Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2009 (25/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES
INFRACCION MORDAZA DE INFRACCION EMG G MG G

393081
MEDIDA COMPLEMENTARIA

CODIGO 7,0123 7,0124 7,0125 7,0126

Almacenar, tratar, transportar y realizar la disposicion final de residuos solidos peligrosos o radioactivos sin autorizacion o sin cumplir las normas tecnicas sanitarias vigentes. Emplear los residuos solidos como alimento de cualquier MORDAZA de animales sin asumir las medidas ambientales y sanitarias establecidas o aplicables. Operar centros de acopio de residuos solidos segregados, sin autorizacion Municipal. Producir ruidos nocivos o molestos, sea cual fuere el origen y lugar (uso de bocinas, escapes libres, altoparlante, megafonos, equipo de sonido, sirenas, silbatos, cohetes, petardos y otros), que afecten a la comunidad. Carecer de MORDAZA extractora y/o ducto, chimenea, en la elaboracion o fabricacion de alimentos y productos alimenticios o tenerlos inoperativos. (La altura minima de la chimenea sobre el techo del edificio sera de 3m.) Utilizar gases toxicos y nocivos a la salud como gases de ambientacion al interior de los salones de baile y/o similares. Por danar o destruir papeleras del Municipio Por preparar materiales de construccion en la via publica. Por causar aniego en la via publica. Por obstaculizar la labor del personal encargado del mantenimiento y riego de las areas verdes. Por talar arbustos y arboles sin autorizacion Municipal. Por eliminar jardines publicos que se hallan frente a los inmuebles, reemplazandola con losas de concreto u otros materiales. Por sustraer gras, MORDAZA, plantas o arboles de jardines publicos sin perjuicio de reposicion. Por producir ruidos que exceden los 60 decibeles en el dia (de 06:01 horas hasta las 18:00 horas) y los 50 decibeles en la noche (desde las 18:01 horas hasta las 06:00 horas) en zonas de viviendas MORDAZA marginales. Por producir ruidos que exceden los 70 decibeles en el dia (de 06:01 horas hasta las 18:00 horas) y los 60 decibeles en la noche (desde las 18:01 horas hasta las 06:00 horas) en zonas comerciales Por producir ruidos que exceden los 80 decibeles en el dia (de 06:01 horas hasta las 18:00 horas) y los 70 decibeles en la noche (desde las 18:01 horas hasta las 06:00 horas) en zonas industriales. Producir ruidos de 50 decibeles a mas, las 24 horas. Por sacar desperdicios en el horario no establecido del recorrido del camion recolector de la basura. Por hacer uso de la via publica para el MORDAZA de unidades de transporte de servicios, publico, privado, y vehiculos menores (moto taxis). Por defecar, orinar y escupir en la via publica. Por no enmallar el transportista el contenido (materiales, escombros o desperdicios) del vehiculo. Emitir gases contaminantes o humos que sobrepasen los limites permitidos por los emisores estacionarios. Por transportar desperdicios de alimentos y otros residuos solidos en triciclos u otros vehiculos. Por rebuscar y extraer residuos depositados en las bolsas de basura, contenedores instalados en la via publica y destinada a la recoleccion de desechos de obras. No efectuar limpieza de los espacios publicos y la recoleccion de los residuos solidos, a mas tardar, al dia siguiente de la realizacion de eventos, ferias, manifestaciones u otras actividades. Por producir deterioro paulatino y progresivo de las pistas y veredas, que afecta la propiedad del bien comun del vecindario. Por no respetar y/o ocupar mayor espacio de lo autorizado de las areas comunes, veredas y zonas rigidas de paso peatonal Hacer fuego abierto en parques, jardines y en la via publica. Por efectuar reparaciones mecanicas y/o pintado en la via publica y/o MORDAZA de retiro Municipal. Por utilizar plasticos, llantas u otros similares en calidad de combustible.

Clausura definitiva.

7,0127

G

7,0128 7,0129 7,013 7,0131 7,0132 7,0133 7,0134 7,0135 7,0136

G G G G L G MG G MG Restitucion Reposicion la triple Clausura temporal por 5 dias. Clausura temporal por 5 dias. Clausura temporal por 5 dias. Clausura temporal por 5 dias.

7,0137 7,0138 7,0139 7,0140 7,0141 7,0142 7,0143 7,0144 7,0145 7,0146 7,0147 7,0148 7,0149 7,0150 7,0151 7,0152

MG MG G G L L L G G G G G MG G MG MG

Retiro

CALIFICACION DE INFRACCION LEVE GRAVE MUY GRAVE EXTREMADAMENTE MUY GRAVE

%UIT 6,00 50,00 100,00 200,00

S/. 213 1775 3550 7100

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