Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2009 (02/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

403685

Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Peru en la Republica de Polonia; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; Que, con el Memorandum (PRO) Nº PRO0650/2009, de 15 de septiembre de 2009, la Direccion Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, informa que el Ministerio de Relaciones Exteriores de Ucrania, manifiesta que el gobierno de dicho MORDAZA, ha otorgado el beneplacito de estilo para que la Embajadora en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dupuy, se desempene como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Peru en Ucrania, con residencia en la MORDAZA de Varsovia, Republica de Polonia; De conformidad con los articulos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, y los articulos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:

Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota anual al Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevencion del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Justicia a efectuar el pago de US$ 10,000.00 (Diez mil y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America) al Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevencion del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD), correspondiente a la contribucion anual. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 1º.- Nombrar a la Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Peru en la Republica de MORDAZA, Embajadora en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dupuy, para que se desempene simultaneamente como Embajadora Concurrente ante Ucrania, con residencia en la MORDAZA de Varsovia, Republica de Polonia. Articulo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 405147-24

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 405147-25

Autorizan al Ministerio de Justicia a efectuar el pago correspondiente a la contribucion anual al Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevencion del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD)
RESOLUCION SUPREMA Nº 317-2009-RE MORDAZA, 1 de octubre de 2009 VISTO: El oficio Nº 1560-2009-JUS/SG, de fecha 11 de setiembre de 2009, del Ministerio de Justicia, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota anual al Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevencion del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD); CONSIDERANDO: Que el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del

Felicitan al personal de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru que ha tenido participacion en los trabajos de planificacion, supervision y ejecucion en las operaciones de desminado humanitario realizadas en la MORDAZA de la Frontera con Ecuador y el desminado de la infraestructura nacional en el interior del MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 318-2009-RE MORDAZA, 1 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Peru es uno de los 156 Estados Parte de la Convencion sobre la Prohibicion del Empleo, Almacenamiento, Produccion y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destruccion, conocida tambien como "Convencion sobre Minas Antipersonal" o "Convencion de Ottawa"; Que, la Convencion sobre minas antipersonal fue ratificada por el Peru mediante Decreto Supremo Nº 1098-RE del 24 de MORDAZA de 1998 y aprobada mediante Resolucion Legislativa Nº 26951 del 19 de MORDAZA de 1998; Que, uno de los compromisos asumidos por el MORDAZA en el citado tratado, obliga a la erradicacion y destruccion por metodos humanitarios, de las minas antipersonal sembradas en el territorio peruano, tanto en la infraestructura nacional como en la MORDAZA de frontera terrestre comun con el Ecuador; Que, con el objeto de cumplir con el citado encargo, el Estado creo el Centro Peruano de Accion Contra las Minas Antipersonal (CONTRAMINAS), mediante Decreto Supremo Nº 113-2002-RE del 13 de diciembre del 2002, modificado por Decreto Supremo Nº 51-2005-

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