Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2008 (20/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 20 de setiembre de 2008

Que, el articulo 41º de la acotada ley expresa que los ACUERDOS son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, mediante Informe Nº546-2008-SGI/MDRN, de fecha 20.Agosto.08, el Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Sub Gerente de Infraestructura, presenta el requerimiento para adquisicion de un terreno para la "Planta de Tratamiento y Disposicion Final de Residuos Solidos", para lo cual adjunta el Informe Tecnico y Terminos de Referencia Nº006-08-SGI/MDRN, en el que establece las caracteristicas que debe advertir dicho predio, y establece la ubicacion de dicho predio en el Centro Poblado de Portillo Alto, que reune las caracteristicas necesarias, el mismo que se complementa con el Informe Nº5112008-GRJ-DRSJ-DESA que establece que con fecha 18. Julio.08, la Direccion Regional de Salud, realizo una visita de inspeccion al terreno denominado "Fundo MORDAZA Cecilia", ubicado en el Centro Poblado Portillo Alto, cuya extension es de 8.00 hectareas, y luego de verificar sus especificaciones, concluyen que dicho predio reune las condiciones para la implantacion del Proyecto "Planta de Tratamiento y Disposicion Final de Residuos Solidos", en el Distrito de Rio Negro; Que, mediante Informe Nº152-2008-AAM-JAA/MDRN el Jefe de Abastecimiento, solicita al Concejo Municipal la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion del Terreno denominado "Fundo MORDAZA Cecilia", ubicado en el Centro Poblado Portillo Alto, toda vez que cumple con los fines que persigue el Informe Tecnico alcanzado por la Sub Gerencia de Infraestructura; Que, mediante el Informe Legal Nº163-2008-AL/MDRN, el Asesor Legal - el Abogado MORDAZA Rivero MORDAZA, senala que la adquisicion el inmueble sugerido, por la Sub Gerencia de Infraestructura se adecua a lo previsto en el Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº0832004-PCM, que establece las causales por las cuales pueden exonerarse los procesos de seleccion, entre ellos el inciso d) senala que "Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, debiendo tomar acciones inmediatas para su contratacion"; Que, el Art. 20º de la precitada ley, establece que existen formalidades para los procedimientos no sujetos a procesos de seleccion, entre ellas que sea aprobado por Acuerdo de Concejo Municipal (en caso de gobiernos Locales), debiendo con caracter de obligatorio, contar previamente con un informe tecnico - legal, publicacion del Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, y remitirse copias del acuerdo de Concejo e informes sustentatorios ante la Contraloria General de la Republica, y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, estando a las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y en cumplimiento de los acuerdos adoptados en forma UNANIME por parte de los miembros del Concejo Municipal de Rio Negro, en la Sesion Ordinaria Nº017-2008 de fecha 4 de setiembre del 2008; SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la EXONERACION del MORDAZA de Seleccion, para la adquisicion de Terreno en tres (08) Hectareas valorizado en S/. 70,000.00 (Setenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y CERAFINA MORDAZA DE MORDAZA, predio denominado Fundo "Santa Cecilia" ubicado en el Centro Poblado Portillo Alto, del Distrito de Rio Negro, Provincia de Satipo, Departamento de MORDAZA, debido a que no existe un bien inmueble sustituto al requerimiento por la Sub Gerencia de Infraestructura para la ejecucion del Proyecto "Planta de Tratamiento y Disposicion Final de Residuos Solidos". Articulo Segundo.- ENCARGAR al Area de ABASTECIMIENTO realizar las acciones correspondientes para la adquisicion del bien inmueble mencionado, conforme a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del Presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, y poner de Conocimiento de la Contraloria

General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 253958-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de terreno ubicado en area MORDAZA del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 117-2008-CM/MDRN Rio Negro, 4 de septiembre de 2008 VISTO: El Informe Nº 134-2008-DPC-SGI, presentado por el Jefe del Departamento de Planeamiento y Catastro y Informe Legal Nº 047-2008-AL/MDRN; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, concordante con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, cuyo texto vigente es el contenido en la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que significa la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 41º de la acotada ley expresa que los ACUERDOS son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, mediante Informe Nº 134-2008-DPC-SGI/MDRN, de fecha 5.Agosto.08, el Arq. MORDAZA MORDAZA Pena - Jefe del Departamento de Planeamiento y Catastro, solicita la adquisicion de un terreno para permutar con la Comunidad MORDAZA de Rio MORDAZA - Anexo San MORDAZA, para lo cual adjunta el Acta de reunion de la Comunidad MORDAZA de Rio MORDAZA - Anexo San MORDAZA de fecha 12.Febrero.2008 donde senalan la ubicacion de dicho Terreno en el Lote Nº13 - Area MORDAZA Cercado de Rio Negro, el mismo que se complementa con el Informe Nº139-2008-DPC-SGI/ MDRN, del mismo Departamento; Que, mediante Informe Nº 131-2008-AAM-JAA/ MDRN el Jefe de Abastecimiento, solicita al Concejo Municipal la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion del Terreno, ubicado en el Area MORDAZA signado como el Lote Nº13, toda vez que cumple con los fines exigidos por la Comunidad MORDAZA Rio MORDAZA - Anexo San Sebastian; Que, mediante el Informe Legal Nº 155-2008-AL/ MDRN, el Asesor Legal - el Abogado MORDAZA Rivero MORDAZA, senala que la adquisicion el inmueble sugerido, por el Departamento de Planeamiento y Catastro se adecua a lo previsto en el Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que establece las causales por las cuales pueden exonerarse los procesos de seleccion, entre ellos el inciso d) senala que "Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, debiendo tomar acciones inmediatas para su contratacion"; Que, el Art. 20º de la precitada ley, establece que existen formalidades para los procedimientos no sujetos a procesos de seleccion, entre ellas que sea aprobado por Acuerdo de Concejo Municipal (en caso de gobiernos Locales), debiendo con caracter de obligatorio, contar previamente con un informe tecnico - legal, publicacion del Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, y remitirse copias del acuerdo de Concejo e informes sustentatorios ante la Contraloria General de la Republica, y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;

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