Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2010 (04/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de MORDAZA de 2010

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Disponen la realizacion de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 07-2010-MSS MORDAZA de MORDAZA, 31 de marzo de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE SURCO: VISTO: La Ordenanza Nº 357-MSS, y el Informe Nº 182010-GED-MSS de la Gerencia de Educacion; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 357-MSS del 29 de marzo del 2010, se autoriza la celebracion del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, el dia 19 de junio del 2010, como una de las actividades de servicio social brindada a la Comunidad del Distrito de MORDAZA de Surco; Que, el Articulo Tercero de la citada Ordenanza autoriza al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia reglamente los requisitos exigidos por ley; Estando al Informe Nº 302-2010-GAJ/MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 20º inciso 6) y 42º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972; DECRETA: Articulo Primero.- REALIZAR la celebracion del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, el dia 19 de junio del 2010, a las 12:00 horas en el Jockey Plaza, como una de las actividades de servicio social brindada a la Comunidad del Distrito de MORDAZA de Surco; Articulo Segundo.- ESTABLECER como requisitos del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, los siguientes: · Partida de Nacimiento original emitida en el ano 2009 o 2010 de ambos contrayentes. · DNI original y MORDAZA de ambos contrayentes autenticadas por Fedatario Municipal. · DNI original y MORDAZA de los dos (02) testigos. · Declaracion Jurada de Domicilio del contrayente que vive en el distrito de MORDAZA de Surco. · Fotografia reciente a color tamano carne, de ambos contrayentes. · Certificado Pre Nupcial y Consejeria Preventiva emitido por el Centro Medico Municipal. · En caso de menores, divorciados, viudos y extranjeros, personas con parentesco entre si, o matrimonio por poder, deberan adjuntar ademas los requisitos senalados por el item 02.02 de la Unidad Organica: Alcaldia; Secretaria General, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad - MORDAZA aprobado por la Ordenanza Nº 332-MSS, publicada el 24 de MORDAZA de 2001, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- DISPONER, la Dispensa de Publicacion del Edicto Matrimonial por siete (7) dias, a los contrayentes del Matrimonio Civil Comunitario 2010. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General y la Gerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA

Suspenden recepcion de solicitudes de Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Anteproyectos en Consulta, Licencias de Edificacion y Regularizaciones de Edificaciones de predios en determinadas urbanizaciones
DECRETO DE ALCALDIA Nº 08-2010-MSS MORDAZA de MORDAZA, 31 de marzo de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE SURCO: VISTO: El DS Nº 2089942010 de los Vecinos de la Urbanizacion Los Alamos de Monterrico, el Informe Nº 272-2010-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, el Informe Nº 163-2010SGLAU-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, el Informe Nº 119-2010-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 3932010-SGF-GTSC-MSS de la Subgerencia de Fiscalizacion, el Informe Nº 362-2010-GAJ-MSS, de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 y la Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, el Articulo 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; establece que es funcion municipal en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo; normar y otorgar Licencias de Obras, Licencias Municipales de Funcionamiento, asi como otras autorizaciones municipales; Que, el Articulo 14º de la Ley Nº 29090 "Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones", concordante con el Articulo 44º del Decreto Supremo Nº 0242008-VIVIENDA "Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion"; disponen que el Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios es el documento emitido por las Municipalidades Distritales en sus jurisdicciones y por las Municipalidades Provinciales en el ambito del cercado, en el cual se indican los parametros de diseno que regulan el MORDAZA de edificacion sobre un predio MORDAZA, el cual tendra una vigencia de treinta y seis meses; Que, asimismo, el Articulo 10º de la Ley MORDAZA glosada, concordante con el Articulo 42º del Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA; establecen las modalidades de aprobacion de las Licencias de Edificacion (Modalidades A y B de aprobacion automatica, Modalidad C de evaluacion previa de proyecto por Revisores Urbanos o Comisiones Tecnicas, y Modalidad D de evaluacion previa de Comision Tecnica); Que, la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 29476 "Ley que Modifica y Complementa la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones"; amplia el plazo (para regularizar las edificaciones) establecido en la Ley Nº 29300, Ley que modifica el primer parrafo del Articulo 30 de la Ley Nº 29090, hasta el 31.12.2010; Que, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro mediante Informe Nº 272-2010-SGPUC-GDUMSS DEL 29.03.2020; senala entre otros, que los vecinos de los Alamos de Monterrico solicitan la paralizacion de la entrega de licencias de construccion y se proceda al cambio de parametros de multifamiliares a unifamiliares; agrega, que ha recibido diversa documentacion de los vecinos de los Alamos de Monterrico, de los cuales advierte que los mismos se oponen a la construccion multifamiliar, por la imposibilidad que tiene SEDAPAL de otorgar factibilidades de servicios a nuevas habilitaciones, las mismas que podrian ser viables a fines de este ano; Que, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, indica ademas, que el ambito de la problematica

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