Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2009 (23/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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de domicilio fiscal, el que de no realizarse MORDAZA lugar a que adquiera la condicion de no habido. Articulo Tercero.- Publicacion en la Pagina Web Mensualmente la Administracion Tributaria publicara en la Pagina Web de la Municipalidad, cuya direccion es www.munimolina.gob.pe, el listado actualizado de deudores tributarios respecto a los cuales se ha procedido a dar de baja de oficio del Registro de Contribuyentes Activos. Articulo Cuarto.- Emision de Valores Tributarios La realizacion de inscripcion o baja del Registro de Contribuyentes por parte de la Administracion Tributaria, no constituye dispensa del cumplimiento de las obligaciones tributarias sustanciales o formales a cargo del deudor tributario; por lo cual, se debera emitir los valores tributarios que correspondan, para efectos de la cobranza de las deudas tributarias pendientes y de la imposicion de las Multas Tributarias a que hubiera lugar. Articulo Sexto.- Reactivacion del Codigo de Contribuyente Realizada la baja de oficio, las personas naturales o juridicas excluidas del Registro de Contribuyentes Activos, podran solicitar la reactivacion de su codigo de contribuyente a traves de la MORDAZA de la Declaracion Jurada correspondiente, donde consignen expresamente su condicion de contribuyentes. La Subgerencia de Registro Tributario y Recaudacion podra reactivar de oficio el codigo de contribuyente, cuando con informacion adicional se compruebe que la baja de oficio realizada, no se ajusta a la realidad, debiendo registrarse en el sistema predial los motivos y fecha que sustentan la reactivacion del codigo de contribuyente. Articulo Setimo.- Modificacion, Declaracion o Confirmacion de Domicilio Fiscal Debera declarar su domicilio fiscal dentro del plazo senalado a continuacion, sin perjuicio de la posterior verificacion que realice la Administracion: a) El deudor tributario inscrito o su representante legal, dentro de los cinco (05) dias de recibido el Requerimiento en merito a la cual se solicita presente declaracion de MORDAZA domicilio fiscal. b) El deudor tributario dado de baja del Registro de Contribuyentes Activos o su representante legal, siempre que mantenga deuda con la Municipalidad y que en el domicilio fiscal consignado se acredite que el deudor tributario ya no domicilia, a tal fin se le procedera a emitir Requerimiento en el que se solicite que en un plazo de cinco (05) dias presente la declaracion de cambio de domicilio fiscal. En ambos casos, se seguira el procedimiento establecido en la Directiva Para Actualizar los Domicilios Fiscales y Procedimiento para el Registro de la Condicion de Contribuyente No Habido.
DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS

de las bajas que se efectue en aplicacion de la presente norma. Tercera.- DEL CUMPLIMIENTO Encarguese a la Gerencia de Rentas y Gerencia de Tecnologias de la Informacion y de las Comunicaciones el cumplimiento debido de la presente norma. Cuarta.- VIGENCIA El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Quinta.- DEROGACION Deroguense los dispositivos que se opongan al presente Decreto de Alcaldia.
412254-2

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS
Autorizan adquisicion de terreno para la construccion del Terminal Interprovincial de Sicuani
ACUERDO DE CONCEJO Nº 150-MPC-2009.

Sicuani, 21 de septiembre del ano 2009. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS, EN SESION EXTRAORDINARIA DE FECHA 21 DE SEPTIEMBRE DEL 2009 VISTO Y DEBATIDO.- El Informe Legal Nº 083-AL/ MPC-FPF-2009, ingresado en fecha 10 de septiembre del ano 2009, mediante el cual, el Asesor Legal de la Municipalidad emite su opinion, respecto del Estudio de MORDAZA para la Adquisicion del terreno para el Futuro Terminal Terrestre de Sicuani. Y CONSIDERANDO: Que, el ordenamiento juridico de las municipalidades esta constituido por las normas emitidas por los organos de gobierno y administracion municipal, de acuerdo al ordenamiento juridico, de conformidad a lo establecido por el Art. 38 de la ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, son atribuciones del Concejo Municipal: "Aprobar la celebracion de Convenios de cooperacion nacional e internacional y Convenios Interinstitucionales", de conformidad a lo previsto por el Inc. 26 del Art. 9 de la Ley Organica de Municipalidades. Que, el Art. 39 del mismo cuerpo legal, dispone que los Concejos Municipales, ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de ordenanzas y acuerdos. Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, los mismos que estan referidos a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional, conforme a lo estipulado en el Art. 41 del referido cuerpo legal. Que, el Art. 20 Inc. 3 del mismo cuerpo legal, dispone que; "Son atribuciones del MORDAZA, ejecutar los Acuerdo de Concejo bajo responsabilidad". Que, mediante Informe Nº 104-UF/MPC-2008, de fecha 9 de septiembre del ano 2009, el responsable de la

Encarguese a la Gerencia de Rentas y Gerencia de Tecnologias de la Informacion y de las Comunicaciones el cumplimiento debido de la presente norma. Primera.FORMULARIO PARA EL PROCESAMIENTO DE INSCRIPCION DE OFICIO Apruebese el Formulario de Inscripcion de Oficio (FIO) que la Administracion Tributaria utilizara a efectos de control de las inscripciones de oficio que se efectue en aplicacion de la presente norma. Segunda.FORMULARIO PARA EL PROCESAMIENTO DE BAJA DE OFICIO Apruebese el Formulario de Baja de Oficio (FOB) que la Administracion Tributaria utilizara a efectos de control

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