Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2008 (23/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Tercero: Que, en tal sentido, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, entre otros medios probatorios, acredita su solicitud de traslado con el Informe Traumatologico expedido por el medico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Traumatologo Ortopedista de la Clinica San Borja; tambien con el Movimiento de Atenciones de Internamiento en el referido centro asistencial; con la Interconsulta del Departamento de Rehabilitacion y Fisioterapia de la Clinica San Borja; y con el Certificado otorgado por el medico oftalmologo MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acreditando el presentar edema mocular en el ojo derecho; Cuarto: Que, posteriormente el citado magistrado ha incorporado nuevos medios probatorios a los precedentemente mencionados, adjuntando para dicho efecto los siguientes documentos: a) Informe de radiografia de clavicula y radiografia de codo derecho; b) Placa radiografica de clavicula izquierda con formacion de MORDAZA oseo; c) Placa radiografica de codo derecho, que evidencia el cubito fijado con tornillo y laminas metalicas; d) Dos publicaciones periodisticas en relacion al accidente que sufrio; e) MORDAZA del Libro de Ocurrencias de la Comisaria PNP de Chasquitambo en el que se consigna el accidente de transito; f) Certificado Medico Particular expedido por el medico oftalmologo MORDAZA MORDAZA Espinoza; g) Informe Medico del Departamento de Medicina Fisica y Rehabilitacion otorgado por la medico fisiatra MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Hospital II MORDAZA - Angamos de ESSALUD; y h) El informe traumatologico expedido por el medico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Traumatologo Ortopedista de la Clinica San MORDAZA, el 11 de enero del ano en curso; Quinto: Que, finalmente el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha solicitado mediante escrito de fojas 32 a 33, se acumulen a los autos los informes medicos emitidos por las dependencias de ESSALUD de las sedes de origen y de destino; el primero, otorgado por el Director de la Posta Medica de La Union, provincia Dos de MORDAZA - departamento de MORDAZA, el cual certifica que el centro asistencial a su cargo no cuenta con especialistas en Traumatologia, Medicina Fisica y Rehabilitacion, sugiriendo que continue su tratamiento en un lugar que le asegure su total recuperacion; y el MORDAZA, otorgado por el Coordinador del Servicio de Traumatologia del Hospital II MORDAZA ­ Angamos, provincia y departamento de MORDAZA, que certifica el requerir terapia fisica de apoyo prolongado por secuela de fractura de codo derecho, tratamiento, control y evaluacion permanente; finalmente a fojas 63, se ha adjuntado el Informe Medico emitido por el Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Micro Red Yarowilca ­ Direccion Regional de Salud del Gobierno Regional de Huanuco; en el que se deja expresa MORDAZA que el Centro de Salud de Chavinillo no cuenta con el servicio de Medicina Fisica y Rehabilitacion por ser de nivel II y no contar con Medico Especialista en Traumatologia, por lo que se sugiere que el MORDAZA continue la rehabilitacion permanente en ESSALUD donde viene siendo tratado; todo lo cual evidencia la importancia que tiene para el tratamiento de recuperacion del citado magistrado permanecer en forma definitiva en la MORDAZA de MORDAZA, a razon de que un tratamiento inadecuado podria condenarlo a sufrir la inmovilidad permanente y atrofia de su brazo derecho, lo cual incidiria en su desempeno laboral en forma negativa; Sexto: Que, siendo esto asi, fluye del analisis de los presentes actuados verosimilitud respecto a las razones de salud expuestas por el nombrado magistrado, a que se refiere el articulo 3° del Reglamento de Traslados de Magistrados, por ende es del caso acceder a su solicitud y disponer su traslado a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, sede judicial que en la actualidad cuenta con plaza vacante de Juez de Paz Letrado; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 12 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe de fojas 45 a 49, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado por motivos de salud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez titular del Juzgado de Paz Letrado de La Union, Provincia de Dos de MORDAZA, Distrito Judicial de Huanuco; en consecuencia, se dispone su traslado a un Juzgado de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la

Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y de MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

203481-3 FE DE ERRATAS RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 078-2008-CE-PJ
Mediante Oficio Nº 2850-2008-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Administrativa Nº 078-2008-CEPJ, publicada en la edicion del 21 de MORDAZA de 2008. En la parte considerativa (pagina 372540) DICE: (...) Primero: ... siendo el caso que sus hijos MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vera... Segundo: ... mientras que MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vera... DEBE DECIR: (...) Primero: ... siendo el caso que sus hijos MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vera... Segundo: ... mientras que MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vera...

203539-1

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan al Ministerio de Energia y Minas la ampliacion del periodo de auditoria a estados financieros del Programa de Fortalecimiento Institucional y Apoyo a la Gestion Ambiental y Social del Proyecto de Gas de Camisea
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 196-2008-CG
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2008 Visto; la Hoja de Recomendacion Nº 29-2008-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoria, sobre la autorizacion de la ampliacion del periodo de la auditoria para realizar el examen a los estados financieros del Programa de Fortalecimiento Institucional y Apoyo a la Gestion Ambiental y Social del Proyecto de Gas de Camisea, financiada con los recursos del Contrato de Prestamo Nº 1441/OC-PE,

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