Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2009 (13/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de marzo de 2009

EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: en Sesion Ordinaria de la fecha, Carta Nº 042009-MDEA presentada por los regidores MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Nunez, adjuntando propuesta de "Ordenanza que aprueba la conformacion del Comite Distrital Interinstitucional de MORDAZA de Manos en el Distrito de El Agustino"; el Informe Nº 18 -2009-GAJ-MDEA de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, las Municipalidades son organos de Gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Como Gobiernos Locales, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomia que la Constitucion Politica del Peru otorga a las Municipalidades y radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, derecho reconocido por los articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, de conformidad al articulo 10 del titulo preliminar, de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, se establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo integral , para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. Que la promocion del desarrollo es permanente e integral. Las Municipalidades promueven el desarrollo locales, en coordinacion y asociacion con los niveles de gobierno regional y nacional con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion. Que, de conformidad con el articulo 3º del capitulo I de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, se establece que las municipalidades asumen las competencias y ejercen las funciones especificas senaladas en el Capitulo II, con caracter exclusivo o compartido, entre las que se identifica el saneamiento ambiental, la salubridad y la salud . El Concejo Municipal, en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º inciso 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con la dispensa del Tramite de Comisiones, lectura y de aprobacion del Acta, con el MORDAZA UNANIME del pleno del Concejo, aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONFORMACION DEL COMITE DISTRITAL INTERINSTITUCIONAL DE MORDAZA DE MANOS EN EL DISTRITO DE EL MORDAZA Articulo Primero.- PROMOVER la conformacion del Comite Distrital Interinstitucional de MORDAZA de Manos, con la participacion de las autoridades de Salud, Educacion y de organizaciones sociales de base. Articulo Segundo.- DISPONER que el Comite tenga a su cargo la promocion, monitoreo y evaluacion de las actividades que se realicen en el MORDAZA del Programa de MORDAZA de Manos, con integrantes designados por un lapso inicial de 2 anos, renovables por un periodo mas. Articulo Tercero.- IMPLEMENTAR por parte de la Municipalidad siendo participe el MORDAZA, los Presidentes de las Comisiones Permanentes de Desarrollo Ecologico y Medio Ambiente, Comision Permanente de Desarrollo Humano, y Sub Gerencia de Desarrollo Ecologico, Sub Gerencia de Desarrollo Humano, Imagen y Participacion Vecinal, su

Reglamentacion, aplicacion, difusion y seguimiento de dicho programa a nivel Distrital . Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General su publicacion en el diario Oficial El Peruano y poner en conocimiento a las demas oficinas de esta Municipalidad para su debido cumplimiento; y a la Unidad de Participacion Vecinal, Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo su correspondiente difusion masiva. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 321900-4

Aprueban reducir el monto a pagar por derecho de Matrimonio Civil para el Ejercicio 2009
ORDENANZA Nº 409-MDEA El MORDAZA, 22 de enero del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En sesion ordinaria de la fecha, el Informe Nº 016-2009-RR.CC.-MDEA, de la Unidad de Registro Civiles e Informe Nº 62-2009-GAJ-MDEA, de la Gerencia de Asesoria Juridica y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, el Estado protege a la familia y promueve el matrimonio; Que, es politica de la actual gestion municipal promover la union familiar y siendo la familia el nucleo basico y prioritario de la sociedad, es procedente promover e impulsar la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario propuesto; Que, mediante el Informe Nº 016-2009-RR.CC-MDEA de la Unidad de Registro Civil, se senala que dentro el Plan de Trabajo que se ha elaborado para el presente ejercicio anual 2009, se ha programado 4 matrimonios civiles comunitarios; Por tanto, estando a las consideraciones MORDAZA aludidas y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, y con el MORDAZA unanime de los Regidores, APRUEBA la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA REBAJA EN EL PAGO DEL DERECHO CORRESPONDIENTE AL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL EJERCICIO 2009 EN EL DISTRITO DE EL MORDAZA Articulo 1º.- Aprobar la rebaja del pago del derecho correspondiente al Matrimonio Civil segun el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, estableciendose como pago unico la suma de S/. 70.00 (Setenta y 00/100 Nuevos Soles), para las celebraciones de los matrimonios civiles comunitarios en las siguientes fechas: - 07 de Marzo del 2009 - 20 de Junio del 2009 - 26 de Setiembre del 2009 - 28 de Noviembre del 2009 Articulo 2º.- Dispensar a los contrayentes del tramite de publicacion de los avisos matrimoniales, conforme a

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