Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2009 (25/03/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

393044

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de marzo de 2009

actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley N° 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de los siguientes Oficiales de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, del 30 de marzo al 07 de MORDAZA de 2009, para realizar visitas oficiales a la Comandancia de la Fuerza de Submarinos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru relacionadas al despliegue del Programa de Iniciativa Submarina de Diesel Electrico (DESI-2009): 1. VICEALMIRANTE, USN 2. CAP CORBETA, USN MORDAZA MORDAZA TIM MORDAZA

y seis (06) Disposiciones Complementarias Finales, que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de marzo del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

(1) TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY Nº 27245, LEY DE RESPONSABILIDAD Y TRANSPARENCIA FISCAL
(1) Denominacion modificada por la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27958, publicada el 8 de MORDAZA de 2003.

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1º. Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto establecer los lineamientos para una mejor gestion de las finanzas publicas, con MORDAZA y transparencia fiscal, asi como tambien crear el Fondo de Estabilizacion Fiscal. Ello con el fin de contribuir a la estabilidad economica, condicion esencial para alcanzar el crecimiento economico sostenible y el bienestar social. Articulo 2º. MORDAZA general El Estado debe asegurar el equilibrio o superavit fiscal en el mediano plazo, acumulando superavit fiscales en los periodos favorables y permitiendo unicamente deficit fiscales moderados y no recurrentes en periodos de menor crecimiento. Articulo 3º. Definiciones Para la aplicacion de lo dispuesto en la presente Ley, los terminos utilizados tendran el significado que se indica en el Anexo, el cual forma parte integrante de esta. (*) (*) Este Anexo ha sido derogado por la Unica Disposicion Derogatoria de la Ley Nº 29291, publicada el 11 de diciembre de 2008.

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

328143-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal
DECRETO SUPREMO Nº 066-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27245 se aprobo la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, la misma que ha sido modificada por diversas disposiciones; Que, en la Novena Disposicion Complementaria y Final de la Ley N° 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, se faculta al Ministerio de Economia y Finanzas a publicar mediante decreto supremo el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y sus modificatorias, en un plazo no mayor de sesenta (60) dias habiles contado a partir de la vigencia de la referida disposicion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y la Novena Disposicion Complementaria y Final de la Ley N° 29291; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27245 Apruebese el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, el cual consta de tres (03) Capitulos, diecinueve (19) Articulos, cinco (05) Disposiciones Complementarias Transitorias,

CAPITULO II (2) DE LA RESPONSABILIDAD FISCAL
(2) Denominacion modificada por la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27958, publicada el 8 de MORDAZA de 2003. Subcapitulo I Reglas Macrofiscales (3) Articulo 4º. Reglas fiscales Las Leyes anuales de Presupuesto, de Endeudamiento Financiero y de Equilibrio Financiero, los creditos suplementarios, y la ejecucion presupuestal del Sector Publico, se sujetaran a las siguientes reglas: 1. Reglas macrofiscales para el Sector Publico No Financiero a) El deficit fiscal anual del Sector Publico No Financiero no podra ser mayor a 1,0 por ciento del PBI; b) (4) El incremento anual del gasto de consumo del Gobierno Central no podra ser mayor al cuatro por ciento (4,0%) en terminos reales. Para su determinacion se utilizara la meta de inflacion establecida por el Banco Central de Reserva del Peru - BCRP. Se entiende por gasto de consumo la suma del gasto en remuneraciones, pensiones y del gasto en bienes y servicios. c) El endeudamiento publico de mediano plazo debera ser consistente con el MORDAZA de equilibrio o superavit fiscal

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.