Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2008 (05/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

379203

cuando la mencionada Brigada requiera su devolucion o disposicion o al finalizar el contrato; Que, ante la imposibilidad de renovar el referido contrato, por cuanto dicha empresa no contaba con la autorizacion de la Direccion General de Hidrocarburos para seguir operando en la MORDAZA de Tumbes y ademas por tener problemas pendiente de solucion con OSINERG, el General de Brigada Comandante General de la Primera Brigada de Infanteria Reforzada de Tumbes mediante el Oficio N° 012/1ra Brig Inf Rzfda/BS1/CInt/11.03 del 03 de febrero del 2007, las Cartas Notariales de fecha 09 de marzo y 13 de MORDAZA del 2007, respectivamente, ha solicitado al Gerente General de la indicada empresa la devolucion del combustible entregado en almacenamiento y custodia del MORDAZA Pleno de la Carga Prescrita de Clase III de la mencionada Brigada, cuyo requerimiento no ha sido atendido hasta el momento; Que, a fin de recuperar los indicados bienes de propiedad del Estado -Ejercito del Peru se hace necesario gestionar la Resolucion Ministerial autoritativa que autorice al Procurador Publico del Ministerio de Defensa encargado de los asuntos judiciales del Ejercito del Peru, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra la Empresa LA ROMPE E.IR.L y su gerente don MORDAZA MORDAZA MORDAZA PINILLO GANOZA, y recupere los combustibles que se encuentran en poder de dicha empresa; Que, el articulo 2° del Decreto Ley Nº 17537, que regula la Representacion y Defensa del Estado en Juicio, senala que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, sera necesario la expedicion previa de la Resolucion autoritativa respectiva; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley N° 17667, que regulan la representacion y defensa del Estado en juicio; SE RESUELVE:

Que, el Empleado Civil FAP OLMEDO GADEA MORDAZA fue encontrado responsable, por la Comision de Investigacion Ad Hoc para Personal Subalterno del Grupo Aereo Nº 3 de conformidad al Acta Nº 002 del 11 de octubre de 2007, sobre el faltante de material aereo de propiedad del Estado constituido por el Equipo Inversor N/ P ASH 584-5 en la Localidad de "El Valor", del cual estuvo a cargo en el mes de noviembre del ano 2006; Que, el citado Empleado Civil FAP OLMEDO GADEA MORDAZA fue nombrado como Especialista de Electricidad entre los dias 14 al 28 de noviembre del ano 2006 por lo que integro el equipo de mantenimiento de aeronaves, recepcionando de esta manera el Equipo Inversor N/P ASH 584-5, el cual fue reportado por este como extraviado infringiendo de esta manera deberes de cuidado por que dicho material aereo se encontraba en exclusiva custodia del citado personal, lo cual constituiria una conducta prevista y sancionada en el articulo 185º del Codigo Penal bajo la denominacion de delito de Hurto; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, en la Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio Decreto Ley Nº 17537 y su modificatoria el Decreto Ley Nº 17667, la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aerea, debe efectuar las acciones judiciales correspondientes en resguardo de los intereses del Estado - Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru; y, Estando a lo informado por el senor Comandante General de la Fuerza Aerea, y a lo opinado por el Director General de Asesoria Juridica del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aerea para que en representacion del Estado, inicie, prosiga y culmine las acciones judiciales contra el Empleado Civil FAP OLMEDO GADEA MORDAZA y quienes resulten responsables como presuntos autores del delito de Hurto de material de propiedad del Estado en agravio de la Fuerza Aerea. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aerea del Peru, para que proceda conforme a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Ministerio de Defensa encargado de los asuntos del Ejercito del Peru, para que en nombre y representacion del Estado inicie, prosiga y culmine las acciones legales y judiciales contra la Empresa LA ROMPE E.IR.L y su Gerente don MORDAZA MORDAZA MORDAZA PINILLO GANOZA. Articulo 2º.- Remitanse los antecedentes al Procurador Publico del Ministerio de Defensa encargado de los asuntos judiciales del Ejercito del Peru, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 247777-2

MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 247777-3

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presuntos responsables de delito de hurto de material de propiedad del Estado en agravio de la FAP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 914-2008-DE/FAP MORDAZA, 28 de agosto de 2008 Visto, el Oficio NC -5-SGFA-Nº 2600 del 15 de agosto de 2008 del Secretario General de la Fuerza Aerea, mediante el cual solicita se autorice al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aerea, para iniciar las acciones judiciales contra el Empleado Civil FAP OLMEDO GADEA MORDAZA y quienes resulten responsables como presuntos autores del delito de Hurto de material de propiedad del Estado en agravio de la Fuerza Aerea.

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra ex empleado civil de la FAP por incumplir con la reposicion de bienes y resarcir danos y perjuicios ocasionados
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 922-2008-DE/FAP MORDAZA, 2 de setiembre de 2008 Visto, el Oficio NC-5-SGFA Nº 2387 del 31 de MORDAZA 2008, del Secretario General de la Fuerza Aerea, mediante el cual solicita se autorice al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aerea, para iniciar las acciones judiciales, contra el ex Empleado Civil FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que reponga los cuarenta y ocho Thermocouples aplicables al Motor del Avion Tucano o cancele el valor actualizado de la parte que le corresponde ascendente a la suma de CUATRO MIL QUINIENTOS SEIS DOLARES

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