Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2009 (04/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

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Nacional Mayor de San MORDAZA, lo que redundara a favor de la imagen de nuestro MORDAZA, y contribuira a su promocion economica; Que es necesario otorgar al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las sumas en nuevos soles equivalentes a US$ 600.00 dolares americanos por concepto de viaticos y US$ 31.00 dolares americanos por concepto de Tarifa CORPAC, dejando establecido que el importe por concepto de pasajes asumira la institucion organizadora; Que la Oficina General de Planificacion, la Direccion General de Administracion y la Oficina General de Recursos Humanos, emiten opinion favorable; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolucion Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de MORDAZA del 2009; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA y sus modificatorias; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje en COMISION DE SERVICIOS del 04 al 06 de noviembre del 2009, al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Codigo Nº 018821, Decano de la Facultad de Farmacia y Bioquimica, para participar en representacion del senor Rector de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, en el "Gran Encuentro de Rectores de Universidades de Peru, Bolivia y del norte de MORDAZA, a realizarse en la Universidad de Tarapaca, MORDAZA, Chile; por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. 2º.- Otorgar al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las sumas en nuevos soles equivalentes a los montos que se indica, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Administracion Central, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: Viaticos (200x03 dias) Tarifa CORPAC US$ US$ 600.00 dolares americanos 31.00 dolares americanos

matrimonio; por lo que, a efectos de proteger la familia y fomentar esta institucion fundamental y basica de la sociedad, resulta pertinente convocar a un Matrimonio Comunitario Civil y Religioso gratuito; Que, mediante Ordenanza N° 031-2000, se aprobo la exoneracion del pago de derechos, la dispensa de la publicacion de Edictos Matrimoniales y la exoneracion de los plazos legales para la celebracion de los Matrimonios Civiles Comunitarios que realice la municipalidad; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del Matrimonio Comunitario Civil y Religioso gratuito en la jurisdiccion del distrito de La MORDAZA, a realizarse el dia 13 de febrero del 2010. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General y a las Gerencias de Asesoria Juridica, y de Educacion, Cultura y Bienestar Social el cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban regularizacion de habilitaciones urbanas y edificaciones en el distrito de La MORDAZA
ORDENANZA Nº 087-2009/MLV
La MORDAZA, 16 de octubre del 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO VISTO; en la sesion ordinaria de la fecha, el dictamen conjunto Nº 003-2009-CPDU-CPPPAL/MDLV de las Comisiones Permanentes de Regidores de Desarrollo MORDAZA y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y CONSIDERANDO Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru concordado con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica, administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones ­ modificada por la Ley Nº 29300, establece en el articulo 30º que: "las habilitaciones urbanas y edificaciones que hayan sido ejecutadas sin licencia o que no tengan conformidad de obra despues del 20 de MORDAZA de 1999 hasta la publicacion de la Ley Nº 29090 (...) pueden ser regularizadas en un plazo de ciento ochenta (180) dias calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, conforme al procedimiento que se establezca mediante decreto supremo. Todas aquellas edificaciones que no cumplen con las normas urbanisticas y de proteccion del patrimonio historico, o que no se hayan regularizado al vencimiento del plazo establecido en el primer parrafo seran materia de demolicion, de conformidad con lo previsto en el articulo 93º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­"(sic). Que, en atencion a lo establecido en la Ley Nº 29090 se observa que a la fecha el plazo para proceder a la regularizacion indicada en el considerando precedente se encuentra vencido por lo que los administrados no pueden acceder o recurrir a este mecanismo actualmente; Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ establece en el articulo 79º numeral 3 que son funciones

3º.- Disponer que la Secretaria General publique la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" de conformidad a las normas vigentes. 4º.- Encargar a la Secretaria General, a la Direccion General de Administracion, Oficina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Farmacia y Bioquimica, el cumplimiento de la presente Resolucion Rectoral. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Autorizan la celebracion de Matrimonio Comunitario Civil y Religioso gratuito
DECRETO DE ALCALDIA N° 017-2009
La MORDAZA, 28 de octubre de 2009 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, reconoce a las municipalidades como organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, es politica de la actual administracion otorgar las mayores facilidades a los vecinos del distrito que deseen regularizar y/o formalizar su estado civil ante el registro correspondiente, de conformidad con lo establecido en el Codigo Civil; Que, a la fecha en la jurisdiccion del distrito, existen parejas que, por diversas razones, no han podido contraer

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