Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2009 (03/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de setiembre de 2009

Aprueban Directiva "Normas y Procedimientos para la Administracion y Control del Fondo Fijo para MORDAZA Chica y MORDAZA Perifericas"
DECRETO DE ALCALDIA N° 011 Ate, 19 de agosto de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO el Informe Nº 034-2009-MDA/OGP-ORE de la Oficina de Racionalizacion y Estadistica, el Informe N° 221-2009 y Nº 225-2009-MDA/OGP de la Oficina General de Planificacion, el Proveido N° 3211-2009/MDA/ GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; ello, en concordancia con lo dispuesto por el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades. Que, de acuerdo al articulo 6º de la Ley 27972, la alcaldia es el organo Ejecutivo del gobierno local. El MORDAZA es el representante legal de la municipalidad y su MORDAZA autoridad administrativa. Que, el objeto de la Directiva es establecer las disposiciones que permita establecer "Normas y Procedimientos para la Administracion y Control del Fondo Fijo para MORDAZA Chica y MORDAZA Perifericas". Que, la finalidad de la Directiva, es establecer disposiciones y procedimientos para la utilizacion, rendicion y control del Fondo Fijo para MORDAZA Chica y MORDAZA Perifericas de la Municipalidad Distrital de Ate. Que, mediante Informe Nº 221-2009-MDA/OGP la Oficina General de Planificacion, solicita la aprobacion del Proyecto de Directiva "Normas y Procedimientos para la Administracion y Control del Fondo Fijo para MORDAZA Chica y MORDAZA Perifericas". Que, mediante Informe Nº 225-2009-MDA/OGP la Oficina General de Planificacion, remite el proyecto de Directiva "Normas y Procedimientos para la Administracion y Control del Fondo Fijo para MORDAZA Chica y MORDAZA Perifericas", el mismo que cuenta con el Vº Bº de la Oficina General de Administracion y la Oficina de Racionalizacion y Estadistica de la Municipalidad Distrital de Ate. Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, sostiene en su Art. 42º que los Decretos de Alcaldia, establecen Normas Reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente Administracion Municipal y resuelven o regulan asuntos de Orden General y de interes para el vecindario que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal. Que, mediante el Proveido N° 3211-2009/MDA/GM el Gerente Municipal, senala se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- APROBAR la Directiva N° 0052009/MDA sobre "Normas y Procedimientos para la Administracion y Control del Fondo Fijo para MORDAZA Chica y MORDAZA Perifericas", la misma que como anexo forma parte integrante del presente en merito a las consideraciones MORDAZA expuestas.

Articulo 2°.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Oficina General de Administracion, Oficina de Tesoreria y demas areas pertinentes de esta Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 391259-3

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Modifican el Cronograma del "Proceso del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2010 del distrito de Comas"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 09 -2009-A/MC Comas, 3 de agosto de 2009. VISTO: El Informe Nº 066-2009-GPP/MC de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, mediante el cual se presenta la propuesta de Modificacion al Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2010 del Distrito de Comas. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales se constituyen en organos de Gobierno Local y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 73º numeral 5 de la Ley Organica de Municipalidades, senala que las Municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones especificas en materia de participacion vecinal, debiendo proponer, apoyar y reglamentar la participacion vecinal en el desarrollo local, integrar y organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de la circunscripcion; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y modificada mediante Ley Nº 29289 y su Reglamento, establecen el MORDAZA de programacion presupuestaria del Presupuesto en los Gobiernos Regionales y Locales como un mecanismo que permite el fortalecimiento de las relaciones Estado ­ Sociedad Civil y la optimizacion del uso de los recursos a traves de un adecuado control social en las acciones publicas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 021-2008EF/76.01 la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, aprobo el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 "Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo", el mismo que precisa los lineamientos Tecnicos para el desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, mediante Ordenanza Nº 287-C/MC de fecha 19 de MORDAZA de 2009, se aprueba la Modificacion al Texto Unico del "Marco Normativo que regula el MORDAZA de Programacion, Participacion y Concertacion para la Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Participativo para el Distrito de Comas", en el cual se establece la aprobacion del Cronograma mediante Decreto de Alcaldia; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 008-2009-A/ MC publicado en el Diario Oficial El Peruano en fecha 08/07/2009 se aprueba el Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2010 del Distrito de Comas, el mismo que por factores externos vinculados a la proteccion de la salud y salubridad y a la disponibilidad de locales ubicados en Instituciones Educativas, es necesario ajustar, a fin de garantizar una efectiva implementacion del proceso; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9 de la Ley Organica de

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