Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2009 (23/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de setiembre de 2009

Item 11 del Plan Anual de Viajes al Extranjero y sus modificatorias del Sector Defensa ano 2009, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 028-2009-DE del 19 de enero de 2009; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 29075 -Ley que establece la naturaleza juridica, funcion, competencias y estructura organica basica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 5 junio 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 enero 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizacion Autorizar el viaje en Comision de Servicio al Exterior, de una Comision del Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN) a Republica Dominicana, del 05 al 09 de Octubre de 2009, para que participe en la "X Conferencia de Directores de Colegios de Defensa de Iberoamerica". Dicha Comision estara conformada por:
Calm MORDAZA SCHMITT MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA BENDAYAN Director Ejecutivo del CAEN Director del Instituto de Investigaciones Estrategicas del CAEN

Autorizan viaje de personal militar FAP a MORDAZA para participar en el "Ejercicio Virtual Cooperacion I"
RESOLUCION SUPREMA Nº 394-2009-DE/FAP MORDAZA, 22 de setiembre de 2009 Vista la Papeleta de Tramite NC-55-SGFA-Nº 3472 de fecha 16 de MORDAZA de 2009, y el mensaje SGFA-OEN241600 del mes de MORDAZA de 2009, del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la Republica de MORDAZA, al Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participe en el "EJERCICIO VIRTUAL COOPERACION I", programado por el Sistema de Cooperacion entre las Fuerzas Aereas Americanas (SICOFAA), a realizarse en Puerto Mont, del 04 al 09 de octubre de 2009; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la Fuerza Aerea del Peru; Que, la citada comision se encuentra incluida en el Rubro 4.- Actividades Operacionales, Item 36, del Anexo 1 del Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2009, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 028-2009 DE/ SG de 19 de enero de 2009 y sus modificatorias; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley N° 29075 ­ Ley que Establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y por el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG del 03 de febrero de 2009, Ley Nº 29289 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la Republica de MORDAZA, al Personal Militar FAP que se indica a continuacion, para que participe en el "EJERCICIO VIRTUAL COOPERACION I", programado por el Sistema de Cooperacion entre las Fuerzas Aereas Americanas (SICOFAA), a realizarse en Puerto Mont, del 04 al 09 de octubre de 2009:
MORDAZA MORDAZA Comandante Comandante FAP FAP FAP FAP MORDAZA MORDAZA CHAPARRO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA RONCEROS MORDAZA ERICK GOTTFRIED YANEZ

Articulo 2º.- Gastos El Ministerio de Defensa - Administracion General, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes (Lima-Republica Dominicana-Lima) US$ 600.00 x 2 Personas US$ 1,200.00 Viaticos US$ 200.00 x 05 dias x 2 personas Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto US$ 31 x 2 personas US $ 2,000.00 US $ 62.00

Articulo 3º.- MORDAZA de Informe El citado personal debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de Junio de 2002 y a la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de Enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 0082004 DE/SG del 30 de Junio de 2004. Articulo 4º.- Derecho de Exoneracion La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase ni denominacion. Articulo 5º.- Facultad para variacion de fechas El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la Comision, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 6º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 401001-6

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima- Puerto Mont-Lima US $ 699,25 x 04 Oficiales Viaticos: US $ 200 x 06 Dias x 04 Oficiales Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US $ 31 x 04 Oficiales Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la comision, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado personal debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 0082004-DE/SG del 30 de junio de 2004.

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