Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2009 (13/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

400713

MORDAZA General MORDAZA Comandante

FAP MORDAZA MORDAZA SAMAME MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA WICHT SAN MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA LALE

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima- Buenos Aires - MORDAZA US $ 849.25 x 03 Personas Viaticos US $ 200 x 06 dias x 03 Personas Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US $ 31 x 03 Personas Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la comision, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado personal debera dar cumplimiento a lo dispuesto en los articulos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 0082004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Articulo 5º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 383367-12

de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable del Viceministerio de Politicas para la Defensa y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica a los siguientes efectivos del Cuerpo de Infanteria de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA sin MORDAZA de MORDAZA, para realizar una visita de estudio a diversas localidades de la costa peruana, del 12 al 14 de agosto de 2009, a fin de evaluar los lugares en los que se podria realizar un ejercicio de capacitacion y destreza medica (MEDRETE): 1.- MAYOR USMC, MORDAZA HUTCHENS 2.- CAPITAN USMC, MORDAZA WILDT 3.- MORDAZA USN, MORDAZA MORDAZA 4.- TECNICO DE MORDAZA USN, MORDAZA MORDAZA 5.- OFCIAL DE MAR USN, MORDAZA RACUYA 6.- SUB OFICIAL USMC, MORDAZA SAAVEDRAORTIZ Articulo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 383169-1 RESOLUCION MINISTERIAL N° 766-2009-DE/SG MORDAZA, 11 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 640 de fecha 12 de junio de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la 22ava. Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de Peru y MORDAZA, se acordo realizar el Intercambio de Cadetes, considerandose dicha actividad en el Plan de Intercambio de Oficiales entre ambos Paises; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las FuerzasArmadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable del Ejercito del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica al Sub MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ibaceta y al Sub MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz del Ejercito de MORDAZA, para participar en un intercambio con alumnos de la Escuela Militar de Chorrillos, del 15 al 22 de Agosto de 2009.

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 765-2009-DE/SG MORDAZA, 11 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 775, de fecha 31 de MORDAZA de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA sin MORDAZA de guerra; Que, personal del Cuerpo de Infanteria de la MORDAZA de MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA realizara una evaluacion de las localidades en la costa peruana donde se podria realizar un ejercicio de capacitacion y destreza medica (MEDRETE); Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las FuerzasArmadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial

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