Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2008 (23/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2008

Que, mediante Resolucion Suprema Nº 197-2007-JUS del 28 de noviembre de 2007, se resuelve acceder al pedido de extradicion activa del procesado Fredy MORDAZA MORDAZA VELITA, formulado por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarado procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra el Orden Migratorio - Trafico de Personas en agravio del Estado y disponer su tramitacion por la via diplomatica ante el Gobierno de la Republica Bolivariana de Venezuela de conformidad con el tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Oficio Nº 1862-2008-MP-UCJIE del 14 de MORDAZA de 2008, el doctor MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Fiscal Provincial (e) de la Unidad de Cooperacion Judicial Internacional y Extradiciones del Ministerio Publico, se dirige al MORDAZA de la Policia Nacional del Peru Director Ejecutivo de la Oficina Central Nacional de INTERPOL - MORDAZA, a fin de remitir el FACSIMIL (DGL/CJE) Nº 78 del 14 de MORDAZA de 2008, cursado por la Direccion de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru, en la que comunica que se declaro procedente la solicitud de extradicion del ciudadano Fredy MORDAZA MORDAZA VELITA, requerido por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por el Delito Contra el Orden Migratorio - Trafico de Personas; Que, mediante Ayuda Memoria Nº 64-2008-DIRGENPNP/SG del 21 de MORDAZA de 2008, el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru, aprueba el viaje en comision del servicio del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Suboficial Tecnico de Primera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA PICHUS, a fin de que ejecuten la Extradicion Activa - coordinacion, recepcion, custodia y traslado del extraditable Fredy MORDAZA MORDAZA VELITA, desde la MORDAZA de Caracas - Republica Bolivariana de Venezuela; Que, los gastos por concepto de viaticos para el personal policial seran sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, seran asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante Informe Nº 097-2008-DIRECFIN-PNPDIVEJPRE-DEPADM-SDB del 28 de MORDAZA de 2008, el Director de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru manifiesta que se cuenta con los recursos para financiar los viaticos por la suma de US$ 2000.00 (Dos Mil con 00/100 dolares americanos) del viaje por comision de servicio a la MORDAZA de Caracas de la Republica Bolivariana de Venezuela, del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Suboficial Tecnico de Primera de la Policia Nacional MORDAZA MORDAZA PICHUS; Que, mediante Oficio Nº 789-2008-DIREJADMDIRECFIN-PNP/DEP.DEC del 12 de MORDAZA de 2008, la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, remite a la Direccion de Recursos Humanos de la Policia Nacional del Peru, el Informe Nº 146-2008DIREJADM-DIRECFIN-PNP/EM/UNIPRE y la Certificacion de Credito presupuestal Nº 96-2008-DIREJADM-PNPDIRECFIN-EM/UNIPRE, ambos del 12 de MORDAZA de 2008, estableciendo que efectuado los calculos, se atendera lo solicitado con la Especifica del Gasto 03.11.20 Viaticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 2000.00 (Dos Mil con 00/100 dolares americanos), por comision del servicio a la MORDAZA de Caracas - Republica Bolivariana de Venezuela, del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Suboficial Tecnico de Primera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA PICHUS, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial MORDAZA mencionada; Que el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que la Resolucion de Autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la Institucion, y debera indicar expresamente el motivo

del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, referido a las medidas de austeridad en bienes y servicios prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de los acuerdos de negociacion de tratados comerciales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru, asi como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212, siendo que todos los viajes se realizan en categoria economica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el articulo 4º de la Ley Organica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideracion los dispositivos legales MORDAZA mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; la Ley Nº 27238, Ley de la Policia Nacional del Peru y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN,; el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que aprobo el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero en comision del servicio al Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al Suboficial Tecnico de Primera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA PICHUS a la MORDAZA de Caracas - Republica Bolivariana de Venezuela, del 26 de MORDAZA al 30 de MORDAZA de 2008, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de viaticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viaticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 5 x 200 US$ 1,000.00 TOTAL US$ 1,000.00

Suboficial Tecnico de Primera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA PICHUS Viaticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 5 x 200 US$ 1,000.00 TOTAL US$ 1,000.00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4º.- Dentro de los siete (7) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion.

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