Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2009 (10/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de diciembre de 2009

aprobacion, autorizacion y supervision de los procesos de contrataciones del Estado; Que, con Resolucion Jefatural N° 025-2007/SIS, se aprobo la Directiva N° 001-2007/SIS-OAJ "Procedimientos para las contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios del Seguro Integral de Salud", dentro del MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos N°s. 083 y 084-2004-PCM, respectivamente, normas que han sido derogadas mediante el D. Leg. N° 1017; Que, conforme a los documentos de vistos, resulta necesario que el Seguro Integral de Salud, cuente con un instrumento de gestion, que permita uniformizar y optimizar los procesos de contrataciones de bienes y servicios, desde el requerimiento hasta la ejecucion contractual, acorde con la normatividad vigente; Que, con el visto MORDAZA de la Sub Jefatura del SIS, Secretaria General, Oficina de Planeamiento y Desarrollo, Oficina de Administracion y con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad a lo establecido en el numeral 1. del articulo 5° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y de acuerdo a lo dispuesto en el inciso i) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Directiva N° 003-2009-SIS/ OAJ "Procedimientos para las contrataciones de bienes y servicios del Seguro Integral de Salud", la misma que contiene nueve (9) Titulos, ocho (8) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales y tres (3) Anexos, los que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural N° 025-2007/SIS y la Directiva N° 001-2007/SIS-OAJ "Procedimientos para las contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios del Seguro Integral de Salud", a partir de la entrada en vigencia de la Directiva aprobada en el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Delegar en el responsable de la Sub Jefatura del Seguro Integral de Salud, la facultad de aprobar y modificar el Plan Anual de Contrataciones del Seguro Integral de Salud. Articulo 4°.- Delegar en el Jefe de la Oficina de Administracion del SIS las siguientes facultades: a).- Aprobar las Bases de los procesos de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia programables y no programables. b).- Actuar en nombre y representacion del Seguro Integral de Salud en las audiencias, procedimientos y/o procesos de conciliacion y arbitraje, que deriven de procesos de seleccion contenidos en el Decreto Legislativo Nº 1017, el reglamento de esta y en la Directiva que es aprobada por la presente resolucion; c).- Conciliar las pretensiones controvertidas o sujetas a conciliacion; d).- Aprobar las Prestaciones Adicionales y de Reduccion de los contratos de bienes y servicios del SIS. e).- Suscribir contratos de auditoria financiera y la suscripcion de los demas contratos delegados mediante Resolucion Jefatural N° 179-2009/SIS. El Jefe de Administracion podra sustituir o delegar las facultades precedentemente conferidas en los literales b) y c) del presente articulo, a cualquiera de los servidores publicos que laboren en la Oficina de Administracion. Articulo 5°.- Ratificar los contratos que hayan sido suscritos por el Jefe de la Oficina de Administracion, desde el 1 de enero del presente ano hasta la fecha de expedicion de la presente Resolucion y que se encuentren en los supuestos regulados en el literal h), del numeral 3.3.) del articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 1017; y, en el literal g), numeral 2.3, del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM.

Articulo 6°.- Delegar en los Representantes de las Oficinas Desconcentradas del SIS ­ ODSIS, la facultad de suscribir las prorrogas de los contratos de arrendamiento de sus respectivos locales, de acuerdo al procedimiento establecido en la Directiva aprobada. Articulo 7.- Disponer que la Secretaria General, en coordinacion con la Oficina de Informatica y Estadistica, se encargue de la publicacion de la presente Resolucion y la Directiva aprobada, en el MORDAZA de la pagina web de la Institucion, para su observancia obligatoria por todas las unidades organicas del Seguro Integral de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 433206-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT que aprobo normas para la aplicacion del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 260-2009/SUNAT MORDAZA, 9 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo Nº 940, aprobado por Decreto Supremo Nº 1552004-EF y normas modificatorias, establece un Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central, cuya finalidad es generar fondos, a traves de depositos realizados por los sujetos obligados en las cuentas abiertas en el Banco de la Nacion, destinados a asegurar el pago de las deudas tributarias, costas y gastos administrativos del titular de dichas cuentas; Que el articulo 13º del citado TUO dispone que mediante MORDAZA dictada por la SUNAT se designara los bienes y servicios a los que resultara de aplicacion el referido Sistema, asi como el porcentaje o valor fijo aplicable a cada uno de ellos, y regulara lo relativo a los registros, la forma de acreditacion, exclusiones y procedimiento para realizar la detraccion y/o el deposito, el mecanismo de aplicacion o destino de los montos ingresados como recaudacion, entre otros aspectos, habiendose dictado al respecto la Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/ SUNAT y normas modificatorias; Que a fin de llevar a cabo una mejor labor de control por parte de la Administracion Tributaria, resulta conveniente modificar la citada resolucion; En uso de las facultades conferidas por el articulo 13º del TUO del Decreto Legislativo Nº 940 y normas modificatorias, y de conformidad con el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias, y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- MODIFICACION DEL ANEXO Nº 1 DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 1832004/SUNAT Incorporase el numeral 3 al Anexo Nº 1 de la Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, de acuerdo al siguiente texto:

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