIDERADO: Que, de conformidad con el Articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru las Municipalidades tienen competencias, entre otras, para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales, es de su responsabilidad planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar sus planes y programas correspondientes y el articulo 197º precisa que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local. Que, segun los articulos II y IX del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 las municipalidades como organos de Gobierno Local, gozan de autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia y, el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se establecen las politicas publicas a nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales. Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a traves del "Plan Nacional de Vivienda ­ Vivienda para todos; Lineamiento de Politica 2003 ­ 2007" aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2003 VIVIENDA, crea un instrumento de politica nacional en materia de vivienda para el corto y mediano plazo, que busca impulsar la produccion habitacional, reducir sus costos y facilitar sus adquisiciones; asi como recuperar areas urbanas en MORDAZA de consolidacion; asi mismo propicia el desarrollo MORDAZA equilibrado, promoviendo soluciones habitacionales para los distintos segmentos socioeconomicos, priorizando aquellos proyectos de vivienda dirigidos a la poblacion de menores recursos economicos. Que, por Resolucion Ministerial Nº 054-2002 VIVIENDA se crea el proyecto TECHO PROPIO a fin de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso a los sectores populares a una vivienda MORDAZA y mediante la Ley Nº 27829 se crea el MORDAZA Familiar Habitacional (BFH) como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que se otorga por una sola vez a los beneficiarios con criterio de utilidad publica, sin cargo, de restitucion por parte de estos y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y de su esfuerzo constructor. Que, el distrito posee areas con diferentes niveles de consolidacion MORDAZA, con la existencia de una gran cantidad de viviendas que requieren mejorar su calidad habitacional y cuenta con la capacidad estructural y arquitectonica que les permita crecer verticalmente, conjuntamente con las zonas perifericas donde se ubican las poblaciones de menores recursos economicos donde se encuentran los potenciales beneficiarios del mencionado programa habitacional, para lo cual el MORDAZA de consolidacion MORDAZA es lento e informal, por lo que es necesario establecer algunos mecanismos administrativos

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