Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2009 (14/10/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

404321

Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC (TUUA) US$ US$ US$ 855,18 800,00 31,00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria debera presentar ante el titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

c. Conducir en la Institucion Educativa, a traves del comite de evaluacion, la Etapa Institucional del concurso publico para nombramiento. d. Dar posesion de cargo, bajo responsabilidad, al profesor nombrado en el concurso publico. e. Asegurar la realizacion y el cumplimiento del periodo de insercion para los profesores que ingresan a la MORDAZA publica magisterial por primera vez. f. Realizar de acuerdo a las normas nacionales la evaluacion de desempeno para la permanencia y ascenso de sus profesores, en lo que le corresponda." Articulo 11º.- Competencias de la Unidad de Gestion Educativa Local Corresponde a la Unidad de Gestion Educativa Local: a. Informar a la Direccion Regional de Educacion las plazas organicas vacantes existentes en su jurisdiccion. b. Asesorar el MORDAZA de constitucion de los comites de evaluacion de las instituciones educativas en su ambito de competencia. c. Aprobar mediante Resoluciones Directorales, los comites de evaluacion de las instituciones educativas, propuestos por los Directores de las mismas. d. Constituir, mediante Resolucion Directoral su comite de evaluacion. e. Apoyar en la aplicacion de las pruebas nacionales de los concursos publicos para el ingreso y ascenso de nivel magisterial, previa verificacion de los requisitos establecidos, garantizando la inviolabilidad de las pruebas. f. Brindar permanente asesoria y apoyo tecnico a las instituciones educativas sobre los procesos de concursos publicos. g. Supervisar la Etapa Institucional del concurso publico para nombramiento. h. Expedir las Resoluciones Directorales, en los casos que corresponda, para nombramiento, ascenso y otras acciones de personal. i. Evaluar a los postulantes para el ingreso a la MORDAZA publica magisterial y el desempeno de instituciones educativas unidocentes o multigrado. j. Evaluar desempeno a los directores y subdirectores de instituciones educativas, asi como a los especialistas de las Unidades de Gestion Educativa Local. k. Prestar asesoria y apoyo tecnico a las instituciones y redes educativas, monitorear y supervisar la ejecucion de los procesos. l. Resolver los recursos administrativos que se interpongan con relacion al concurso publico, de acuerdo a la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. m. Informar a la Direccion Regional de Educacion sobre el MORDAZA y resultados de los concursos publicos. Articulo 12º.- Competencias de la Direccion Regional de Educacion Corresponde a la Direccion Regional de Educacion a. Consolidar la informacion remitida por las Unidades de Gestion Educativa Local e informar al Ministerio de Educacion las plazas organicas vacantes del ambito regional, para el concurso publico de nombramiento. b. Aprobar mediante Resoluciones Directorales, los comites de evaluacion de las instituciones educativas, propuesto por los Directores de las mismas, en caso corresponda. c. Constituir, mediante Resolucion Directoral el Comite de Evaluacion de la Direccion Regional de Educacion, en caso corresponda. d. Difundir la relacion de las plazas vacantes organicas validadas por el Ministerio de Educacion, al producirse las convocatorias de los concursos publicos. e. Brindar permanente asesoria y apoyo tecnico a las Unidades de Gestion Educativa Local e instituciones educativas sobre los procesos de concurso publico. f. Monitorear, asesorar y supervisar los concursos publicos. g. Expedir las Resoluciones de Nombramiento, en los casos que correspondan. h. Resolver los recursos administrativos que se interpongan con relacion a los concursos publicos, de acuerdo a la Ley Nº 27444. i. Informar al Ministerio de Educacion sobre el MORDAZA y resultados de los concursos publicos. Articulo 20º.- Postulacion de profesores extranjeros El profesor extranjero ingresa a la MORDAZA publica magisterial, si cumple con los requisitos senalados en el presente reglamento, obtiene la vacante mediante concurso publico, con excepcion de las plazas vacantes ubicadas en

409196-7

EDUCACION
Modifican el Reglamento de la Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial
DECRETO SUPREMO Nº 013-2009-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29062, se modifica la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado en lo referente a la MORDAZA Publica Magisterial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2008-ED, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial; Que, para el caso especifico del procedimiento para los concursos publicos de nombramiento al I nivel de la MORDAZA Publica Magisterial, es indispensable garantizar una aplicacion correcta de la Ley, siendo necesario para ello modificar algunos articulos del precitado reglamento; De conformidad con el numeral 3) del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Modifica los Articulos 10º , 11º, 12º, 20º, 21º y 24º del Reglamento de la Ley Nº 29062 Modificase los articulos 10º, 11º, 12º, 20º, 21º y 24º del reglamento de la Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2008-ED, quedando redactados de la siguiente manera: "Articulo 10º.- Competencias de la institucion educativa Corresponde a la institucion educativa: a. Proponer a la Unidad de Gestion Educativa Local o a la Direccion Regional de Educacion que corresponda la nomina de los integrantes del comite de evaluacion de la institucion educativa, acompanando las actas de eleccion de los profesores y padres de familia. b. Instalar el comite de evaluacion registrando el hecho en el Libro de Actas.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.