Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2008 (15/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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· El Jefe de la II Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru o su representante; · El Director Regional de Transportes y Comunicaciones o su representante; · El Director Regional de Educacion o su representante; · El Director Regional de Salud o su representante; · El Director Regional de Trabajo o su representante; · El MORDAZA del Gobierno Provincial de Chiclayo; · El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA o su representante; · El MORDAZA la Municipalidad Provincial de Ferrenafe o su representante. Articulo 2º.- El Gobierno Regional de MORDAZA, dispondra de los recursos para la implementacion y funcionamiento de su respectivo Consejo Regional de Seguridad Vial, asi como para la ejecucion de los planes, programas, campanas y demas actividades de seguridad vial en su jurisdiccion, para lo cual contara con el aporte de las diferentes entidades que conforman al mencionado Consejo Regional. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 263612-1

Aprueban texto definitivo del Sistema Regional de Formacion Magisterial SIREFORMA
ORDENANZA REGIONAL Nº 023-2008-GR.LAMB./CR Chiclayo, 24 de septiembre de 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 13 de agosto de 2008, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 188º establece que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais. Que, el Articulo 191º de la referida Carta Magna, modificado por Ley Nº 27680, senala que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La estructura basica de estos gobiernos esta conformada por el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador y el Presidente Regional como organizativo. Que, el Articulo 192º de la misma Carta Magna enuncia en su inciso 6) la funcion de dictar las normas inherentes a la gestion regional y, en el inciso 7) la funcion de promover y regular las actividades y/o servicios en materia de Educacion. Que, la Ley 27783º, Ley de Bases de la Descentralizacion, conforme al Articulo 6º, inciso a., senala dentro de sus objetivos a nivel social a la educacion y capacitacion orientadas a forjar un capital humano, la competitividad nacional e internacional. Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en su Articulo 47º, senala que son funciones del Gobierno Regional: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las politicas regionales de educacion, cultura, ciencia y tecnologia, deporte y recreacion de la region; b) Disenar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional, los

programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnologia y el programa de desarrollo del deporte y recreacion de la region, en concordancia con la politica educativa nacional; y, c) Diversificar los curriculos nacionales, incorporando contenidos significativos de su realidad sociocultural, economica, productiva y ecologica; respondiendo a las necesidades e intereses de los educandos; y, h) Integrar los distintos programas educativos regionales en una politica integral orientada, en lo economico, a la mejora en la productividad y competitividad de la region; en lo social, a propiciar la igualdad de oportunidades, la integracion y la inclusion a nivel regional; en lo politico, al afianzamiento de los mecanismos de participacion ciudadana y rendicion de cuentas en los distintos niveles de gobierno; y, en lo cultural, al desarrollo de una cultura de paz y de reconocimiento y respeto a la diversidad. Que, el Proyecto Educativo Nacional en su tercer Objetivo Estrategico se plantea maestros bien preparados ejercen profesionalmente la docencia. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 031 del 2006 el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, aprueba el texto definitivo del Proyecto Educativo Regional, el mismo que en su Objetivo Estrategico Nº 04, Desarrollo Magisterial, se propone; "Contar con profesores idoneos en lo personal y profesional, que asumen sus responsabilidades con los aprendizajes de los estudiantes y se constituyen en agentes de cambio, con condiciones laborales dignas, revaloradas socialmente y que contribuyen al desarrollo regional y nacional. Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1062008-GR.LAMB/PR, se designa una comision para la elaboracion del Sistema Regional de Formacion Magisterial como parte de la promocion de politicas educativas de la region y de la implementacion del Proyecto Educativo Regional en lo relacionado al desarrollo de las capacidades de los maestros. Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA: Articulo 1º.- APRUEBASE el texto definitivo del Sistema Regional de Formacion Magisterial ­ SIREFORMA, elaborado por la Comision designada por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 106-2008-GR.LAMB/PR, cuyo texto integro se adjunta anexo a la presente disposicion regional formando parte integrante de la misma, declarando su implementacion oficial en el ambito de la Region Lambayeque. Articulo 2º.- ENCARGASE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, para que instruya a la Direccion Regional de Educacion, las Unidades de Gestion Educativa Locales correspondientes como a las instituciones educativas del departamento de MORDAZA que, bajo responsabilidad, procedan a la implementacion y ejecucion del SIREFORMA, en coordinacion con los sectores competentes y sociedad civil organizada. Articulo Tercero.- DISPONGASE que la presente Ordenanza Regional sea publicada en el Diario Oficial "El Peruano", asimismo, se publique en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 263609-1

Modifican la Ordenanza Regional Nº 011-2008-GR.LAMB./CR, sobre conformacion de la Comision de Coordinacion y Concertacion
ORDENANZA REGIONAL Nº 024-2008-GR.LAMB./CR Chiclayo, 18 de septiembre de 2008

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